Cita:
Empezado por novatico
En algunos comentarios veo que genéricamente se le llama VERIFACTU, pero tenemos que dejar claro, que éste sólo es, una de las formas de envío del nuevo Registro de Facturación, concretamente si es inmediato y simultáneo a la emisión de la factura.
La otra forma es generar el Registro de Facturación en la emisión de la factura, pero no enviarlo.
¿Cuándo habrá que hacerlo ?.
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Como dices hay 2 "modos de trabajo".
1) Cuando se active la LeyAntifraude que no implica envío de la información de forma inmediata (si la generación del registro de Facturación al generar la factura -con firma/encadenamiento para asegurar la no alteración-). Esa información se enviará
sólo ante un requerimiento de la AEAT y
será objeto de otros servicios web diferenciados.
2) VERI*FACTU, que implica el envío de información de forma "inmediata" en la generación de cada factura (no necesita firma, pues al tener la factura la AEAT de forma inmediata, ya se asegura la no alteración).