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ermendalenda ermendalenda is offline
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ermendalenda Va por buen camino
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Empezado por sglorka Ver Mensaje
No vas a encontrar en el reglamento exactamente lo que buscas. El reglamento te dice muy claro lo que debes hacer en ciertas circunstancias y en otras lo deja a tu interpretación siempre y cuando no vulneres el reglamento. ¿ Dice el reglamento que la fecha de expedición de una factura tiene que ser la misma que el día en que la expides ?. No los vas a encontrar por que no lo dice. Pero sí dice lo siguiente:

Reglamento de facturación
Artículo 11. Plazo para la expedición de las facturas.
1. Las facturas deberán ser expedidas en el momento de realizarse la operación.
No obstante, cuando el destinatario de la operación sea un empresario o profesional que actúe como tal, las facturas deberán expedirse antes del día 16 del mes siguiente a aquél en que se haya producido el devengo del Impuesto correspondiente a la citada operación.

O sea, yo puede ir realizando notas de entrega a un cliente empresario durante el mes de marzo y después emitirle una factura resumen de esas operaciones antes del 16 de abril. Como debo respetar la numeración correlativa y las fechas de expedición de forma ascendente, estando a día 16 de abril emito una factura resumen de operaciones con fecha 17 de abril (no tengo facturas emitidas después del 16 de abril ). Le envío la factura al cliente y me responde al día siguiente reclamándome que la fecha de factura es errónea. Ahora ¿Cómo lo soluciono? ¿ Emito una rectificativa con fecha 17 de abril, día en el que estoy ? no debería por que sigo sin resolver el problema.
Lo que debo hacer es emitir una rectificativa por sustitución con fecha de emisión 16 de abril, para corregir la factura errónea.

En resumen, hay que respetar la cronología NumeroFactura-FechaExpedición pero como pueden haber errores, se debe poder rectificarlos, es lo que subyace en el reglamento cuando crea la factura rectificativa, eso si, sin intentar torcerlo. Si yo sé que no tengo facturas emitidas hoy ni las voy a emitir. ¿ qué problema hay en emitirlas hoy con fecha del día siguiente?

Te adjunto link de consulta vinculante realizada a la administración donde se recoge el caso de la emisión de una factura rectificativa por error en fecha de expedición.
https://www.iberley.es/resoluciones/...4-2022-1538919
Cuidado con la fecha y hora de emisión de las facturas, una cosa es el reglamento y otra el conbtrol verifactu que va a estar por encima del reglamento. Si emito una factura hoy con fecha de mañana, a parte de que no puedas hacer ninguna ya con fecha/hora anterior a la emitida tampoco la podras transmitir a hacienda hasta llegada la hora y fecha, se corre el rieso de que te la rechacen por fecha/hora incorrecta. Ya habeis visto en el proyecto de la OM que los programas deben estar como máximo 1 minuto de margen de diferencia con la hora real. Con lo cual, me temo que van a controlar que no haya horas/fechas futuras.
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