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newtron Va camino a la fama
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Empezado por figo21 Ver Mensaje
Buenas, estoy mirando esto: http://www.agenciatributaria.es/AEAT...tronica_.shtml

y veo:
Se añade una disposición adicional segunda para determinar que aquellos sujetos pasivos que queden obligados al SII en el curso del ejercicio deben remitir los registros de facturación correspondientes al periodo de tiempo del ejercicio anterior a su inclusión.
En consecuencia, la clave “primer semestre 2017” pasa a denominarse “primer semestre 2017 y otras facturas anteriores a la inclusión en el SII”

¿Significa que tenemos que enviar también la información de facturación de 2016?.


Un saludo.
Igual me equivoco pero yo entiendo que lo que quiere decir es que si una empresa pasa a incluirse en la obligación de presentar el SII, por ejemplo, en 2018 van a obligar a presentar los registros correspondientes al 2017. Los registros de 2016 claramente no hay que presentarlos porque ya lo sabríamos, solamente obligan a presentar los del primer semestre de 2017 a las empresas que no estén en el REMEDE.

Saludos
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