Cita:
Empezado por Sistel
Hola,
La inviolabilidad del domicilio es un derecho fundamental reconocido en nuestra Constitución.
Se precisa orden judicial para entrar en un domicilio, ... salvo en el caso de delito flagrante.
(No sé si se consideraría delito flagrante estar emitiendo facturas falsas en tu casa)
Pero creo que la inviolabilidad se considera para domicilios de personas físicas, no para personas jurídicas (empresas) o locales de negocio.
Ahí creo que pueden intervenir sin orden judicial si tienen indicios fundados de que se están cometiendo delitos.
Aunque tampoco estoy totalmente seguro.
Saludos
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Gracias por la aclaración, Sistel. Con seguridad es como dices porque realmente me parecía demasiado patinazo por parte de la Administración tal y como yo lo pensaba