Foros Club Delphi

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CMB 27-06-2017 20:55:46

Cita:

Empezado por nincillo (Mensaje 518791)
Con lo cual, tengo claro cuando obligatoriamente tengo que elaborar facturas completas. Pero en ningún momento me pone que no pueda elaborar facturas completas "siempre". Independientemente de los importes facturados o de que esté personalizada o no.

Yo entiendo que factura completa se puede emitir siempre. Se puede, pero no es obligatorio. En una cafetería no sería práctico ni rentable, pero si lo hicieran sería legal.

PASPAS 27-06-2017 20:59:35

Cita:

Empezado por Virman (Mensaje 518792)
Buenas tardes, perdonad la pregunta absurda pero, en las facturas recibidas, el contraparte no debe ser la empresa titular del libro? Es decir, la que sería emisora en las facturas emitidas.

Es que en las facturas recibidas que he enviado recientemente me indica que da error porque el contraparte no es el mismo que el emisor para las facturas recibidas.

Tras cambiarlo y poner el mismo contraparte que emisor en las facturas recibidas ya me deja enviarlas, pero me deja un poco descolocado.

Alguna sugerencia? Muchísimas gracias.

Si asi es pero da que pensar es cierto. En todo caso se supone que sera por lo que tiene implementado la aeat internamente pero podrian haberlo obviado

PASPAS 27-06-2017 21:03:09

Cita:

Empezado por nachoexe (Mensaje 518783)
Seguro que es una importación de bienes con inversión del sujeto pasivo?? no será una prestación de SERVICIOS que te prestan desde un territorio fuera de España (incluidos Ceuta, Melilla y Canarias)??

Si es de bienes pero sin DUA yo lo declararía como Inv. Suj. Pas ya que no tengo el DUA y creo que prevalece la Inversión, pero este caso nunca lo he visto

Todo radica porque un cliente tiene este caso y al parecer segun los asesores se tiene que informar. Pero el iva no debe aparecer y tampoco la cuota deducible ya que a nivel contable tampoco se registra.
De momento lo dejo como factura normal y con clave de regimen 13 impotac sin dua
Realizo lo pregunta a la aeat y si contestan lo paso
Saludos

nincillo 27-06-2017 21:19:07

Cita:

Empezado por CMB (Mensaje 518798)
Yo entiendo que factura completa se puede emitir siempre. Se puede, pero no es obligatorio. En una cafetería no sería práctico ni rentable, pero si lo hicieran sería legal.

Yo también lo entiendo así.

Lo que no entiendo es que si una empresa lleva haciendo facturas "completas" toda la vida y alguna por en medio va sin "personalizar", ahora tenga que cambiar todo el sistema porque no dejen mandar facturas "completas" sin "personalizar".

Hablo de empresas pequeñas que están en el REDEME y que según sus asesores el hacer facturas completas por una "docena de huevos" sin personalizar es totalmente legal.

En fin, aún sigo esperando que ellos me contesten a la consulta para saber realmente que camino coger...

nachoexe 27-06-2017 21:24:10

Cita:

Empezado por PASPAS (Mensaje 518800)
Todo radica porque un cliente tiene este caso y al parecer segun los asesores se tiene que informar. Pero el iva no debe aparecer y tampoco la cuota deducible ya que a nivel contable tampoco se registra.
De momento lo dejo como factura normal y con clave de regimen 13 impotac sin dua
Realizo lo pregunta a la aeat y si contestan lo paso
Saludos

Yo en los casos que algo no me cuadra les suelo pedir una copia de la factura a los clientes para leer todos los detalles, porque de lo que dicen ellos o te cuentan sus asesores no me creo nada.
Sigo pensando que NO existe una importación de bienes con Inversión de Sujeto Pasivo, esto solo se da en la importación de servicios que no es una importación como tal y nunca va a tener DUA (aunque dales tiempo que algún impuesto o tasa se inventarán para los servicios internacionales)

jcapilla 28-06-2017 03:33:55

Buenas noches.

A ver si alguien me puede ayudar. He enviado una factura emitida que se compone de dos albaranes. Por lo que tengo entendido si hay mas de un albaran la fecha de operacion es el ultimo dia del mes del ultimo albaran. El caso es el siguiente. Fecha factura 05/06, albaranes del 02/06 y 05/06 por lo que la fecha de expedición es el 05/06 y la de operacion el 30/06.Al enviarla hoy he obtenido el error "error del campo fechaoperacion tiene una fecha superior a la permitida".
Muchas gracias

mike_GK 28-06-2017 10:19:14

Cita:

Empezado por jcapilla (Mensaje 518805)
Buenas noches.

A ver si alguien me puede ayudar. He enviado una factura emitida que se compone de dos albaranes. Por lo que tengo entendido si hay mas de un albaran la fecha de operacion es el ultimo dia del mes del ultimo albaran. El caso es el siguiente. Fecha factura 05/06, albaranes del 02/06 y 05/06 por lo que la fecha de expedición es el 05/06 y la de operacion el 30/06.Al enviarla hoy he obtenido el error "error del campo fechaoperacion tiene una fecha superior a la permitida".
Muchas gracias

Hola, en la documentación de las validaciones indica que la fecha operación solo puede ser superior a la fecha actual si Clave Régimen Especial es 14 o 15, o si suministras una Clave Régimen Especial Adicional

jcapilla 28-06-2017 10:25:41

Cita:

Empezado por mike_GK (Mensaje 518809)
Hola, en la documentación de las validaciones indica que la fecha operación solo puede ser superior a la fecha actual si Clave Régimen Especial es 14 o 15, o si suministras una Clave Régimen Especial Adicional

Si pero tambien dice en las preguntas frecuentes que:

2.31. ¿Qué fecha de operación debe hacerse constar en una factura recapitulativa
(art. 13 RD 1619/2012, que regula las obligaciones de facturación)?
Se consignará el último día del mes natural en que se hayan efectuado las
operaciones que documenta la factura recapitulativa.

Por lo tanto ¿Deben esperar a facturar a final de mes o principio del siguiente para que la fecha de operación sea valida cuando hay varios albaranes y la factura es de Operación de Régimen general por ejemplo?

javi_valencia44 28-06-2017 10:49:28

No funciona la web de producción para consultas de la AEAT! :mad:

newtron 28-06-2017 11:14:34

Cita:

Empezado por nachoexe (Mensaje 518789)
El informático contable que piense que la diferencia entre una factura Simplificada y una Completa es solo que una no lleva datos y la otra si ya puede empezar a comprar paraguas porque se le avecinan borrascas. Hay incluso un apartado en el BOE que, según yo lo interpreto, dice que cualquier factura puede ir sin datos siempre que sea a un particular y no supere los 100€ (base), pero debo de estar equivocado porque en el SII no se permite (lectura obligada de "Normativa referente a las Obligaciones de facturación" de la Agencia Tributaria)
8. No obstante lo dispuesto en el apartado 1 de este artículo, tratándose de operaciones realizadas para quienes no tengan la condición de empresarios o profesionales actuando como tales, no será obligatoria la consignación en la factura de los datos de identificación del destinatario en cuanto a las operaciones cuya contraprestación sea inferior a 100 euros, Impuesto sobre el Valor Añadido no incluido. Este límite se podrá excepcionar en los casos que autorice el Departamento de Gestión Tributaria de la Agencia Estatal de Administración Tributaria en relación con sectores empresariales o profesionales o empresas determinadas, con el fin de evitar perturbaciones en el desarrollo de las actividades empresariales o profesionales.
En fin, da igual lo que yo piense o lo que diga el otro foro o la otra página web, en la mayoría de los foros y páginas (y esto lo digo no solo por la contabilidad) la gente opina y solo eso... opinión sin ninguna veracidad. En nuestro trabajo hay que ser más explícitos y basar las respuestas y desarrollos en una ley publicada en el BOE o en un artículo de Hacienda que puedas utilizar para rebatir al contable, al mal asesor o al inspector de turno.

Esto de las facturas simplificadas lo puedes leer aquí y que cada uno saque sus propias conclusiones que nadie tiene toda la razón (salvo el admin AEAT)
http://www.agenciatributaria.es/AEAT..._factura.shtml

Y aquí una característica de las facturas simplificadas que casi nadie menciona y es lo que de verdad las diferencia
http://www.agenciatributaria.es/AEAT...butaria_.shtml

Yo en particular entiendo que lo que hay que intentar es que, en caso de inspección, toda la información esté detallada de forma clara y congruente cumpliendo unas reglas básicas. Una de las cosas básicas es que las facturas lleven una numeración correlativa según fecha de emisión y sin saltos. Yo con esto entiendo que debe de haber dos series distintas para las facturas "normales" y para las simplificadas puesto que son tipos de documentos distintos. No creo que le "mole" a un inspector de hacienda que le pases un listado de facturas y haya saltos entre ellas por mucho que le cuentes que corresponden a facturas simplificadas. Por otro lado si esas facturas simplificadas las envías agrupadas hay que informar el número donde empiezan y donde acaban, entendiendo que son correlativas. ¿Que eso es una "putada" para los que hayan hecho los programas de forma que no contemplen esta posibilidad? pues si pero es lo que hay. Para este tema del SII ha habido que hacer muuuuuuuuuuuchos cambios en los programas independientemente de lo que es el envío de datos puro y duro y es lo que hay.

¿Que hay que estudiar las leyes? pues si, pero si tenemos en cuenta que si preguntas sobre algún tema complicado a distintos asesores (que se supone que son los que saben) posiblemente te respondan con distintas soluciones, y en caso de inspección muchas cosas quedan al criterio del inspector de turno, así que.....

Saludos

didou 28-06-2017 13:19:34

Buenos días.

Hasta ahora he estado haciendo envios sin problemas, hoy estoy intentando enviar + de 13 facturas al SII (hasta 13 funciona) y me da el siguiente mensaje de error
"ERROR AL ENVIAR: Se requiere un certificado para completar la autenticación del cliente - URL:https://www1.agenciatributaria.gob.e...iiFactFEV1SOAP - SOAPAction"

Sera que hasta el 1 de Julio los envios están limitados a 13 facturas ?

Alquien me puede ayudar? gracias.

mrobles 28-06-2017 13:25:44

Cita:

Empezado por didou (Mensaje 518814)
Buenos días.

Hasta ahora he estado haciendo envios sin problemas, hoy estoy intentando enviar + de 13 facturas al SII (hasta 13 funciona) y me da el siguiente mensaje de error
"ERROR AL ENVIAR: Se requiere un certificado para completar la autenticación del cliente - URL:https://www1.agenciatributaria.gob.e...iiFactFEV1SOAP - SOAPAction"

Sera que hasta el 1 de Julio los envios están limitados a 13 facturas ?

Alquien me puede ayudar? gracias.

Ese error lleva saliendo meses y esta solucionado por aqui. El numero limite es 9.999 facturas por envio, sin limite de envios

didou 28-06-2017 13:29:32

Cita:

Empezado por mrobles (Mensaje 518815)
Ese error lleva saliendo meses y esta solucionado por aqui. El numero limite es 9.999 facturas por envio, sin limite de envios

Hola Mrobles, la verdad no encuentro en el foro la solución a este problema que dices que ya esta solucionado, me puedes decir donde? gracias.

PASPAS 28-06-2017 14:05:33

Enlazar con la AEAT
 
Buenas días a todos....
Estoy pensando en realizar un enlace desde mi aplicación a la factura que existe en la AEAT.
Así el usuario de manera rápida puede consultar que todo es correcto en la AEAT. Es un forma de dar seguridad a la sincronización entre tu sistema y la AEAT.

Alguién tiene implementado este apartado o lo ha intentado o no es posible. Por no pelearme para sacarlo.
Saludos

PepCat 28-06-2017 14:12:04

Cita:

Empezado por didou (Mensaje 518816)
Hola Mrobles, la verdad no encuentro en el foro la solución a este problema que dices que ya esta solucionado, me puedes decir donde? gracias.

En la pagina 99 tienes la solución post #1976

PepCat 28-06-2017 14:24:26

Cita:

Empezado por PASPAS (Mensaje 518817)
Buenas días a todos....
Estoy pensando en realizar un enlace desde mi aplicación a la factura que existe en la AEAT.
Así el usuario de manera rápida puede consultar que todo es correcto en la AEAT. Es un forma de dar seguridad a la sincronización entre tu sistema y la AEAT.

Alguién tiene implementado este apartado o lo ha intentado o no es posible. Por no pelearme para sacarlo.
Saludos

No sé si es posible crear un enlace de la factura con la página web de hacienda, pero en todo caso no creo que sea práctico para el usuario si tiene que comprobar factura a factura. Nosotros tenemos usuarios que este mes de junio han registrado más de 50.000 facturas.

Para confirmar la información hemos optado por realizar un módulo de conciliación de los libros que están en hacienda (SII) con los libros que están en nuestro ERP. La conciliación comprueba que los dos sistemas contengan exactamente la misma información (número de facturas, totales, suma bases, cuotas, CSV,…) y en caso contrario mostrar las diferencias.

newtron 28-06-2017 15:15:38

Hola a tod@s de nuevo.

¿Alguien podría poner un ejemplo de código de cómo se hacen las consultas? Quiero hacer alguna y no tengo ni idea.

Gracias

AlSan 28-06-2017 15:34:57

Cita:

Empezado por newtron (Mensaje 518821)
Hola a tod@s de nuevo.

¿Alguien podría poner un ejemplo de código de cómo se hacen las consultas? Quiero hacer alguna y no tengo ni idea.

Gracias

¿Te refieres a esto?

Código:

<?xml version="1.0" encoding="UTF-8"?>
<env:Envelope xmlns:env="http://schemas.xmlsoap.org/soap/envelope/" xmlns:con="https://www2.agenciatributaria.gob.es/static_files/common/internet/dep/aplicaciones/es/aeat/ssii/fact/ws/ConsultaLR.xsd" xmlns:sii="https://www2.agenciatributaria.gob.es/static_files/common/internet/dep/aplicaciones/es/aeat/ssii/fact/ws/SuministroInformacion.xsd">
<env:Header/>
  <env:Body>
      <con:ConsultaLRFacturasEmitidas>
        <sii:Cabecera>
            <sii:IDVersionSii>1.0</sii:IDVersionSii>
            <sii:Titular>
              <sii:NombreRazon>XXXXXXXXX S.A.</sii:NombreRazon>
              <sii:NIF>Axxxxxxxx</sii:NIF>
            </sii:Titular>
        </sii:Cabecera>
        <con:FiltroConsulta>
            <sii:PeriodoImpositivo>
              <sii:Ejercicio>2017</sii:Ejercicio>
              <sii:Periodo>06</sii:Periodo>
            </sii:PeriodoImpositivo>
        </con:FiltroConsulta>
      </con:ConsultaLRFacturasEmitidas>
  </env:Body>
</env:Envelope>


kaly999 28-06-2017 17:19:06

CountryType2
 
Cita:

Empezado por APO (Mensaje 516709)
Se puede hacer de manera directa, sin tener que preocuparnos por si cambian sus códigos internos de países o lo que sea. Por ejemplo, si quisiéramos asignar el país Francia, teniendo el código ISO (FR), sería de esta manera:

Código Delphi [-]
ARegistroLRFacturasEmitidas[ContadorFra].FacturaExpedida.Contraparte.IDOtro.CodigoPais:=SuministroFactEmitidas.CountryType2(GetEnumValue(Typ  eInfo(CountryType2),'ES'));

Si el GetEnumValue lo podemos utilizar en todos los otros tipos de campo



Hola a todos,

Estoy tratando de seleccionar el código de país en mi aplicación de C#. Mi problema es que estoy tratando de asignar un país sin tener que crear una función con un "if" para cada código de país. He visto que en Delphi parece que lo habéis solucionado. ¿Sabéis como se podría hacer en C#?

Muchas gracias.

newtron 28-06-2017 17:33:31

Cita:

Empezado por AlSan (Mensaje 518822)
¿Te refieres a esto?

Código:

<?xml version="1.0" encoding="UTF-8"?>
<env:Envelope xmlns:env="http://schemas.xmlsoap.org/soap/envelope/" xmlns:con="https://www2.agenciatributaria.gob.es/static_files/common/internet/dep/aplicaciones/es/aeat/ssii/fact/ws/ConsultaLR.xsd" xmlns:sii="https://www2.agenciatributaria.gob.es/static_files/common/internet/dep/aplicaciones/es/aeat/ssii/fact/ws/SuministroInformacion.xsd">
<env:Header/>
  <env:Body>
      <con:ConsultaLRFacturasEmitidas>
        <sii:Cabecera>
            <sii:IDVersionSii>1.0</sii:IDVersionSii>
            <sii:Titular>
              <sii:NombreRazon>XXXXXXXXX S.A.</sii:NombreRazon>
              <sii:NIF>Axxxxxxxx</sii:NIF>
            </sii:Titular>
        </sii:Cabecera>
        <con:FiltroConsulta>
            <sii:PeriodoImpositivo>
              <sii:Ejercicio>2017</sii:Ejercicio>
              <sii:Periodo>06</sii:Periodo>
            </sii:PeriodoImpositivo>
        </con:FiltroConsulta>
      </con:ConsultaLRFacturasEmitidas>
  </env:Body>
</env:Envelope>


A eso pero el código Delphi que lo genera, si es posible.

Gracias


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