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espinete 29-02-2024 13:16:18

Tengo un problema que me ha surgido hoy con un cliente, y no sé qué decirle para arreglar el lío que ha provocado...

Resulta que, por despiste, entró en el año/ejercicio 2023 en vez de en el 2024 (nuestro software separa los ejercicios en bases de datos diferentes), y se puso a hacer ventas.
Es decir, hizo facturas en la empresa de 2023 con fecha de 2024 y las envió a TicketBAI.

Lo peor de todo es que TicketBAI se las tragó sin rechistar. No le importó el encadenamiento, ni la fecha del ejercicio, ni el número de factura no correlativo... Nada. Enviadas y aceptadas.

Claro, al darse cuenta, ha ido a la empresa de 2024, y al hacer una venta, casualmente el número de factura ya se había enviado, y ahora TicketBAI responde con "factura duplicada".

En fin, un disparate que no sé muy bien cómo arreglar...

¿Puedo hacer en 2024 una rectificativa de una factura de 2023? ¿Debe el cliente anular las facturas que envió y volver a hacerlas bien? ¿Al anular una factura, eso me permite volver a enviar una nueva factura con el mismo número?

Y la más importante...

¿No debería TicketBAI evitar que ocurra esto, o cosas similares? Yo creo que dejar toda la responsabilidad a los desarrolladores no es buena idea. Nosotros no podemos contemplar, ni siquiera imaginar, todos los disparates que puede cometer un cliente. Si el requisito, exigencia, prohibición, etc. lo pone TicketBAI, que sean ellos quienes devuelvan un error, y no nosotros tener que prever todo lo que pueda pasar y evitar el envío.

Vamos, digo yo.

Araba por ejemplo desde hace poco empezó a dar los errores con las fechas de expedición, fecha de operación y fecha actual precisamente para evitar estos problemas.

YellowStone 29-02-2024 13:21:49

Cita:

Empezado por espinete (Mensaje 554653)
Tengo un problema que me ha surgido hoy con un cliente, y no sé qué decirle para arreglar el lío que ha provocado...

Resulta que, por despiste, entró en el año/ejercicio 2023 en vez de en el 2024 (nuestro software separa los ejercicios en bases de datos diferentes), y se puso a hacer ventas.
Es decir, hizo facturas en la empresa de 2023 con fecha de 2024 y las envió a TicketBAI.

Lo peor de todo es que TicketBAI se las tragó sin rechistar. No le importó el encadenamiento, ni la fecha del ejercicio, ni el número de factura no correlativo... Nada. Enviadas y aceptadas.

Claro, al darse cuenta, ha ido a la empresa de 2024, y al hacer una venta, casualmente el número de factura ya se había enviado, y ahora TicketBAI responde con "factura duplicada".

En fin, un disparate que no sé muy bien cómo arreglar...

¿Puedo hacer en 2024 una rectificativa de una factura de 2023? ¿Debe el cliente anular las facturas que envió y volver a hacerlas bien? ¿Al anular una factura, eso me permite volver a enviar una nueva factura con el mismo número?

Y la más importante...

¿No debería TicketBAI evitar que ocurra esto, o cosas similares? Yo creo que dejar toda la responsabilidad a los desarrolladores no es buena idea. Nosotros no podemos contemplar, ni siquiera imaginar, todos los disparates que puede cometer un cliente. Si el requisito, exigencia, prohibición, etc. lo pone TicketBAI, que sean ellos quienes devuelvan un error, y no nosotros tener que prever todo lo que pueda pasar y evitar el envío.

Vamos, digo yo.

Araba por ejemplo desde hace poco empezó a dar los errores con las fechas de expedición, fecha de operación y fecha actual precisamente para evitar estos problemas.

En mi opinión debería de anular todas las facturas enviadas erróneamente. Eso si, misma combinación de serie y número no te la van a aceptar, pues la factura va a seguir constando en Hacienda, como anuladas, pero con el número original, se puede comprobar en la web. Así que tendrá que utilizar una nueva numeración para ellas. A principios de año anulamos unas 300 facturas por el tema de la fecha de expedición, y esos números han quedado ahí. Y si, se pueden hacer rectificativas en 2024 de facturas de 2023, sin problema, identificándolas correctamente en numeración y fecha de expedición, que es lo que comprueban para localizar la factura rectificada.

Neftali [Germán.Estévez] 29-02-2024 13:26:16

Cita:

Empezado por espinete (Mensaje 554653)
¿Puedo hacer en 2024 una rectificativa de una factura de 2023? ¿Debe el cliente anular las facturas que envió y volver a hacerlas bien? ¿Al anular una factura, eso me permite volver a enviar una nueva factura con el mismo número?


Si optas por la opción de anular (que no se si es la correcta) siempre puedes volver a generarlas con una SERIE diferente.
Si haces rectificativas creo que no hay problema porque sea de otro ejercicio; Si haces una el 31 de Diciembre, deberías poder rectificarla una semana después (que ya es el año siguiente).

espinete 29-02-2024 13:53:09

Por lo pronto la clienta va a contactar con su delegación a ver qué le dicen.

Opciones siempre hay, pero en estos casos sería mucho más fácil que la propia delegación respondiera al envío con un "ojo, que hemos detectado algo que no cuadra" en vez de dejar que seamos nosotros quienes prevean cualquier circunstancia que pueda darse.
Ahora habrá que estar haciendo anulaciones, o rectificativas, rehaciendo las facturas, envíos... Y encima el cliente ya habrá hecho y enviado facturas nuevas después del desastre, así que más se complica.

Sistel 29-02-2024 17:39:09

Cita:

Empezado por espinete (Mensaje 554658)
Por lo pronto la clienta va a contactar con su delegación a ver qué le dicen.

Opciones siempre hay, pero en estos casos sería mucho más fácil que la propia delegación respondiera al envío con un "ojo, que hemos detectado algo que no cuadra" en vez de dejar que seamos nosotros quienes prevean cualquier circunstancia que pueda darse.
Ahora habrá que estar haciendo anulaciones, o rectificativas, rehaciendo las facturas, envíos... Y encima el cliente ya habrá hecho y enviado facturas nuevas después del desastre, así que más se complica.

Hola,

Mi consejo es ponerse en contacto con la Hacienda Foral correspondiente, explicarles el problema y pedirles cual es la solución más conveniente.
En general, siempre que me he puesto en contacto con la sección de TicketBAI de alguna de las Haciendas Forales me han dado soluciones efectivas (y sobre todo dentro de normativa)

Saludos

edari 05-03-2024 13:41:15

Buenas,


Tengo una duda con el tema de la fecha operación.


Si una factura tiene la fecha de emisión/factura diferente a la de operación en el QR cuál de las dos fecha iría?


Gracias

keys 05-03-2024 13:53:07

Cita:

Empezado por edari (Mensaje 554749)
Buenas,


Tengo una duda con el tema de la fecha operación.


Si una factura tiene la fecha de emisión/factura diferente a la de operación en el QR cuál de las dos fecha iría?


Gracias

Para TicketBai es la ficha de expedición. Para Verifactu habrá que esperar a la normativa.

edari 05-03-2024 14:14:06

Gracias keys

espinete 08-03-2024 11:38:09

Cambios/Devoluciones en ventas de mostrador (TPV)
 
¿Cómo hacéis vosotros los cambios y/o devoluciones en un software de punto de venta, por ejemplo, para una tienda de ropa, que solo emite tíckets a público en general?

¿Hacéis rectificativas o solo un nuevo tícket en negativo? ¿Si hacéis rectificativas, el usuario debe indicar el tipo de rectificativa, motivo, etc. y el nº de tícket original al que rectifica?

Nuestro software simplemente emite la factura simplificada en negativo (si es una devolución), como una factura más: correlativa, misma serie, etc. Al ser ventas a público en general (sin indicar datos del cliente), no ha habido problema nunca.
Y de hecho TicketBAI las acepta sin ningún aviso, y hasta que yo sé, nunca se han quejado.

Pero un cliente ahora dice que no debería ser así y se nos ha planteado la duda. ¿Realmente debemos crear todo el proceso de rectificativas, en un software de punto de venta que se supone que debe ser lo más "básico" y rápido posible, exigiendo indicar a qué factura rectifica, guardando en otra serie, etc.?

¿Cómo lo hacéis vosotros?

Para facturas normales obviamente sí hacemos todo el proceso correcto, creando rectificativas, dando opción a indicar el motivo, tipo de rectificativa, etc. Pero en venta al público no veo un poco engorroso e innecesario para el usuario.

Neftali [Germán.Estévez] 08-03-2024 12:00:32

No creo que tenga que ver con TBAI necesariamente, creo que es más tema facturación, pero buscando un poco por Internet encuentras cosas como estas:

¿Qué son las facturas rectificativas?

Las facturas rectificativas son un documento que sirve para corregir una factura original, añadir algún dato incompleto o indicar devoluciones de mercancías. Ya que por ley no podemos alterar una factura que ya ha sido emitida, debemos crear esta factura rectificativa para realizar cualquier cambio o añadir más datos.

O esta:


Tipos de facturas rectificativas

Existen diferentes tipos de facturas rectificativas que se utilizan en la contabilidad y facturación de una empresa. A continuación, describimos los principales:
  1. Factura rectificativa por error en el importe: se emite cuando se ha cometido un error en el importe facturado, ya sea porque se ha cobrado de más o de menos.
  2. Factura rectificativa por error en los datos del cliente: se emite cuando se ha facturado a un cliente equivocado o se han incluido datos incorrectos en la factura original.
  3. Factura rectificativa por devolución de mercancía: se emite cuando se devuelve un producto o mercancía que ya ha sido facturado y se necesita corregir la factura original.
  4. Factura rectificativa por descuento posterior: se emite cuando se aplica un descuento después de haber emitido la factura original.
  5. Factura rectificativa por anulación de factura original: se emite cuando se anula la factura original por algún motivo, como por ejemplo la devolución de la mercancía o el servicio.
link:https://www.holded.com/es/blog/factu...tos-utilidades

De todas, formas si hay alguien experto en facturación que diga, porque yo no lo soy...

espinete 08-03-2024 12:06:33

Lo digo porque, en ningún comercio en el que yo haya hecho un cambio o una devolución, me han dado un tícket que diga "factura rectificativa". De hecho solo veo "factura simplificada" y los artículos en negativo cambiados y los nuevos en positivo.

Tengo ahora mismo delante un tícket de Leroy Merlín y otro de Zara Home, por poner un ejemplo.

Por eso hacía hincapié en lo de "punto de venta" de venta al público en general.

Y en cualquier caso, si no están permitidas las ventas en negativo... ¿por qué las admite TicketBAI? Tantos avisos y errores con tonterías como que falta el código postal, y esto que es más "serio" se las traga sin problema?

Neftali [Germán.Estévez] 08-03-2024 12:12:43

Cita:

Empezado por espinete (Mensaje 554834)
Lo digo porque, en ningún comercio en el que yo haya hecho un cambio o una devolución, me han dado un tícket que diga "factura rectificativa". De hecho solo veo "factura simplificada" y los artículos en negativo cambiados y los nuevos en positivo.


Revisa este link (que además es de la AEAT).


Facturas de rectificación
1. Supuestos de rectificación
Se deberá expedir una factura rectificativa ....
....

No obstante, hay dos excepciones a estos requisitos:

Cuando la modificación de la base imponible sea consecuencia de la devolución de mercancías o de envases y embalajes y por la operación en la que se entregaron se hubiese expedido factura o factura simplificada, no será necesaria la expedición de una factura o factura simplificada rectificativa, sino que se podrá practicar la rectificación en la factura que se expida por una operación posterior que tenga el mismo destinatario siempre que el tipo impositivo aplicable a todas las operaciones sea el mismo, con independencia de que el resultado sea positivo o negativo.


Esto me hace dudar, parece que diga que puedes modificar la original, pero el problema es que no podemos enviar modificaciones a TBAI (como se hace al SII).
No se...

keys 08-03-2024 12:16:29

Cita:

Empezado por espinete (Mensaje 554834)
Lo digo porque, en ningún comercio en el que yo haya hecho un cambio o una devolución, me han dado un tícket que diga "factura rectificativa". De hecho solo veo "factura simplificada" y los artículos en negativo cambiados y los nuevos en positivo.

Tengo ahora mismo delante un tícket de Leroy Merlín y otro de Zara Home, por poner un ejemplo.

Por eso hacía hincapié en lo de "punto de venta" de venta al público en general.

Y en cualquier caso, si no están permitidas las ventas en negativo... ¿por qué las admite TicketBAI? Tantos avisos y errores con tonterías como que falta el código postal, y esto que es más "serio" se las traga sin problema?

Lo correcto sería hacer una factura rectificativa. Pero en la practica casi nadie las hace o las hacía. Lo que hacen muchos es generar una factura nueva con los importes en negativo.

El sistema se las traga por que nadie dice que esten mal.

espinete 08-03-2024 12:18:40

Casualmente acababa de encontrar esa misma información en la web de AEAT, que dice lo siguiente:

Cita:

No tienen la consideración de facturas rectificativas las que se expidan en sustitución de facturas simplificadas expedidas con anterioridad, siempre que las mismas cumpliesen los requisitos reglamentarios.
Cita:

No obstante, hay dos excepciones a estos requisitos:

Cuando la modificación de la base imponible sea consecuencia de la devolución de mercancías o de envases y embalajes y por la operación en la que se entregaron se hubiese expedido factura o factura simplificada, no será necesaria la expedición de una factura o factura simplificada rectificativa, sino que se podrá practicar la rectificación en la factura que se expida por una operación posterior que tenga el mismo destinatario siempre que el tipo impositivo aplicable a todas las operaciones sea el mismo, con independencia de que el resultado sea positivo o negativo.

Creo recordar que de esto ya se habló hace (mucho) tiempo en el foro, y recuerdo que alguien dijo que "Por ahora me están aceptando las facturas en negativo sin problema".

Es que si hay que decirle a los usuarios, que cuando hagan un cambio o una devolución, tienen que indicar tipo, motivo, etc. no sé, no lo veo claro, la verdad.
Pero vamos, si hay que hacerlo, pues a apechugar...



Cita:

Empezado por Neftali [Germán.Estévez] (Mensaje 554835)
Revisa este link (que además es de la AEAT).


Facturas de rectificación
1. Supuestos de rectificación
Se deberá expedir una factura rectificativa ....
....

No obstante, hay dos excepciones a estos requisitos:

Cuando la modificación de la base imponible sea consecuencia de la devolución de mercancías o de envases y embalajes y por la operación en la que se entregaron se hubiese expedido factura o factura simplificada, no será necesaria la expedición de una factura o factura simplificada rectificativa, sino que se podrá practicar la rectificación en la factura que se expida por una operación posterior que tenga el mismo destinatario siempre que el tipo impositivo aplicable a todas las operaciones sea el mismo, con independencia de que el resultado sea positivo o negativo.


Esto me hace dudar, parece que diga que puedes modificar la original, pero el problema es que no podemos enviar modificaciones a TBAI (como se hace al SII).
No se...


keys 08-03-2024 12:19:49

Cita:

Empezado por Neftali [Germán.Estévez] (Mensaje 554835)
Revisa este link (que además es de la AEAT).


Facturas de rectificación
1. Supuestos de rectificación
Se deberá expedir una factura rectificativa ....
....

No obstante, hay dos excepciones a estos requisitos:

Cuando la modificación de la base imponible sea consecuencia de la devolución de mercancías o de envases y embalajes y por la operación en la que se entregaron se hubiese expedido factura o factura simplificada, no será necesaria la expedición de una factura o factura simplificada rectificativa, sino que se podrá practicar la rectificación en la factura que se expida por una operación posterior que tenga el mismo destinatario siempre que el tipo impositivo aplicable a todas las operaciones sea el mismo, con independencia de que el resultado sea positivo o negativo.


Esto me hace dudar, parece que diga que puedes modificar la original, pero el problema es que no podemos enviar modificaciones a TBAI (como se hace al SII).
No se...

No dice que tengas que enviar la misma factura modificada. Sino que tienes que enviar una nueva con los importes en negativo o en positivo. Que es lo que hace zara como dice el compañero. Pero sólo en esos casos, sino tienes que hacer una rectificativa.

espinete 08-03-2024 12:21:32

Cita:

Empezado por keys (Mensaje 554837)
Lo correcto sería hacer una factura rectificativa. Pero en la practica casi nadie las hace o las hacía. Lo que hacen muchos es generar una factura nueva con los importes en negativo.

El sistema se las traga por que nadie dice que esten mal.

El problema es que tengo un cliente un poco... enterao... que dice que eso no puede ser así, que está mal. Y no, mal, lo que se dice MAL, no está.

Y lo peor... estoy seguro de que si hablo con las diputaciones, una me va a decir que está bien y otra que está mal :rolleyes:

espinete 08-03-2024 12:23:39

Cita:

Empezado por keys (Mensaje 554839)
No dice que tengas que enviar la misma factura modificada. Sino que tienes que enviar una nueva con los importes en negativo o en positivo. Que es lo que hace zara como dice el compañero. Pero sólo en esos casos, sino tienes que hacer una rectificativa.

Exacto. No se trata de una modificación de la original. De hecho, ni siquiera es un error en los datos.

Por no hablar de que lo más fácil, rápido e intuitivo es que, en el mismo tícket que se le da al cliente, aparezca todo: los artículos devueltos/cambiados en negativo, y los nuevos (si los hay) en positivo.

Pero vamos, si no se han puesto de acuerdo las diputaciones en dos años, es normal que nosotros tengamos todavía dudas al respecto.

keys 08-03-2024 12:28:16

Cita:

Empezado por espinete (Mensaje 554840)
El problema es que tengo un cliente un poco... enterao... que dice que eso no puede ser así, que está mal. Y no, mal, lo que se dice MAL, no está.

Y lo peor... estoy seguro de que si hablo con las diputaciones, una me va a decir que está bien y otra que está mal :rolleyes:

Pues entonces tu cliente tendrá que hacer una rectificativa si es lo que quiere. Nosotros en nuestro caso es el cliente el que decide hacer una rectificativa o hacer una factura con importes negativos.

pablog2k 08-03-2024 13:01:15

En teoría toda factura rectificativa en negativo (es decir abonos) tiene que ir a una serie y con una numeración aparte de las ordinarias. Otra cosa es que la gente lo cumpla o no, pero nosotros siempre se lo decimos a nuestros clientes, cualquier factura en negativo es un abono, va a la serie de rectificativas, indicas a quien rectificas y genera una numeración distinta.
Respecto al TPV, a la hora de genera tickets, si hay que hacer devolución o abono, nosotros tenemos un botón que le das y te pregunta a que ticket estas rectificando, lo eliges y te hace una copia del ticket original pero con todo en negativo. De ahí ya quitas cosas si no va a devolver todo, o la dejas tal cual si es un abono entero, cierras ticket y arreando. Fácil, rápido, y cumple con ticketbai.
Si el cliente quiere devolver cosas y llevarse otras nuevas, PRIMERO se hace la devolución (esto genera la rectificativa etc), y luego se hace el ticket con lo que se va a llevar nuevo. Te evitas líos e historias.

ermendalenda 08-03-2024 14:16:04

La normativa de facturación lo regula según el caso.
No hay diferencia para los casos de simplificadas y ordinarias, pero si tienen que ser diferentes las series de lss rectificativas.
Te pongo algún ejemplo,
1.Cambio de mercancia:
* Puedes hacer dentro del mismo tiquet(normal) el negativo y el positivo, para según el caso, si no hay mezclas de tipos de iva, o si el total de los ivas son positivos. Si todos los items son del mismo tipo de iva incluso te puede dar negativo si al menos hay un ítem positivo, del mismo iva.
*puedes hacer la rectificativa por un lado y el positivo por otro.

2.devolución sin cambio
*solo es posible la rectificativa.

Nota:
Las rectificativas llevan otra serie tanto para ordinarias como para simplificadas y diferentes entre ellas, o sea, no se pueden mezclar las series rectificativas de las simplificadas con las rectificativas de las ordinarias.


La franja horaria es GMT +2. Ahora son las 17:04:01.

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Traducción al castellano por el equipo de moderadores del Club Delphi