Cita:
Empezado por mrobles
Después de tener problemas con las facturas de bienes de inversión, y leerme la documentación oficial y la discusión que tenéis aquí en la pagina 19, ando aun mas perdido. ¿Emito la factura normal y luego la de inversión y listo?
¿Alguien que me pueda dar un ejemplo funcional?.
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Esos bienes de inversión son solo si la empresa está en régimen especial de prorrata.
Son aquellas empresas que tienen varias activadades y solo alguna de ellos permite deducirse el IVA.