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Antiguo 18-03-2017
Nasca Nasca is offline
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Nasca Va por buen camino
Exactamente, tal como dice newtron, son cosas diferentes.

De hecho hay ciertas confusiones en el cruce contabilidad-fiscalidad.

Por ejemplo el inmovilizado no corresponde exactamente con los bienes de inversión a efectos de IVA. Puede que haya inmovilizados que no se consideren bienes de inversión a efectos de IVA. En el modelo 303 van separados de bienes corrientes.

Y en este caso concreto estos bienes de inversión aún son mas restrictivos, solo se aplican cuando hay prorrata.

Cita:
Artículo 102.- Regla de prorrata.
Uno. La regla de prorrata será de aplicación cuando el sujeto pasivo, en el ejercicio de su actividad empresarial o profesional, efectúe conjuntamente entregas de bienes o prestaciones de servicios que originen el derecho a la deducción y otras operaciones de análoga naturaleza que no habiliten para el ejercicio del citado derecho.
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