Cita:
Empezado por newtron
Amigo CMB, uno de los dos estamos confundidos.
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Me alegro mucho de haberme confundido, porque eso representa menos trabajo de programación.
Sin embargo, aquellos artículos de carácter duradero que compra una empresa, y que cuestan más de 600 EUR, que siempre se habían deducido gradualmente, una fracción cada ejercicio, ¿donde se meten ahora con el SII? Esos artículos se han llamado siempre
Bienes de inversión. Si el SII habla de Libro de Bienes de Inversión y se refiere a otra cosa, entonces se crea una gran confusión.
Adicionalmente, con el autónomo o empresario que compró una máquina de 25.000 euros, o instaló aire acondicionado en sus dependencias por importe de 8.000 euros, y que cada año amortiza una porción de acuerdo con las tablas oficiales, ¿dónde declaramos esos gastos con el SII? ¿En facturas recibidas? ¿Y cómo controla la AEAT que los porcentajes aplicados y la suma de importes de cada año son los correctos?
Todo eso habría que tenerlo meridianamente claro antes de llevar el programa a producción. Sino la metedura de pata podría ser descomunal.
Saludos,