Cita:
Empezado por CarlosR
¿ Qué haces si el cliente no se había acogido a veri*factu y decide acogerse en algún ejercicio ?
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Lo mismo que tu haces si tu cliente te dice que se ha acogido a una opción inusual del Código aduanero, o decide emitir algunas facturas acogidas al IVA en otro país de la U.E. (para poner ejemplos): le explicas a tu cliente que tu programa no es un todopoderoso y que este caso no lo contempla (en la actualidad; siempre dejar opciones comerciales...)
Cita:
¿ Una versión del programa en función de cada situación ?
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Esto me da a pensar que el precio de los programas no-Veri*factu (o con las dos opciones) pueden salir más caros que los programas solo Veri*factu; e incluso que la diferencia puede ser notable.
Y creo que sería bastante lógico, además.
Cita:
El productor informático no puede obligar al cliente a tomar una decisión fiscal.
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No es lo que estas haciendo, si le dices a tu cliente que no lo puedes acompañar en su viaje si él toma tal decisión.
Dicho de otra forma: si implementas solo la parte Veri*factu, lo debes poner bien claro en la documentación comercial, para que le cliente no se equivoque comprando el programa inadaptado.
Y si tienes clientes ya y no piensas desarrollar la opción no-Veri*factu, ahora parece un buen momento para pensar en el mensaje marketing que hay que diseñar para explicar a estos clientes 1º que les va a costar el cambio iniciado por el gobierno (incluso cosas como poner el sistema de facturación conectado a internet, o el tema de los certificados), y 2º que solo está la opción de acogerse al Veri*factu, si se quieren quedar contigo y tener menos inspecciones de Hacienda. O algo así (no soy bueno en marketing
).