Ver Mensaje Individual
  #2682  
Antiguo 29-01-2022
unomasmas unomasmas is offline
Miembro
 
Registrado: dic 2019
Posts: 112
Reputación: 5
unomasmas Va por buen camino
Cita:
Empezado por adolphsys Ver Mensaje
Hola espinete, si te sirve de ayuda, nosotros usamos la opción 2 "rectificativa por diferencias" en todos los casos.

- Si hay que anular el 100% de una factura de 1200 € => rectificativa por diferencias -1200 € indicando la factura que se rectifica, y que el usuario haga una nueva ordinaria.
- Si hay que rectificar parcialmente una factura emitida => rectificativa por diferencias por el importe correspondiente en positivo o negativo.
- No usamos el servicio "anulación de facturas" porque no puede reenviarse el mismo número de factura a Hacienda.

Sería muy fácil darle a elegir al usuario la opción "sustitución" o "diferencias", pero si ya nos vuelven locos con dudas, si ponemos aún más opciones, más dudas, más llamadas... Además con el SII ya lo estamos haciendo de esta forma y hasta el momento no ha habido incidencias.
Pues no sé pero en Gipuzkoa parece que no tienen intención de seguir tu planteamiento :-(. Esto dicen en su último comunicado sobre el servicio Zuzendu:
Los ficheros recibidos, pero con aviso de errores, deberán ser modificados a través de un fichero de modificación de acuerdo a los requisitos de los servicios Zuzendu o a través del servicio ZuzenduBAI de la Diputación Foral de Gipuzkoa (ubicado en Consulta de Facturas en la sede electrónica), siempre y cuando no se trate de una causa que exija la emisión de una factura rectificativa.
En este último caso, cuando procede emitir una factura rectificativa, para que el computo sea correcto, procedería emitir una factura rectificativa por sustitución y no realizar facturas rectificativas por diferencias, ni realizar abonos previos a la emisión de la factura rectificativa, ya que el registro original no se está teniendo en cuenta para calcular el total de lo facturado.


Responder Con Cita