Ver Mensaje Individual
  #144  
Antiguo 12-02-2017
Nasca Nasca is offline
Miembro
 
Registrado: abr 2007
Ubicación: Almería (España)
Posts: 249
Reputación: 18
Nasca Va por buen camino
Revisad la información de la Agencia Tributaria. Hay dos tipos de rectificativas, por sustitución y por diferencias. La segunda es la opción mas sencilla. La otra es un coñazo en cuanto a gestión de registros.
Mas información en:
Responder Con Cita