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Antiguo 12-01-2024
antoine0 antoine0 is offline
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antoine0 Va por buen camino
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Empezado por ermendalenda Ver Mensaje
Sanción por facturas no correlativas
La sanción por emitir facturas que no guardan correlación y seguimiento numérico se considera una falta leve según Hacienda y por la que tendrías que pagar llegados al caso unos 150€ por cada factura que no se haya emitido correlativamente.
Una de las reglas básicas es que deben llevar un orden numérico y cronológico sin saltos y sin vueltas atrás en el orden de tiempo.
Ya. El problema es saber dónde está la norma de tiempo. Hasta ahora, era claro que la norma era la fecha (día) indicada en la factura; y es lo que sigue diciendo el artículo 6.1 b del reglamento de facturación. Todas las facturas de un mismo día deben tener un número superior a las de los días anteriores, sin salto.
Implícitamente, le estas sustituyendo como norma de tiempo la fecha-hora (con ±1 minuto de precisión) del registro S0 de la factura dentro del sistema de facturación. Esta fecha-hora solo se puede ver si se mira el registro S0; no hay que perder de vista que este registro S0 puede ser «mejorado» por un registro S1 ulterior, que será el registro al cual está ligado la factura real.

Hay otro tema relacionado con las fechas que no tengo claro: ¿es correcto emitir una factura que lleva fecha (el día impreso) distinto a la fecha del registro?
El reglamento 2007/23 dice (artículo 9) que un registro debe ser generado simultáneamente o inmediatamente anterior a la expedición; por tanto parece decir que fechas distintas no son posibles, solo se pueden expedir facturas llevando fecha de expedición de hoy.
Sin embargo, en muchos pequeños comercios veo a gente que hacen sus facturas cuando tiene tiempo de hacerlo, por ejemplo los finales de semana, y ponen como fecha a menudo la de final del mes; ¿tendrán que cambiar de costumbre?
Al mismo tiempo, veo a una empresa nacional de telecomunicación que emite sus facturas con 7 días de antelación (hoy emiten las facturas con fecha 19/1/2024); cierto que están en el S.I.I. (y no sé en qué día reporten en SII, supongo que dentro de 7 días) entonces no veré un QR, pero la práctica no para de sorprenderme.
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