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Antiguo 29-02-2024
sglorka sglorka is offline
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sglorka Va por buen camino
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Empezado por ramherfer Ver Mensaje
Si a ver, tengo tres fechas, la del propio sistema Windows, y que adquiere el ERP como fecha y hora de trabajo, la fecha de control que obtengo en Internet mediante el comando Curl y que me sirve de base para poder controlar que la fecha y hora del ERP no exceda en una diferencia de 4 minutos, en caso contrario no dejaría emitir la factura (salvo excepción de a un administrador -por si hay fallos en la captura de la hora de internet-). Espero que con esto se entienda el manejo y control de las fechas, por si al usuario se le ocurre alterar, atrasar la del sistema Windows para hacer alguna pajarraka.

Ahora bien, estando a caballo entre dos ejercicios y dada la fecha 02/01/2024 en la cual nos encontraríamos, supongamos que necesito emitir una factura que en su día 31/12/2023 no pude hacer (por motivo X -se fué la luz durante horas-) la fecha de expedición sería 02/01/2024 y la fecha de factura/fecha de operacion sería 31/12/2023, me da igual que sea empresa o particular, ya que los dos casos se pueden dar perfectamente. No se si estoy en lo cierto en cuanto a las fechas. No hay una entrega de bienes o prestación de servicio anterior al 31/12/2023 y que esta se realiza el 31/12/2023.

Espero haberlo explicado bien. ¿La verdad?.... es un maldito lio
Te voy a dar mi opinión que deberías contrastar con un asesor fiscal. A los que yo les he consultado me han trasmitido lo que te reflejo aquí.

1- Si estamos hablando de un terminal punto de venta, donde estás expuesto al público, en ningún momento deberías generar facturas con fecha de expedición distinta de la fecha en curso y haces bien en controlar la fecha del sistema y contrastarla con un servidor fiable de Internet para evitar problemas.

2.- Si estamos hablando de un ERP - BackOffice, estando en el día 02/01/2024, o estando en cualquier día entre 1 de enero y el 31 de enero de 2024, emitiría la(s) factura(s) que quedaron atrás con fecha de expedición 31/12/2023 y fecha de operación, la que se hubiese establecido en la entrega de bienes (siempre menor o igual que la fecha de expedición). Fíjate que, en ningún momento, vas a romper la cronología Fecha-Número de Factura ya que no se pueden emitir facturas con fecha superior a 31/12/2023 dentro del ejercicio fiscal 2023, entre otros motivos por que no hay más días.

Este planteamiento es muy común en los cierres de año, ya que es imposible que a 31/12/2023 puedas tener todas tus facturas emitidas (siempre pensando en clientes de operaciones recurrentes en el mismo mes natural).

Esta procedimiento se puede aplicar a cualquier final de mes a lo largo del año fiscal, siempre y cuando, te hayas preocupado de generar una serie particular para la facturación de resumen final de mes. Si aún así, has emitido una factura el día 01/02/2023 con la misma serie que otra que deberías emitir a fecha 31/01/2023, no te queda otra que emitir la factura con fecha 01/02/2023 y luego emitir una rectificativa por sustitución con fecha de emisión 31/01/2023 y fecha de operación la que tenga asignada la factura sustituida.

En ningún caso, emitiría una factura con fecha de expedición anterior al día en curso si el destinatario es cliente particular. Sólo si es recapitulativa y el cliente es particular (durante todo el mes le he emitido factura por cada operación) podría emitirle la factura recapitulativa con fecha anterior al día en curso (tiene que ser como máximo el último día del mes) por que puede ocurrir que el último día del mes sea domingo y en ese día también haya realizado una operación el cliente, entonces hasta el lunes no podré emitir la recapitulativa

Espero haber sido claro en la explicación
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