Buenas,
Tengo una duda, en el documento Especificaciones del envío masivo del LROE 1.0.6 de Batuz, aparece en el apartado (5.1.1 Envío de la información) :
Cita:
Es requisito utilizar un certificado electrónico para realizar la petición al servicio de entradas,
certificado con el que se autentica al presentador del envío. El presentador puede ser el propio
obligado tributario o una persona que actúe en su nombre.
▪ Dicho certificado debe incluirse en la petición https que se realice al servicio de entrada
y se utiliza como base del servicio para la identificación y uso.
▪ Los tipos de certificados admitidos para los envíos de los LROE son los siguientes:
o Certificado de persona física.
BATUZ- LROE
Batuz_LROE_Especificaciones_Envío_Masivo_V1_0_6.docx
26/02/2021 14/44
o Certificado de representante de entidad.
o Sello de empresa.
o Sello de autónomo.
o Certificado de dispositivo (debe estar censado para el obligado tributario en
DFB/BFA)
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El certificado al que se refiere, es el mismo que usamos para firmar el XML que enviamos a Guipuzkoa por ejemplo, verdad?
Y para enviar-lo se supone que lo tenemos que usar para el SSL como en Guipuzkoa?
Gracias.