Cita:
Empezado por newtron
Pero volvemos a lo mismo.... si se supone que el "Libro registro de bienes de inversión" solo es para los empresarios que están sujetos a la ley de prorrata.... ¿cómo se identifican los bienes de inversión para los empresarios que no lo están?
Particularmente me da la impresión de que este tema no lo tienen bien definido y que próximamente veremos algún cambio al respecto.
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No se identifican de ninguna manera. Ni ahora ni antes en el 340.
Este libro es para comprobar que se están aplicando correctamente las prorratas en la deducibilidad del IVA, no para comprobar tablas de amortización ni nada similar.
Esa información estaría en los registros de amortización de la contabilidad, o en el registro de bienes de inversión de IRPF para autónomos. Pero esa información no hay que comunicarla detalladamente ni en Impuesto Sociedades ni en IRPF. Ahora a efectos de cruce pueden hacer algo con la información del 303. Y si hay algo sospechoso te pedirán la justificación de los importes deducidos a efectos de amortización en el modelo 200 (I.S.) y 100 (IRPF).
Y resalto un poco, todo esto es coherente con el 340.