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Antiguo 30-09-2022
ermendalenda ermendalenda is offline
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ermendalenda Va por buen camino
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Empezado por keys Ver Mensaje
....El reglamento de la factura eléctronica (definicion, formatos, xml, ...) ya esta totalmente definido. Lo que falta de definir es la obligatoriedad de uso, que a hora solo es necesaría si trabajas con una administración pública.
Creo que no es correcto, dan válidos los formatos de factura electrónicas de normativas europeas pero no sabemos si en el desarrollo reglamentario, que parece que sí, van a poner otro formato.
Boe Aprobacion Ley 18/2022 Crea y Crece: Pagina 72
Cita:
El plazo para aprobar estos desarrollos reglamentarios sera de seis mesas a contar
desde publicación en el BOE de la presente ley.
Este desarrollo se realizará admitiendo como válidas, al menos, la lista de sintaxis
contenida en la Decisión de Ejecución (UE) 2017/1870 de la Comisión, de 16 de octubre
de 2017, sobre la publicación de la referencia de la norma europea sobre facturación
electrónica y la lista de sus sintaxis de conformidad con la Directiva 2014/55/UE del
Parlamento Europeo y del Consejo.
Previo a la aprobación del desarrollo reglamentario, el Gobierno abrirá un período de
exposición pública del reglamento regulador de la factura electrónica, a efecto de
presentación de alegaciones por parte de los interesados.
Disposición final octava. Entrada en vigor.
La presente ley entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el
«Boletín Oficial del Estado», a excepción del capítulo V que entrará en vigor a partir
del 10 de noviembre de 2022 y del artículo 12, relativo a la facturación electrónica
entre empresarios y profesionales, que producirá efectos, para los empresarios y
profesionales cuya facturación anual sea superior a ocho millones de euros, al año
de aprobarse el desarrollo reglamentario. Para el resto de los empresarios y
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