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unomasmas 24-01-2024 07:29:04

Recargo de equivalencia y validaciones de negocio
 
Me he dado cuenta, si no entiendo mal, que enviar una factura con dos valores para ClaveRegimenIVAOpTranscendencia (01 y 51) produce resultados distintos según la Diputación de que se trate.
  • Bizkaia: Genera el error B4_2000026: "Las Claves indicadas no son compatibles". En las validaciones dice que "Las claves 51 y 52 sólo son compatibles entre sí"
  • Gipuzkoa: Aceptada. En las validaciones dice que "Las claves ·19 ·51· y ·52·son compatibles entre sí e incompatibles con otras claves, excepto con la 01".
  • Araba: Aceptada. Redacta las validaciones de otra forma pero viene a decir lo mismo que Gipuzkoa: "Si la primera de las claves es 19 '51' o'52', las otras claves pueden tener el valor '51' o '52' o 19 o 01"
???

unomasmas 24-01-2024 07:30:02

Recargo de equivalencia y validaciones de negocio
 
Me he dado cuenta, si no entiendo mal, de que enviar una factura con dos valores para ClaveRegimenIVAOpTranscendencia (01 y 51) produce resultados distintos según la Diputación de que se trate.
  • Bizkaia: Genera el error B4_2000026: "Las Claves indicadas no son compatibles". En las validaciones dice que "Las claves 51 y 52 sólo son compatibles entre sí"
  • Gipuzkoa: Aceptada. En las validaciones dice que "Las claves ·19 ·51· y ·52·son compatibles entre sí e incompatibles con otras claves, excepto con la 01".
  • Araba: Aceptada. Redacta las validaciones de otra forma pero viene a decir lo mismo que Gipuzkoa: "Si la primera de las claves es 19 '51' o'52', las otras claves pueden tener el valor '51' o '52' o 19 o 01"
???

keys 24-01-2024 08:58:54

Cita:

Empezado por espinete (Mensaje 554116)
Buenas!

Tengo un problema con los envíos a Araba. Al parecer han detectado que se han hecho envíos de facturas con una fecha de emisión distinta a la de la firma/envío.
Por lo general, nuestro software realiza la firma + envío en el momento de emitir la factura, pero eso no siempre es posible, por muchos motivos:

- Factura que no se pudo enviar porque, yo qué sé, se fue la luz en ese momento, o internet, o se bloqueó el PC...
- Cliente que lleva tiempo enviando las facturas al entorno de PRUEBAS sin darse cuenta y luego quiere reenviarlas al entorno de producción
- Factura creada a partir de varios albaranes y la fecha de la factura es indicada manualmente, que no tiene por qué ser la de hoy.

Hasta ahora, Araba (y cualquier otra diputación) aceptada estas facturas con fecha de emisión distinta a la del envío, siempre y cuando no hubiera problemas de encadenamiento.
Pero ahora han puesto un aviso/error cuando se detecta una fecha de emisión distinta a la del envío.

Y me parece bien. Si no se puede, no se puede. Ese aviso/error debería haber estado activado desde el día 1, pero bueno.

La duda es... ¿Cómo hacéis vosotros en estos casos? ¿Permitís a los clientes enviar manualmente facturas "antiguas"?

Lo digo porque, según ellos:



¿Soy yo el único que cree que esto es un poco locura?

Hola a todos. Desde hace poco tiempo Alava esta generando el error 016 que es cuando se envía una factura con fecha de factura anterior al día de hoy (por cierto el fichero de validaciones no esta actualizado). En teoría eso no debería ocurrir, nuestro software envía las facturas según se generan y por lo tanto no debería ocurrir, además es imposible generar una factura con fecha que no sea el día de hoy, para eso esta la fecha de operación.

¿Pero que ocurre si hay un problema a la hora de enviar?, como por ejemplo no funciona internet o hay algún problema con el servidor de hacienda (que ya ha pasado), en ese caso no creo que tenga que generar todas las facturas otra vez, digo yo!. Ya nos ha pasado con varios clientes, enviaré la consulta a hacienda.

espinete 24-01-2024 11:27:45

Cita:

Empezado por keys (Mensaje 554126)
Hola a todos. Desde hace poco tiempo Alava esta generando el error 016 que es cuando se envía una factura con fecha de factura anterior al día de hoy (por cierto el fichero de validaciones no esta actualizado). En teoría eso no debería ocurrir, nuestro software envía las facturas según se generan y por lo tanto no debería ocurrir, además es imposible generar una factura con fecha que no sea el día de hoy, para eso esta la fecha de operación.

¿Pero que ocurre si hay un problema a la hora de enviar?, como por ejemplo no funciona internet o hay algún problema con el servidor de hacienda (que ya ha pasado), en ese caso no creo que tenga que generar todas las facturas otra vez, digo yo!. Ya nos ha pasado con varios clientes, enviaré la consulta a hacienda.

Según ellos, hay que "presentar un escrito" y enviar las facturas por "otro medio" ¿?¿?

Nosotros tenemos este problema con la opción de nuestro software que permite "facturar/agrupar albaranes". Se genera la factura, pero el usuario puede elegir qué fecha tendrá esa factura. ¿Por qué? Pues porque a lo mejor la empresa solo realiza la facturación 2 o 3 veces al mes, cada 10 días, porque durante todo el mes lo que hace son albaranes. Nuestro fallo es que no tenemos en cuenta la "fecha de operación", sino únicamente la de "expedición".

En fin, problemas del siglo XXI... :rolleyes:

A mi se me ocurren muchos motivos por los que un usuario necesitaría poder enviar manualmente una factura (o 20, o 500) que en su momento no pudieron ser enviadas por el motivo que sea. Dile tu ahora a ese cliente que no puede, que va a tener que presentar un escrito y enviarlas de otra manera...

keys 24-01-2024 11:45:42

Cita:

Empezado por espinete (Mensaje 554130)
Según ellos, hay que "presentar un escrito" y enviar las facturas por "otro medio" ¿?¿?

Nosotros tenemos este problema con la opción de nuestro software que permite "facturar/agrupar albaranes". Se genera la factura, pero el usuario puede elegir qué fecha tendrá esa factura. ¿Por qué? Pues porque a lo mejor la empresa solo realiza la facturación 2 o 3 veces al mes, cada 10 días, porque durante todo el mes lo que hace son albaranes. Nuestro fallo es que no tenemos en cuenta la "fecha de operación", sino únicamente la de "expedición".

En fin, problemas del siglo XXI... :rolleyes:

A mi se me ocurren muchos motivos por los que un usuario necesitaría poder enviar manualmente una factura (o 20, o 500) que en su momento no pudieron ser enviadas por el motivo que sea. Dile tu ahora a ese cliente que no puede, que va a tener que presentar un escrito y enviarlas de otra manera...

Las facturas las deberá enviar por ticketBAI cuando tenga solucionado el problema. La hacienda de Gipuzkoa tiene una opción dentro de TicketBAI(escritos TicketBAI) para enviar esos escritos.

edari 25-01-2024 09:24:15

Cita:

Empezado por YellowStone (Mensaje 554117)
Nuestro programa también lo permitía, y recibimos carta de la diputación para que dejara de permitirlo. Lo permitiamos en la facturación de albaranes, por si por error se había hecho la facturación mal, que se pudiera echar para atrás sin tener que crear 200 facturas rectificativas o 200 anulaciones. Sólo las enviábamos a la hora de imprimirlas. Claro, que el cliente, lo mismo no las imprimía y enviaba hasta días después, lo que antes era permitido, y ahora no. La solución que hemos puesto es que según se factura se envía, y si se equivoca, que ande con cuidado o tendrá que repetir la facturación entera. Y enviamos como fecha de expedición, la fecha del momento en que se crea, y fecha de operación, la fecha que el cliente le quiera poner a la factura.




A mí también me está saltando este error y hasta ahora teníamos siempre una sola fecha. A raíz de tener que añadir la fecha operación al xml me salta alguna duda:


Esa fecha de operación hay que guardarla también por separado en contabilidad? Tengo que tener en cuenta en los libros de iva esa fecha de alguna forma?


Hay que imprimirla en la factura?


Gracias

ermendalenda 25-01-2024 10:28:43

Sabéis si también detecta si he hecho la factura a las 23.59 y las envío 2 minutos después? O lo tienen controlado por nunero de horas?

Sistel 25-01-2024 10:34:12

Cita:

Empezado por ermendalenda (Mensaje 554146)
Sabéis si también detecta si he hecho la factura a las 23.59 y las envío 2 minutos después? O lo tienen controlado por nunero de horas?

Sería el colmo que te dijeran algo por enviarlas con 2 minutos de retraso.
(Aunque con la Administración cualquier tontería es posible)

Yo las envío mediante un cronjob que se lanza cada minuto.
Y nunca se me han quejado.

ermendalenda 25-01-2024 10:34:48

Esto es un lío y van a tener que abrir un poco la mano. Al menos 2 o 4 días,
Pilla puentes,fines de semana...con averias de fibra y todos locos

Sistel 25-01-2024 10:43:33

Cita:

Empezado por ermendalenda (Mensaje 554148)
Esto es un lío y van a tener que abrir un poco la mano. Al menos 2 o 4 días,
Pilla puentes,fines de semana...con averias de fibra y todos locos

Sí, que se emitan y envíen las facturas desde un equipo local del cliente con conexión a Internet es chungo.
En esos casos, tal vez sería buena idea equipar a los clientes con un router-backup 3G/4G con una SIM con datos baratos.
Si se le cae la fibra, el tráfico seguirá saliendo por 3G/4G.

keys 25-01-2024 13:04:42

Hola a todos.

Pregunte ha hacienda de ALAVA por el error 016 (Fecha de recepción muy posterior a la fecha de expedición), en nuestro caso es por que el cliente ha estado sin internet mucho tiempo pero a seguido generando facturas. Me han contestado lo siguiente :
Cita:

El aviso 016, Fecha de recepción muy posterior a la fecha de expedición, es una advertencia, para dar a conocer que no ha existido simultaneidad.

Si, como indica, la diferencia entre las fechas debido a problemas de conexión puntuales que puedan acreditarse, en cuyo caso no debe realizar ninguna actuación, dado que ya está previsto en el art. 17 del Decreto Foral 48/2021, que aprueba el reglamento de la obligación TicketBAI, que establece los pasos a seguir en cado de incidencias de carácter técnico en el cumplimiento de la obligación TicketBAI, indicando que:

Artículo 17. Incidencias de carácter técnico en el cumplimiento de la obligación TicketBAI

1. En los supuestos excepcionales de interrupción del servicio eléctrico, de destrucción, fallo, avería, rotura u otras circunstancias en las que la o el contribuyente no pueda generar ficheros TicketBAI ni expedir factura o justificante empleando el software TicketBAI, y éstas deban ser expedidas en el momento de realizarse la operación, dicha circunstancia se notificará a la Administración Tributaria y la o el contribuyente expedirá y entregará factura o justificante por otros medios a la persona o entidad destinataria, conservando copia del mismo.
La factura o justificante se consignará a una serie específica que se destinará únicamente a las facturas o justificantes expedidos en virtud de lo dispuesto en este artículo, y contendrá la expresión “factura o justificante expedido según lo dispuesto en el artículo 17 del Decreto Foral por el que se desarrolla la obligación TicketBAI”

2. La o el contribuyente, tan pronto como desaparezca el motivo que imposibilite la generación de ficheros TicketBAI y la expedición de factura o justificante empleando el software TicketBAI, deberá introducir correlativa y sucesivamente en su software TicketBAI los datos de todas las facturas y justificantes expedidos, generando los ficheros TicketBAI y enviándolos a la Administración Tributaria.
La factura o justificante expedido por el software TicketBAI tendrá la consideración de duplicado.
En cualquier caso, la persona o entidad destinataria de la operación podrá solicitar un duplicado
de la factura o justificante emitido, que contemple el código TicketBAI y el código QR.

3. En los supuestos excepcionales de falta temporal de cobertura, interrupción del servicio telefónico o telemático, avería del sistema de envío u otras circunstancias en las que la o el contribuyente pueda generar ficheros TicketBAI pero no pueda enviarlos a la Administración Tributaria, el software TicketBAI acumulará sucesivamente todos los ficheros TicketBAI generados y procederá a su envío tan pronto se restablezca la conexión.”

Es decir que en este caso, de falta temporal de cobertura, no tendría que hacer nada.

Es decir muy parecido a lo que le contestaron al compañero. En nuestro caso no hay que hacer nada.

HerensugeBeltz 26-01-2024 08:31:29

Cita:

Empezado por edari (Mensaje 554145)
A mí también me está saltando este error y hasta ahora teníamos siempre una sola fecha. A raíz de tener que añadir la fecha operación al xml me salta alguna duda:

Esa fecha de operación hay que guardarla también por separado en contabilidad? Tengo que tener en cuenta en los libros de iva esa fecha de alguna forma?

Hay que imprimirla en la factura?


Gracias

Creo que no le estáis dando a la fecha de operación la importancia que tiene: esta fecha es la que determina el periodo fiscal, es decir, cuándo aplicar el IVA. Te pongo un ejemplo: el 29 de diciembre realizo un trabajo para una empresa (fecha de operación) y el cinco de enero emito la factura (fecha de expedición), dado que tengo de plazo hasta el día 15 del mes siguiente para emitirla. Supongamos que ese ejercicio cambia el tipo de IVA del 21% al 23%. Yo debo aplicar el 21%, el IVA de la fecha de operación, y no el de la fecha de expedición. Evidentemente, esa factura se liquidará en el ejercicio de la fecha de operación.

En resumen, de cara al IVA, la fecha de operación es la determinante en una factura.

edari 26-01-2024 10:25:42

Cita:

Empezado por HerensugeBeltz (Mensaje 554161)
Creo que no le estáis dando a la fecha de operación la importancia que tiene: esta fecha es la que determina el periodo fiscal, es decir, cuándo aplicar el IVA. Te pongo un ejemplo: el 29 de diciembre realizo un trabajo para una empresa (fecha de operación) y el cinco de enero emito la factura (fecha de expedición), dado que tengo de plazo hasta el día 15 del mes siguiente para emitirla. Supongamos que ese ejercicio cambia el tipo de IVA del 21% al 23%. Yo debo aplicar el 21%, el IVA de la fecha de operación, y no el de la fecha de expedición. Evidentemente, esa factura se liquidará en el ejercicio de la fecha de operación.

En resumen, de cara al IVA, la fecha de operación es la determinante en una factura.

Gracias. Lo voy a mirar. ^\||/

espinete 26-01-2024 11:34:38

Cita:

Empezado por HerensugeBeltz (Mensaje 554161)
Creo que no le estáis dando a la fecha de operación la importancia que tiene: esta fecha es la que determina el periodo fiscal, es decir, cuándo aplicar el IVA. Te pongo un ejemplo: el 29 de diciembre realizo un trabajo para una empresa (fecha de operación) y el cinco de enero emito la factura (fecha de expedición), dado que tengo de plazo hasta el día 15 del mes siguiente para emitirla. Supongamos que ese ejercicio cambia el tipo de IVA del 21% al 23%. Yo debo aplicar el 21%, el IVA de la fecha de operación, y no el de la fecha de expedición. Evidentemente, esa factura se liquidará en el ejercicio de la fecha de operación.

En resumen, de cara al IVA, la fecha de operación es la determinante en una factura.

Todo depende de si la empresa utiliza esa fecha o no. La mayoría del software de facturación y punto de venta no distinguen entre Operación y Expedición porque no hace falta en la mayoría de los casos.
De hecho, en muy pocas aplicaciones, de escritorio y en la nube, he visto que haya campo Fecha de Operación y Fecha de Expedición diferenciados.

Solo en determinados casos es necesario diferenciar ambas fechas. Ya te digo yo que en 20 años a nosotros no nos ha hecho falta nunca.

Lo que está claro es que para evitar algunos casos concretos, hay que tenerla en cuenta a partir de ahora. Aunque solo sea para el envío de TicketBAI a Araba.

keys 26-01-2024 14:12:44

Cita:

Empezado por espinete (Mensaje 554169)
Todo depende de si la empresa utiliza esa fecha o no. La mayoría del software de facturación y punto de venta no distinguen entre Operación y Expedición porque no hace falta en la mayoría de los casos.
De hecho, en muy pocas aplicaciones, de escritorio y en la nube, he visto que haya campo Fecha de Operación y Fecha de Expedición diferenciados.

Solo en determinados casos es necesario diferenciar ambas fechas. Ya te digo yo que en 20 años a nosotros no nos ha hecho falta nunca.

Lo que está claro es que para evitar algunos casos concretos, hay que tenerla en cuenta a partir de ahora. Aunque solo sea para el envío de TicketBAI a Araba.

Hasta ahora casi nadie tenía en cuenta la fecha de operación, cada uno hacía lo que quería ya que hacías la factura con la fecha que querías ya fuera anterior o posterior al día actual, pero desde que existe TicketBAI eso no se puede hacer y la fecha de operación a pasado a tener mucha importancia. Todo esto ya existía antes de TicketBAI en la normativa de facturación.

A la hora de imprimir la factura si esta no es igual a la de factura es importante ponerla, ya que si la empresa destino hace el 140/240 de bizkaia o el SII tiene que informar de ese dato.

unomasmas 27-01-2024 12:36:32

Motivos rectificativas
 
En el listado de motivos de rectificación de facturas tenemos cinco:

R1 Factura rectificativa: error fundado en derecho y Art. 80 Uno, Dos y Seis de la Norma del IVA.
R2 Factura rectificativa: artículo 80 Tres de la Norma del IVA.
R3 Factura rectificativa: artículo 80 Cuatro de la Norma del IVA.
R4 Factura rectificativa: Resto.
R5 Factura rectificativa en facturas simplificadas.

Todos los motivos se ajustan a causas del artículo 80 de la ley del IVA excepto el último (rectificativa en simplificadas). Sin embargo, entiendo que la rectificación de una simplificada también tiene que tener una causa de las del artículo 80 ¿No? De hecho, en las causas de facturae no se considera esta última.

La cuestión es: Si la razón que origina la rectificación es, por ejemplo, un error fundado en derecho y corresponde a una factura simplificada ¿Qué motivo deberíamos utilizar? ¿Hay alguna razón para usar uno y no otro? ¿Tenéis prevista de alguna forma esta situación? ¿Cómo registráis esta información para no poner dos listados de motivos (uno para TicketBAI y otro para Facturae)?

Gracias.

edejuan 29-01-2024 10:46:45

Cita:

Empezado por unomasmas (Mensaje 554194)
En el listado de motivos de rectificación de facturas tenemos cinco:

R1 Factura rectificativa: error fundado en derecho y Art. 80 Uno, Dos y Seis de la Norma del IVA.
R2 Factura rectificativa: artículo 80 Tres de la Norma del IVA.
R3 Factura rectificativa: artículo 80 Cuatro de la Norma del IVA.
R4 Factura rectificativa: Resto.
R5 Factura rectificativa en facturas simplificadas.

Todos los motivos se ajustan a causas del artículo 80 de la ley del IVA excepto el último (rectificativa en simplificadas). Sin embargo, entiendo que la rectificación de una simplificada también tiene que tener una causa de las del artículo 80 ¿No? De hecho, en las causas de facturae no se considera esta última.

La cuestión es: Si la razón que origina la rectificación es, por ejemplo, un error fundado en derecho y corresponde a una factura simplificada ¿Qué motivo deberíamos utilizar? ¿Hay alguna razón para usar uno y no otro? ¿Tenéis prevista de alguna forma esta situación? ¿Cómo registráis esta información para no poner dos listados de motivos (uno para TicketBAI y otro para Facturae)?

Gracias.




Hola,


Pues nosotros las rectificativas simplificadas las enviamos con el motivo R5 ..., pero es interesante tu cuestión.


Sinceramente, ha habido alguna ocasión que el motivo para elegir un valor u otro, cuanto el tema sobrepasa mis conocimientos de facturación (y las búsquedas no me aclaran mucho), es que el envío sea aceptado :confused:




Saludos.

Sistel 29-01-2024 11:45:00

Cita:

Empezado por edejuan (Mensaje 554202)
Hola,
Pues nosotros las rectificativas simplificadas las enviamos con el motivo R5 ..., pero es interesante tu cuestión.
Sinceramente, ha habido alguna ocasión que el motivo para elegir un valor u otro, cuanto el tema sobrepasa mis conocimientos de facturación (y las búsquedas no me aclaran mucho), es que el envío sea aceptado :confused:
Saludos.

Hola,

Yo tengo muchos clientes bazares chinos (con TPV con software en chino) y el tema de las rectificativas de simplificadas les suena ... a chino :D
Son importes, en general, muy pequeños, y para no complicar la cosa y dado que no les es sencillo localizar la factura que deben rectificar en una devolución, emiten otra factura simplificada negativa y santas pascuas.

Hacienda parece que comprende que no siempre es fácil rectificar una factura simplificada (puede haberse emitido desde otro TPV o desde otra sucursal) y traga sin quejarse de que haya facturas de importes negativos.

Saludos

edejuan 30-01-2024 10:55:20

Cita:

Empezado por espinete (Mensaje 553887)
Estoy obteniendo un "Error 500 - Internal Server Error" al hacer envíos a Gipuzkoa. ¿A alguien más le pasa?

A Araba puedo enviar sin problema.


Hola,


Hace un rato me ha escrito un cliente Gipuzkoa porque le había devuelto ese error, pero al intentar enviarla de nuevo ha subido correctamente.


P.D. La cita de Espinete es de hace algunas semanas, eh, no quiero crear pánico :)


Saludos.
"Hasta el ticketbai y más allá"

espinete 30-01-2024 11:51:05

Si, esta mañana un cliente también tuvo el mismo problema al enviar facturas. Pudo enviar sin problema durante un rato, luego le dio el error y al rato pudo volver a enviar sin problema.

Habrá sido algún problema puntual con los servidores de Gipuzkoa.


La franja horaria es GMT +2. Ahora son las 15:01:12.

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