Buenas
Alguien envia registros al LROE de BATIZ de los capítulos 3 y sucesivos (Bienes de inversión, etc)?
No se si es obligatorio el envío por parte de las aplicaciones, porque son temas muy "contables" y se podría incluso causar problemas fiscales
Por ejemplo, el capitulo 3 del 240, bienes de inversión se debe enviar las "regularizaciones" en los años siguientes a la compra.
Esto parece ser que esta en la normativa foral, pero tiene tela desde el punto de vista fiscal y contable
¿Omitis directamente este tipo de cosas?
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