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marine 28-07-2017 10:09:20

Cita:

Empezado por xamminf (Mensaje 519809)
¿ Respondería tu duda si te digo que la Sede Electrónica admite perfectamente facturas con importe cero ?


Dicho en román paladino: si la Sede detecta que hay huecos en la numeracion de facturas, la maquinita que mandará requerimientos a porrillo te hará llegar unos cuantos solicitando aclaración. Ahí tendrás que decirles que es que son facturas cero.

Así que lo mejor, si las admite: mandarlas !

ok , gracias por responder

afxe 28-07-2017 11:12:03

Durante la fase de pruebas, en la versión 0.4, me rechazaba las facturas a cero explícitamente, así que hice que mi programa no las enviara, el caso es que no he vuelto a probar... quizás en la versión definitiva sí se pueden enviar. ¿Alguien está enviándolas sin problemas?

figo21 28-07-2017 13:09:38

Buenas, os aviso por si a alguien más se encuentra con una situación parecida.
Nos hemos encontrado con un caso de prestación de servicios a Portugal y como no veo en la faq que digan como registrarlo lo hemos visto con unos abogados.
Nos han dicho que el importe debe ir a no sujeta por reglas de localización.


Un saludo.

keys 28-07-2017 13:16:01

Cita:

Empezado por figo21 (Mensaje 519816)
Buenas, os aviso por si a alguien más se encuentra con una situación parecida.
Nos hemos encontrado con un caso de prestación de servicios a Portugal y como no veo en la faq que digan como registrarlo lo hemos visto con unos abogados.
Nos han dicho que el importe debe ir a no sujeta por reglas de localización.


Un saludo.

Hola a todos eso es una inversión de sujeto pasivo y viene respondida en la faq 3.5

3.5. ¿Cómo se registra una operación con inversión del sujeto pasivo?

En el caso de clientes que sean empresas españolas, el proveedor o prestador del servicio registrará los datos de la factura en el Libro registro de Facturas Expedidas consignando en el bloque funcional ”Desglose factura” la clave “No Exenta – Con Inversión sujeto pasivo”. Los campos “tipo impositivo” “cuota repercutida” se informarán con importe cero.

En el caso de clientes que sean empresas comunitarias con NIF-IVA, el proveedor o prestador del servicio registrará los datos de la factura en el Libro registro de Facturas Expedidas consignando en el bloque funcional ·”Desglose tipo operación” la clave “Importe no sujetas por reglas de localización”. Asimismo, deberá indicar si se trata de una entrega de bienes o una prestación de servicios.

figo21 28-07-2017 13:28:55

Cita:

Empezado por keys (Mensaje 519817)
Hola a todos eso es una inversión de sujeto pasivo y viene respondida en la faq 3.5

3.5. ¿Cómo se registra una operación con inversión del sujeto pasivo?

En el caso de clientes que sean empresas españolas, el proveedor o prestador del servicio registrará los datos de la factura en el Libro registro de Facturas Expedidas consignando en el bloque funcional ”Desglose factura” la clave “No Exenta – Con Inversión sujeto pasivo”. Los campos “tipo impositivo” “cuota repercutida” se informarán con importe cero.

En el caso de clientes que sean empresas comunitarias con NIF-IVA, el proveedor o prestador del servicio registrará los datos de la factura en el Libro registro de Facturas Expedidas consignando en el bloque funcional ·”Desglose tipo operación” la clave “Importe no sujetas por reglas de localización”. Asimismo, deberá indicar si se trata de una entrega de bienes o una prestación de servicios.

Muchas gracias keys.

APO 31-07-2017 15:49:53

¿Alguien ha podido enviar una factura emitida a un cliente de Grecia? Me da el siguiente error referente al CIF:

Valor del campo ID incorrecto.

Los valores que le pongo son:

Tipo de identificación: Otro / NIF-IVA
Código País: GRECIA (GR)
Identificador: GRxxxxxxxxx

En cambio si en el identificador pongo ELxxxxxxxxx, sí que la acepta. Tenía entendido que en los países intracomunitarios, el CIF debe empezar por las dos primeras letras del código ISO del país.

¿En este caso no debería empezar por GR? Gracias

CMB 31-07-2017 16:05:28

Cita:

Empezado por APO (Mensaje 519879)
¿Alguien ha podido enviar una factura emitida a un cliente de Grecia? Me da el siguiente error referente al CIF:
Valor del campo ID incorrecto.
Los valores que le pongo son:
Tipo de identificación: Otro / NIF-IVA
Código País: GRECIA (GR)
Identificador: GRxxxxxxxxx
En cambio si en el identificador pongo ELxxxxxxxxx, sí que la acepta. Tenía entendido que en los países intracomunitarios, el CIF debe empezar por las dos primeras letras del código ISO del país.
¿En este caso no debería empezar por GR? Gracias

Según documento oficial de la UE el código ISO de Grecia es EL
http://publications.europa.eu/code/pdf/370000en.htm

Ahí dice también que el código GR fue abandonado el año 2002.

APO 31-07-2017 16:14:13

Cita:

Empezado por CMB (Mensaje 519880)
Según documento oficial de la UE el código ISO de Grecia es EL
http://publications.europa.eu/code/pdf/370000en.htm

Ahí dice también que el código GR fue abandonado el año 2002.

Ostras! Ok, gracias CMB.

Lo que me despistaba es que si intentas dar de alta una factura manual desde el SII y despliegas la lista de países pone GREECIA (GR). Supongo que no han actualizado los código ISO de su lista de países.

CMB 31-07-2017 16:20:44

Cita:

Empezado por APO (Mensaje 519881)
Ostras! Ok, gracias CMB.

Lo que me despistaba es que si intentas dar de alta una factura manual desde el SII y despliegas la lista de países pone GREECIA (GR). Supongo que no han actualizado los código ISO de su lista de países.

Lo mismo con Reino Unido. La AEAT dice que es GB, pero en realidad es UK.

En este caso tiene su lógica, pues GB (Gran Bretaña) es sólo el nombre de una isla. El estado entero se llama Reino Unido (UK).

xamminf 01-08-2017 13:37:18

Envio de informacion del Primer Semestre 2017
 
Apenas entiendo algo de lo que dice sobre el envio de info del Primer Semestre:

http://www.agenciatributaria.es/AEAT...emestre_.shtml

Cita:

"2.39. ¿Cómo debe suministrarse la información correspondiente al primer semestre?
Los sujetos pasivos inscritos en REDEME durante el periodo comprendido entre el 1 de enero y 30 de junio de 2017 no tendrán que remitir información del primer semestre de 2017.
El resto de sujetos pasivos incluidos en el SII deberán informar del contenido de los libros registro del IVA de acuerdo con la normativa vigente antes del 1 de julio de 2017, así como de determinada información con trascendencia tributaria que se venía incluyendo en el modelo 347.
El esquema o diseño de los registros de facturación será el mismo que para los envíos correspondiente a los registros del segundo semestre de 2017 y siguientes, pero con unas validaciones diferentes que permitirán que solo se consigne lo que actualmente es obligatorio.
Como se ha indicado con el objeto de facilitar la presentación se mantiene el esquema de validación en sus campos obligatorios con las siguientes particularidades para los contenidos del primer semestre:
. Clave de régimen especial. “Primer semestre 2017” salvo que se trate de un arrendamiento de local de negocio en cuyo caso deberán utilizarse estas claves de régimen especial puesto que esta información es exigible en el modelo 347.
. Descripción de la operación: “Registro del Primer semestre”.
. Libro registro de facturas emitidas:
Con independencia del tipo de operación informado (no sujeta, sujeta y exenta o no exenta) deberá informarse en cualquier caso como factura sujeta y no exenta.
Libro registro de facturas recibidas:
. Fecha registro contable: Fecha del envío.
. Cuota deducible: Etiqueta con 0"

Básicamente lo que no entiendo es si hay que mandar la información como las del segundo semestre o no. El problema de no hacerlo sería si las contrastaran.

Tampoco entiendo esto:
Cita:

. Libro registro de facturas emitidas:
Con independencia del tipo de operación informado (no sujeta, sujeta y exenta o no exenta) deberá informarse en cualquier caso como factura sujeta y no exenta.

PepCat 01-08-2017 13:55:22

Cita:

Empezado por xamminf (Mensaje 519895)
Apenas entiendo algo de lo que dice sobre el envio de info del Primer Semestre:

http://www.agenciatributaria.es/AEAT...emestre_.shtml




Básicamente lo que no entiendo es si hay que mandar la información como las del segundo semestre o no. El problema de no hacerlo sería si las contrastaran.

Tampoco entiendo esto:

El primer semestre es necesario enviarlo al SII para que puedan calcular ellos el 347 y el 390 del ejercicio 2017.
No es obligatorio presentar el primer semestre si la empresa esta en el REDEME, es decir si la empresa enviava el modelo 340.

xamminf 01-08-2017 14:00:03

Cita:

Empezado por PepCat (Mensaje 519899)
El primer semestre es necesario enviarlo al SII para que puedan calcular ellos el 347 y el 390 del ejercicio 2017.
No es obligatorio presentar el primer semestre si la empresa esta en el REDEME, es decir si la empresa enviava el modelo 340.

PepCat,

Gracias por contestar, pero precisamente eso es lo que si entendia :)


Concretando. Lo que no entiendo es estos dos puntos:

Cita:

El esquema o diseño de los registros de facturación será el mismo que para los envíos correspondiente a los registros del segundo semestre de 2017 y siguientes, pero con unas validaciones diferentes que permitirán que solo se consigne lo que actualmente es obligatorio.
Cita:

. Libro registro de facturas emitidas:
Con independencia del tipo de operación informado (no sujeta, sujeta y exenta o no exenta) deberá informarse en cualquier caso como factura sujeta y no exenta.

xamminf 01-08-2017 14:37:28

Estaba pensando un disparate. :D

Os lo comparto para ver si me decís loco. :eek:

Como no quiero emmarran@r el envio habitual del SII con lo del primer semestre, que será una vez en toda la vida, estaba pensando en generar un .xml por período (mes) y que el usuario lo envie.

¿ Que os parece ?

Ya digo, no creo que integrar el primer semestre con el envio habitual sea una buena idea. En mi caso al menos, el envio habitual ya tiene su propia complejidad para que además le añada el primer semestre, con la de posibilidades de error que generará y las horas extras de debugueo.

¿ Qué os parece ?

Espero vuestras sabias opiniones.

figo21 01-08-2017 15:05:08

Cita:

Empezado por xamminf (Mensaje 519902)
Estaba pensando un disparate. :D

Os lo comparto para ver si me decís loco. :eek:

Como no quiero emmarran@r el envio habitual del SII con lo del primer semestre, que será una vez en toda la vida, estaba pensando en generar un .xml por período (mes) y que el usuario lo envie.

¿ Que os parece ?

Ya digo, no creo que integrar el primer semestre con el envio habitual sea una buena idea. En mi caso al menos, el envio habitual ya tiene su propia complejidad para que además le añada el primer semestre, con la de posibilidades de error que generará y las horas extras de debugueo.

¿ Qué os parece ?

Espero vuestras sabias opiniones.

Hombre, la estructura del XML es la misma. Solo que para los del primer semestre tienen 3 o 4 valores que se dejan fijos.
En mi caso está integrado, simplemente si lo que se envía es del primer semestre pues se tienen en cuenta esas peculiaridades que se dejan fijas.

Estas facturas del primer semestre supongo que se pueden ir enviando como nos parezca, ¿no?. Vamos que no se tienen que enviar todas de golpe, puedo enviar hoy unas cuantas de febrero y la semana que viene las de enero, ...

Un saludo.

xamminf 01-08-2017 16:23:18

Cita:

Empezado por figo21 (Mensaje 519904)
Hombre, la estructura del XML es la misma. Solo que para los del primer semestre tienen 3 o 4 valores que se dejan fijos..

3 o 4 valores y la estructura del desglose y no cero en cuota deducible

¿ Algo más ?

nuevo1234 03-08-2017 10:20:41

Pego una FAQ que me parece importante para la cosulta de lo que se ha presentado a efectos de liquidacion de IVA

58. ¿Qué formas existen de consultar las facturas presentadas?
Existen dos alternativas a la hora de consultar las facturas presentadas.

Si el volumen es elevado, se utiliza el servicio web de consulta del libro correspondiente que permite obtener la relación de facturas sin límite de tamaño.
Este servicio está documentado con ejemplos XML en el documento que describe el servicio web, dentro de la documentación técnica del portal SII. Admite varios parámetros de filtrado. Permite obtener la relación de facturas del titular del libro de registro para un ejercicio y un periodo. EL fichero XML de respuesta devuelve un bloque de hasta 10.000 facturas. Para recuperar volúmenes de información superiores, se deben realizar nuevas consultas con la identificación de la última factura obtenida, informando el bloque <ClavePaginacion> de la petición.

Opcionalmente, para volúmenes más reducidos, existe en el apartado de IVA de la sede electrónica, en el procedimiento IVA. Libros registro de IVA a través de la Sede electrónica de la AEAT, la posibilidad de consultar facturas presentadas mediante formulario a través de una página Web y siempre que el número de operaciones sea inferior a 1.000. En caso de superar dicho límite se debe delimitar la búsqueda por parámetros de filtrado, acotando por ejemplo mediante tramos de fechas de presentación.
La relación de facturas obtenida se puede exportar de forma masiva a una hoja de cálculo y operar sobre los datos, obteniendo por ejemplo totales de columnas con contenido numérico, ordenando por columnas, etc.


59. ¿Cómo se puede aumentar en el formulario la visualización de contenidos?
Mediante el parámetro de filtrado de la consulta, “Todas las columnas”, se puede aumentar el número de columnas de datos que se ofrecen en la relación hasta contemplar toda la información disponible. A partir de este punto, se pueden desmarcar aquellas columnas que no se desee mostrar en la relación.

xamminf 03-08-2017 12:15:23

Lo que estamos esperando algunos es que la agencia PONGA YA un botón de autoliquidación.
¿ A qué están esperando ? ¿ No habíamos quedado que esto iba a ser la locura en cuanto a mejoras para el contribuyente y que le iba a exonerar de hacer no sé cuantos modelos de declaración ? ¿ Como podemos saber si nuestros envios son buenos si no podemos saber cómo serán realmente liquidados cuando algun dia este disponible ese botón de liquidación ?

PASPAS 03-08-2017 12:28:27

Facturas primer semestre
 
Estoy teniendo dudas sobre las facturas del primer semestre:

Según la AEAT:
26 ¿Cómo se declara una factura del primer semestre?



La presentación de facturas del primer semestre con carácter retroactivo se realiza utilizando el mismo esquema de validación con las siguientes particularidades para los campos obligatorios que tendrán los siguientes contenidos:

. Clave de régimen especial. “16/14 Primer semestre”. (Emitidas / Recibidas)
. Descripción de la operación: “Registro del Primer semestre”.

Emitidas:
Tipo no exenta: S1.
Recibidas:
Fecha registro contable: Fecha del envío.
Cuota deducible: Etiqueta con 0.
No es necesaria una marca para diferenciar las facturas del primer semestre, por el periodo se podrían distinguir si se trata de información correspondiente al primer semestre del ejercicio 2017.
-----
2.39. ¿Cómo debe suministrarse la información correspondiente al primer semestre?



Los sujetos pasivos inscritos en REDEME durante el periodo comprendido entre el 1 de enero y 30 de junio de 2017 no tendrán que remitir información del primer semestre de 2017.
El resto de sujetos pasivos incluidos en el SII deberán informar del contenido de los libros registro del IVA de acuerdo con la normativa vigente antes del 1 de julio de 2017, así como de determinada información con trascendencia tributaria que se venía incluyendo en el modelo 347.
El esquema o diseño de los registros de facturación será el mismo que para los envíos correspondiente a los registros del segundo semestre de 2017 y siguientes, pero con unas validaciones diferentes que permitirán que solo se consigne lo que actualmente es obligatorio.
Como se ha indicado con el objeto de facilitar la presentación se mantiene el esquema de validación en sus campos obligatorios con las siguientes particularidades para los contenidos del primer semestre:
. Clave de régimen especial. “Primer semestre 2017” salvo que se trate de un arrendamiento de local de negocio en cuyo caso deberán utilizarse estas claves de régimen especial puesto que esta información es exigible en el modelo 347.
. Descripción de la operación: “Registro del Primer semestre”.
. Libro registro de facturas emitidas:
Con independencia del tipo de operación informado (no sujeta, sujeta y exenta o no exenta) deberá informarse en cualquier caso como factura sujeta y no exenta.
Libro registro de facturas recibidas:
. Fecha registro contable: Fecha del envío.
. Cuota deducible: Etiqueta con 0.


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Mi duda surge con respecto a los alquileres y facturas recibidas.
si tengo un alquiler . Primero no debo utilizar la clave de regimen especial primer semestre sino la que indique el tipo de alquiler(correcto) pero que pasa con la cuota deducible en facturas recibidas la dejo a CERO o mantengo el valor que indique de couta IVA que tenga(Además esto es de locos como que no pueden ellos cotejar las cosas segun que fecha nos hacen hacer trabajos extra adhoc).
Despues con respecto a la fecha de registro contable a que se refiere lo de Fecha del envío quiere de decir que si envío hoy debe poner 2017-08-03. Yo estaba introduciendo la fecha del primer semestre ya que ese dato entonces no existia y por tanto utilizaba la misma fecha en la que se creo la factura en el sistema.
Ya que a mi parecer y sino me equivoco yo estoy utilizando la fecha del registro contable para calcular los dias de plazo y para introducir el periodo al que pertenece la factura.




Puede alguien ayudarme , muchas gracias

manelb 03-08-2017 14:31:46

Cita:

Empezado por xamminf (Mensaje 519940)
Lo que estamos esperando algunos es que la agencia PONGA YA un botón de autoliquidación.
¿ A qué están esperando ? ¿ No habíamos quedado que esto iba a ser la locura en cuanto a mejoras para el contribuyente y que le iba a exonerar de hacer no sé cuantos modelos de declaración ? ¿ Como podemos saber si nuestros envios son buenos si no podemos saber cómo serán realmente liquidados cuando algun dia este disponible ese botón de liquidación ?

Este tema es VERGONZOSO.

Deberíamos bloquear todos nuestros programas y que nadie haga más envios hasta que la AEAT cumpla con sus requerimientos.

Ahora somos nosotros quienes tenemos que implementar nuevos sistemas de consulta para hacer la autoliquidación con los datos subidos al SII para que el cliente pueda constatar que lo que ha subido realmente concuerda con lo que tiene en su ERP.

Todas estas horas de más que el cliente no va a querer pagar deberíamos facturarlas a cargo de Montoro.

PASPAS 03-08-2017 18:05:31

Cita:

Empezado por manelb (Mensaje 519942)
Este tema es VERGONZOSO.

Deberíamos bloquear todos nuestros programas y que nadie haga más envios hasta que la AEAT cumpla con sus requerimientos.

Ahora somos nosotros quienes tenemos que implementar nuevos sistemas de consulta para hacer la autoliquidación con los datos subidos al SII para que el cliente pueda constatar que lo que ha subido realmente concuerda con lo que tiene en su ERP.

Todas estas horas de más que el cliente no va a querer pagar deberíamos facturarlas a cargo de Montoro.

La verdad es que esto pinta mal no sacan nada en el boe y se arregla todo a partir de nuestras consultas y los requerimientos de las empresas colaboradoras.
En fin igual se para esto o vete a saber la verdad es que no puede seguir asi.
Al final como siempre el dolor de cabeza para nosotros y enfrentamientos con los clientes.
Saludos


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