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edejuan edejuan is offline
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edejuan Va por buen camino
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Empezado por unomasmas Ver Mensaje
En el listado de motivos de rectificación de facturas tenemos cinco:

R1 Factura rectificativa: error fundado en derecho y Art. 80 Uno, Dos y Seis de la Norma del IVA.
R2 Factura rectificativa: artículo 80 Tres de la Norma del IVA.
R3 Factura rectificativa: artículo 80 Cuatro de la Norma del IVA.
R4 Factura rectificativa: Resto.
R5 Factura rectificativa en facturas simplificadas.

Todos los motivos se ajustan a causas del artículo 80 de la ley del IVA excepto el último (rectificativa en simplificadas). Sin embargo, entiendo que la rectificación de una simplificada también tiene que tener una causa de las del artículo 80 ¿No? De hecho, en las causas de facturae no se considera esta última.

La cuestión es: Si la razón que origina la rectificación es, por ejemplo, un error fundado en derecho y corresponde a una factura simplificada ¿Qué motivo deberíamos utilizar? ¿Hay alguna razón para usar uno y no otro? ¿Tenéis prevista de alguna forma esta situación? ¿Cómo registráis esta información para no poner dos listados de motivos (uno para TicketBAI y otro para Facturae)?

Gracias.



Hola,


Pues nosotros las rectificativas simplificadas las enviamos con el motivo R5 ..., pero es interesante tu cuestión.


Sinceramente, ha habido alguna ocasión que el motivo para elegir un valor u otro, cuanto el tema sobrepasa mis conocimientos de facturación (y las búsquedas no me aclaran mucho), es que el envío sea aceptado




Saludos.
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