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Antiguo 05-05-2017
vboloradito vboloradito is offline
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vboloradito Va por buen camino
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Empezado por newtron Ver Mensaje
Yo entiendo que son las agencias de viajes las que tienen que marcar de forma especial las facturas, no sus clientes. En el primer ejemplo es para los clientes que reciben facturas de una agencia de viaje y el segundo para las agencias de viajes como empresa, por eso en el primer caso no hay que hacer nada en especial y si en el segundo.

Saludos


Si, Leo en la web de la AEAT. que tiene que venir marcado en la factura, como en las de criterio de caja.


http://www.agenciatributaria.es/AEAT...turacion.shtml


Los empresarios y profesionales acogidos a este Régimen especial no tienen obligación de consignar separadamente en la factura la cuota repercutida, debiendo entenderse incluida en el precio.
En las facturas ha de constar la mención “régimen especial de las agencias de viajes”.
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