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Antiguo 14-12-2023
sglorka sglorka is offline
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sglorka Va por buen camino
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Empezado por antoine0 Ver Mensaje
A ver si me explico mejor... (la énfasis es mía)


A lo cual he contestado:


Quiero decir que, al mi entender, un proveedor de SIF puede proponer, y certificar, un sistema que SOLO propone la opción de usar el sistema Veri*factu, sin la posibilidad de desactivar la remisión automática del artículo 15. Sin implementar ni firma, ni archivo de los registro (pero sí de los eventos del 8.3)

La opción la tiene el cliente; pero no dentro del ámbito del programa, sino dentro del ámbito de sus obligaciones de tributación, que es más amplia.
Por ejemplo, en el artículo 15 está escrito «podrán remitir [...] todos los registros de facturación generados por los sistemas informáticos» (mi énfasis); no «generados por [strike]el sistema informático[/strike]».
Ok aclarado. En mi mente estaba que los desarrolladores de SIF deberían tener ambas opciones para ampliar el público objetivo. Pero estoy de acuerdo en que si tu solución desarrolla sólo una de ellas entonces el cliente no puede elegir.
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