Ver Mensaje Individual
  #2324  
Antiguo 04-08-2017
antoineL antoineL is offline
Registrado
NULL
 
Registrado: ago 2017
Posts: 8
Reputación: 0
antoineL Va por buen camino
Cita:
Empezado por xamminf Ver Mensaje
Concretando. Lo que no entiendo es estos dos puntos:
Cita:
El esquema o diseño de los registros de facturación será el mismo que para los envíos correspondiente a los registros del segundo semestre de 2017 y siguientes, pero con unas validaciones diferentes que permitirán que solo se consigne lo que actualmente es obligatorio.
Las facturas de 1º semestre hay que enviarlas en registros XML iguales que las del 2º, obviamente con la clave de tipo de operación pertinente (16 o 14) y solo con las reglas y valores que eran obligatorias en el modelo 340; el sistema de al AEAT se adaptará en consecuencia.

Por ejemplo, la descripción de la factura es una novedad del nuevo sistema y entró en vigor solo el 1/7/2017, no es exigible para las facturas del 1º semestre. Pero el XML exige un valor en este elemento: entonces puedes poner el texto fijo «factura del 1º semestre 2017»: así será correcto acorde al XML; no sería legal para una factura del 2º semestre dado que no es descriptivo pero da igual en este caso; y la maquinita de validación no te pondrá pegas.

Cita:
Cita:
Libro registro de facturas emitidas:

Con independencia del tipo de operación informado (no sujeta, sujeta y exenta o no exenta) deberá informarse en cualquier caso como factura sujeta y no exenta.
En el 340 se debe informar de las facturas, pero no hay explícitamente la distinción entre las exentas y las no sujetas (todas va a tipo 0); entonces la AEAT ha decidido que todas las facturas del 1º semestre deben registrarse en la categoría más comuna, sujeta no exenta, que implica poner el detalle de IVA pero no explicitar causas de exención (E1, E2 etc.) Estas son muy probablemente las reglas que han determinado mirando a las facturas viniendo de los 340 que ya tienen, y han extendido lógicamente las reglas a las demás empresas.
Responder Con Cita