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Antiguo 21-04-2022
PepCat PepCat is offline
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PepCat Va por buen camino
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Empezado por Neftali [Germán.Estévez] Ver Mensaje
Hoy me he puesto el video "en segundo plano" y me ha llamado la atención algo que han comentado, tal vez porque yo no lo había entendido bien en un primer momento.
Aquí habíamos hablado de que había 2 posibilidades:

Opción a)
Guardar la factura en local, firmada, sin enviarla a la administración (evitaba tener que programar nada de envíos en la aplicación -esto había entendido yo-).
Opcion b) Enviar las facturas a la AEAT a medida que se generan.

Yo había entendido que la (opción a) evitaba de tener que lidiar en la aplicación con todo el tema de envíos, pero segun el vídeo he visto que no.

50.50 A partir de aquí explica las 2 alternativas.
51:35 Habla de que la remisión es opcional.
51:40 Hable de algo que es obligatorio en el proyecto (sea cual sea la opción escogida):

"La potencialidad de envío. TODOS los sistemas deben tener la capacidad de enviar. ... de forma que si la agencia tributaria se interesara por un contribuyente, podría llegar a decirle, oye por favor enviame tu registro de facturas del mes de Abril, en este formato legal, y la AEAT lo recibirá y lo tratará. Eso es un requerimiento...
Si el día de mañana por medio de una ampliación normativa llegara a ser obligatorio, en ese caso ya el sistema ya estaría capacitado para realizar el envío..."


Por lo tato me parece claro que se escoja la opción que se escoja, el sistema debe tener implementado todo lo necesario para enviar.

Si yo también he llegado a la misma conclusión después de ver el video.

Es decir que las aplicaciones obligatoriamente deberán ofrecer la opción de envió de las facturas a la agencia tributaria y el cliente es el que podrá escoger que opción quiere adoptar.

Desde el punto de vista de un desarrollador de una aplicación de facturas, creo que la mejor opción es enviar siempre las facturas a la agencia tributaria y olvidadarse de los problemas de posibles alteraciones de la base de datos, logs, …

En el video en el minuto 64 (1h:03). También afirman que las empresas acogidas al sistema SII, ya están cumpliendo la ley por lo que no deben cambiar nada.

En el caso del SII los usuarios tienen hasta 4 días para remitir las facturas por lo que entiendo que el nuevo sistema también dará un plazo parecido para el envío de las facturas.
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