Cita:
5021: Si ClaveRegimenIVAOpTranscendencia igual a 51, el TipoRecargoEquivalencia no debe venir informado
5022: Si ClaveRegimenIVAOpTranscendencia igual a 51, la CuotaRecargoEquivalencia no debe venir informada
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Esta ClaveRegimenIVAOpTranscendencia 51 (Operaciones en recargo de equivalencia) sería la apropiada cuando la empresa emisora está incluida dentro del ámbito del RE ¿No?
¿Quiere esto decir que este tipo de empresas (las incluidas en el RE) no pueden facturar RE a un cliente que también esté incluido? Si sí pueden, como yo creía, ¿Cómo hacemos para informar ese RE repercutido?
Gracias