Cita:
Empezado por Galahad
Entiendo entonces que el concepto de 'cuota deducible' esta asociado entonces a la base imponible, no a las cuotas de iva. La confusión ha venido por esta 'excepción' para el tema de las facturas de 'Régimen Agrícola':
Como podeis ver, aqui como cuota deduble se indica el importe de la compensación (que es el importe de iva que se autocalcula)
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A raiz de esta aclaración yo había entendido que la cuota deducible es el importe del iva, ahora ya no sé qué pensar. ¿Alguien lo tiene claro?