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Galahad 29-05-2017 16:28:56

Cita:

Empezado por CMB (Mensaje 517309)
No tiene por qué dar error. En la gran mayoría de los casos, la cuota deducible es igual que la base imponible. Pero puede haber casos en que no. Si en una gran superficie te hacen una factura que incluye un pen drive y 1 kg de manzanas, por ejemplo, te podrás deducir el pen drive pero no la fruta.

Esta innovación supongo que será para el contraste, pues el total factura tiene que coincidir con lo que declare tu proveedor, independientemente de que te lo puedas deducir todo o sólo una parte.

Entiendo entonces que el concepto de 'cuota deducible' esta asociado entonces a la base imponible, no a las cuotas de iva. La confusión ha venido por esta 'excepción' para el tema de las facturas de 'Régimen Agrícola':

Cita:

.8. ¿Cómo se registran los recibos de las compensaciones agrícolas, forestales o pesqueras a que se refiere el art 16.1 del Reglamento de facturación?
El expedidor del recibo lo registrará en el Libro registro de Facturas Recibidas con tipo de factura "F6" y la clave de régimen especial o trascendencia “02”. Consignará como base imponible la base sobre la que se calcula la compensación y como Importe total de la factura el total de la contraprestación. Los campos “tipo impositivo” y “cuota soportada” se dejarán en blanco y se completarán los campos “porcentaje de compensación” e “importe compensación”; como cuota deducible se consignará el importe de la compensación.
Como podeis ver, aqui como cuota deduble se indica el importe de la compensación (que es el importe de iva que se autocalcula)

seccion_31 29-05-2017 16:32:44

cuotadeducible es opcional, ¿no?

newtron 29-05-2017 16:45:41

Cita:

Empezado por Galahad (Mensaje 517311)
Entiendo entonces que el concepto de 'cuota deducible' esta asociado entonces a la base imponible, no a las cuotas de iva. La confusión ha venido por esta 'excepción' para el tema de las facturas de 'Régimen Agrícola':



Como podeis ver, aqui como cuota deduble se indica el importe de la compensación (que es el importe de iva que se autocalcula)

A raiz de esta aclaración yo había entendido que la cuota deducible es el importe del iva, ahora ya no sé qué pensar. ¿Alguien lo tiene claro?

seccion_31 29-05-2017 16:55:14

Facturas Recibidas:
Se cambia a obligatoria la etiqueta de cuotaDeducible

Y es la suma de los importes de cada IVA que te puedes deducir.

newtron 29-05-2017 17:01:35

Cita:

Empezado por seccion_31 (Mensaje 517315)
Facturas Recibidas:
Se cambia a obligatoria la etiqueta de cuotaDeducible

Y es la suma de los importes de cada IVA que te puedes deducir.

Estupendo, gracias.

CMB 29-05-2017 17:29:15

Cita:

Empezado por seccion_31 (Mensaje 517315)
Facturas Recibidas:
Se cambia a obligatoria la etiqueta de cuotaDeducible
Y es la suma de los importes de cada IVA que te puedes deducir.

Concuerda con los ejemplos incluidos en la documentación. Pero parece muy extraño.

Según entiendo, es posible que una parte del IVA no se pueda deducir. Sin embargo, ¿la base imponible se puede deducir entera? Tanto para el modelo 130 de los autónomos como para el impuesto de sociedades. ¿En qué casos es eso aplicable?

Parece una incongruencia.

CMB 29-05-2017 17:41:37

Definición de cuota deducible
 
Habrá que buscar una descripción oficial fiable de lo que es la Cuota deducible.

He enviado cientos de facturas donde esa cuota deducible es igual a la base imponible, es decir, muy superior al importe del IVA, y en ningún caso han sido rechazadas. Si se refiriese a la parte de IVA que la empresa no se puede deducir, no deberían haberlas admitido.

¿Dispone alguien de más información sobre ese asunto?

Saludos,

Galahad 29-05-2017 19:01:42

Cuota deducible
 
Cita:

Empezado por CMB (Mensaje 517318)
Habrá que buscar una descripción oficial fiable de lo que es la Cuota deducible.

He enviado cientos de facturas donde esa cuota deducible es igual a la base imponible, es decir, muy superior al importe del IVA, y en ningún caso han sido rechazadas. Si se refiriese a la parte de IVA que la empresa no se puede deducir, no deberían haberlas admitido.

¿Dispone alguien de más información sobre ese asunto?

Saludos,

Un cliente nuestro que tiene una asesoria me comenta que es la suma de las cuotas de ivas, que le extraña que la aeat se 'trague' la base imponible en dicho campo, pero que normalmente, eso es un 'error grave' a la hora de preparar los modelos oficiales.

CMB 29-05-2017 20:40:30

Cita:

Empezado por Galahad (Mensaje 517320)
Un cliente nuestro que tiene una asesoria me comenta que es la suma de las cuotas de ivas, que le extraña que la aeat se 'trague' la base imponible en dicho campo, pero que normalmente, eso es un 'error grave' a la hora de preparar los modelos oficiales.

Nos conviene saberlo con total seguridad. Podría ser una metedura de pata fenomenal.

¿Alguien sabe de algún documento donde haya una descripción detallada del tag CuotaDeducible?

Saludos,

mike_GK 30-05-2017 08:10:04

Cita:

Empezado por Galahad (Mensaje 517320)
Un cliente nuestro que tiene una asesoria me comenta que es la suma de las cuotas de ivas, que le extraña que la aeat se 'trague' la base imponible en dicho campo, pero que normalmente, eso es un 'error grave' a la hora de preparar los modelos oficiales.


Es como dices, la cuota deducible es la suma de las cuotas de IVA

Se supone que por un lado tenemos la Base imponible que es el total de la factura sin Iva, a esto le sumas la cuota y deberia salir el total de importe o factura


Por lo que tengo entendido al presentarla al AEAT la cuota deducible debe de coincidir con la suma de cuota de Iva, o daria error grave tambien

keys 30-05-2017 08:29:22

Cita:

Empezado por CMB (Mensaje 517309)
No tiene por qué dar error. En la gran mayoría de los casos, la cuota deducible es igual que la base imponible. Pero puede haber casos en que no. Si en una gran superficie te hacen una factura que incluye un pen drive y 1 kg de manzanas, por ejemplo, te podrás deducir el pen drive pero no la fruta.

Esta innovación supongo que será para el contraste, pues el total factura tiene que coincidir con lo que declare tu proveedor, independientemente de que te lo puedas deducir todo o sólo una parte.

Hola a todos, en mi modesta opinión creo que estáis equivocados, la cuota deducible NO ES LA BASE IMPONIBLE. Sino la cuota de IVA de la factura en caso de que sea deducible. Por ejemplo en una factura de 121 euros con un 21% de IVA será

Base := 100;
Cuota := 25;
Total Factura := 125.

El importe de la cuota deducible dependerá de muchas cosas, como la naturaleza de la operación o el tipo de empresa. Por ejemplo hay tipos de empresas que están exentas de IVA y la cuota deducible es siempre 0. Las bases imponibles ya están en el detalle de las facturas y las cuotas también pero no la parte deducible o no de la factura.

La cuota deducible es la cantidad que luego te vas a dedudicir en hacienda en el 303 y es creo el dato que más le puede importar a hacienda, ya que es función de ella y de la soportada te van a calcular el dinero que tienes que pagar o te tienen que devolver.

Un Saludo.

Galahad 30-05-2017 08:47:52

Cita:

Empezado por keys (Mensaje 517336)
Hola a todos, en mi modesta opinión creo que estáis equivocados, la cuota deducible NO ES LA BASE IMPONIBLE. Sino la cuota de IVA de la factura en caso de que sea deducible. Por ejemplo en una factura de 121 euros con un 21% de IVA será

Base := 100;
Cuota := 25;
Total Factura := 125.

El importe de la cuota deducible dependerá de muchas cosas, como la naturaleza de la operación o el tipo de empresa. Por ejemplo hay tipos de empresas que están exentas de IVA y la cuota deducible es siempre 0. Las bases imponibles ya están en el detalle de las facturas y las cuotas también pero no la parte deducible o no de la factura.

La cuota deducible es la cantidad que luego te vas a dedudicir en hacienda en el 303 y es creo el dato que más le puede importar a hacienda, ya que es función de ella y de la soportada te van a calcular el dinero que tienes que pagar o te tienen que devolver.

Un Saludo.

Estoy totalmente de acuerdo, lo que no entiendo es como dice un compañero en un post un poc más arriba , es como la aeat no devuelve esas facturas como erróneas, en el registro enviamos la base imponible y el total factura, se supone que podría comprobar que la cuota deducible no es correcta,¿ no ?

keys 30-05-2017 08:50:46

Cita:

Empezado por Galahad (Mensaje 517337)
Estoy totalmente de acuerdo, lo que no entiendo es como dice un compañero en un post un poc más arriba , es como la aeat no devuelve esas facturas como erróneas, en el registro enviamos la base imponible y el total factura, se supone que podría comprobar que la cuota deducible no es correcta,¿ no ?

Por lo menos deberían comprobar que la cuota deducible no sea mayor que la suma de las cuotas. Pero hay una serie de campos que no se validan y me imagino que en un futuro lo irán haciendo, como puede ser el total de la factura.

CMB 30-05-2017 09:28:25

Sobre la "Cuota deducible"
 
Cita:

Empezado por keys (Mensaje 517336)
El importe de la cuota deducible dependerá de muchas cosas, como la naturaleza de la operación o el tipo de empresa. Por ejemplo hay tipos de empresas que están exentas de IVA y la cuota deducible es siempre 0. Las bases imponibles ya están en el detalle de las facturas y las cuotas también pero no la parte deducible o no de la factura.

La cuota deducible es la cantidad que luego te vas a dedudicir en hacienda en el 303 y es creo el dato que más le puede importar a hacienda, ya que es función de ella y de la soportada te van a calcular el dinero que tienes que pagar o te tienen que devolver.

Hola keys

De acuerdo, estaba equivocado y lo interpreté mal. Y pido disculpas a todos por el lío. De todos modos hay algo ahí que no me cuadra.

El SII (de momento) se aplicará a grandes empresas. En el futuro a todas. Existen varios millones de autónomos que presentan el modelo 130 (IRPF), que tiene que ser conforme con sus Libros de Registro de Facturas emitidas y recibidas. Esos autónomos, que al final en número van a ser la gran mayoría de los usuarios del SII, se van a encontrar con una discordancia.

Habrá casos en que, cuando no se puedan deducir todo el IVA por el tipo de bienes o servicios incluidos en la factura, tampoco se podrán deducir la parte correspondiente de la base imponible. Entonces se encontrarán que en su particular libro de facturas, para el cálculo del IRPF en el modelo 130, deberá haber algunas bases imponibles distintas de las declaradas en el SII. ¿Y cómo resolvemos eso? Programáticamente, quiero decir.

En el SII, al objeto de que funcione correctamente el contraste con la factura de la contraparte, habrá que poner la base imponible íntegra, aunque no toda ella sea deducible. Pero el autónomo, en su libro de facturas, deberá poner solamente la base imponible (y el IVA) que se pueda deducir.

(Es muy simple aunque un poco complicado de explicar.)

¿Se le ocurre a alguien cómo se deberá programar en esos casos?

keys 30-05-2017 09:36:01

Creo que eso lo deberán resolver ellos y decirnos como hacerlo. Ahora el sii es para iva y no tiene nada que ver con el IRPF.

CMB 30-05-2017 09:54:01

Cita:

Empezado por keys (Mensaje 517341)
Creo que eso lo deberán resolver ellos y decirnos como hacerlo. Ahora el sii es para iva y no tiene nada que ver con el IRPF.

De acuerdo, pero insisto que el IRPF de los autónomos se calcula directamente a partir de los libros de registro. Y eso implica IRPF mal calculado. Lo que conlleva sanciones. Y aunque en la primera fase no van a estar en el SII, en la segunda sí lo estarán. Y son millones.

kaly999 30-05-2017 09:59:55

XML Baja Factura
 
1 Archivos Adjunto(s)
Buenos días, Me presento Soy Luis Miguel y soy nuevo en este foro.
Gracias a vosotros he conseguido generar y enviar correctamente el XML de Alta de Factura Emitida. Ahora estoy intentando generar el XML de Baja de factura, pero me da el siguiente error: No se esperaba <BajaLRFacturasEmitidas xmlns='https://www2.agenciatribu.....
Adjunto los XML de alta(que funciona) y modificación para ver si me podéis decir que estoy haciendo mal.

Gracias.

vboloradito 30-05-2017 10:21:20

Cita:

Empezado por kaly999 (Mensaje 517344)
Buenos días, Me presento Soy Luis Miguel y soy nuevo en este foro.
Gracias a vosotros he conseguido generar y enviar correctamente el XML de Alta de Factura Emitida. Ahora estoy intentando generar el XML de Baja de factura, pero me da el siguiente error: No se esperaba <BajaLRFacturasEmitidas xmlns='https://www2.agenciatribu.....
Adjunto los XML de alta(que funciona) y modificación para ver si me podéis decir que estoy haciendo mal.

Gracias.

has probado a lanzarlo contra la web de la AEAT a mano. Porque parece que estan bien .
Si les añade la parte de SOAP al xml que has adjutnado no da problemas contra la web

<?xml version="1.0" encoding="utf-8"?>
<soapenv:Envelope xmlns:soapenv="http://schemas.xmlsoap.org/soap/envelope/" xmlns:siiLR="https://www2.agenciatributaria.gob.es/static_files/common/internet/dep/aplicaciones/es/aeat/ssii/fact/ws/SuministroLR.xsd" xmlns:sii="https://www2.agenciatributaria.gob.es/static_files/common/internet/dep/aplicaciones/es/aeat/ssii/fact/ws/SuministroInformacion.xsd">
<soapenv:Header />
<soapenv:Body>

...

</soapenv:Body>
</soapenv:Envelope>

kaly999 30-05-2017 11:13:59

Cita:

Empezado por vboloradito (Mensaje 517346)
has probado a lanzarlo contra la web de la AEAT a mano. Porque parece que estan bien .
Si les añade la parte de SOAP al xml que has adjutnado no da problemas contra la web

<?xml version="1.0" encoding="utf-8"?>
<soapenv:Envelope xmlns:soapenv="*://schemas.xmlsoap.org/soap/envelope/" xmlns:siiLR="*://www2.agenciatributaria.gob.es/static_files/common/internet/dep/aplicaciones/es/aeat/ssii/fact/ws/SuministroLR.xsd" xmlns:sii="*://www2.agenciatributaria.gob.es/static_files/common/internet/dep/aplicaciones/es/aeat/ssii/fact/ws/SuministroInformacion.xsd">
<soapenv:Header />
<soapenv:Body>

...

</soapenv:Body>
</soapenv:Envelope>

Gracias por la rápida respuesta. Resulta que el xml estaba bien y lo que estaba mal era la función que utilizaba para enviarlo. Tenia que usar Ws.AnulacionLRFacturasEmitidas() en vez de Ws.SuministroLRFacturasEmitidas().
Ahora voy a ver si consigo la consulta de facturas emitidas.

Muchas gracias :)

shiximaru 30-05-2017 11:18:41

Hola Soy nuevo por aqui aunque os leo desde hace tiempo. No trabajo en delphi pero si me interesa las experiencias que por aqui se comparten.

Alguien ha intentado enviar facturas de prueba como emisor y como receptor para ver que hace la AEAT con los contrastes?
Estoy intentandolo yo y obtengo alguna cosa extraña, hay facturas que directamente me las tira como no contrastadas una hora despues de haberlas enviado como emisor. No se cuanto tienen puesto para que este temporalmente en proceso de contraste... pero una hora se me antoja plazo muy corto...


La franja horaria es GMT +2. Ahora son las 04:02:54.

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