Cita:
Empezado por newtron
Cuidadín que, aunque la aeat no se meta demasiado en ese asunto, tengo entendido que el albarán es un documento que no se puede borrar tan a la ligera, los albaranes deben de ir igualmente numerados de forma correlativa y no deben de ser anulados a no ser que haya un motivo demostrable.
Saludos.
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Se pueden llevar "series" o "juegos" de numeraciones en albaranes, pero en cada una de ellas, la numeración y fecha de cada albarán ha de ser correlativa.
No debe dejarse un hueco en la numeración, y os aseguro que, en una posible inspección, si se encuentran estos huecos, no les va a gustar.
Dependiendo de si estos albaranes ya están facturados o no, varía la forma de actuar para anularlos, que no borrarlos.
Si no están facturados, puedes modificar cantidades e importes, para incluso dejarlos sin valor, añadiendo si te parece, los comentarios que expliquen la situación.
Si ya están facturados, será necesario introducir un nuevo albarán con las cantidades en negativo, para que "anule" el anterior.
Un saludo.