Cita:
Empezado por jcapilla
Por ley no puedes facturar albaranes mas allá del 15 del mes siguiente por lo que no podrías facturar albaranes de hace dos o tres meses. Igualmente yo aviso pero no bloqueo nada asi que la fecha de operacion seria la del albaran o la del último albaran si hubieran varios.
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Muchas gracias por contestar.
Es decir, que enviarías esa fecha de operación de hace dos o tres meses, aún sabiendo que según la ley no puedes.
Un saludo.