Cita:
Empezado por Sistel
Hola sEngine,
Lo que antiguamente se llamaban "tickets", con el actual Reglamento de Facturación pasaron a llamarse "facturas simplificadas".
Las únicas diferencias de una factura simplificada respecto a una factura completa (la normal) son:
- En el título del documento debe aparecer "FACTURA SIMPLIFICADA" en lugar de "FACTURA".
- No son obligatorios los datos del destinatario (nombre, NIF y domicilio), aunque puede llevarlos
- Deben llevar, obligatoriamente, una serie diferente a la de las facturas normales (con su propia numeración) y fecha
- Su importe total no puede ser mayor de 3.000 € (y en algunos casos específicos no puede ser mayor de 400 €)
- Puede no desglosar base imponible y cuota de IVA en el caso de un solo tipo de IVA y, en ese caso debe incluir la frase "IVA INCLUÍDO"
Tienes un resumen de la normativa aquí
Saludos
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Hola, dos puntualizaciones al respecto:
- No es requisito poner "FACTURA SIMPLIFICADA".
- Hoy 13/12/2021 han cambiado la URL a la nueva sede, así que ahora el enlace de Sistel con la normativa de facturas simplificadas es este
https://sede.agenciatributaria.gob.e...lificadas.html
Saludos,