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Empezado por Jaketon Ver Mensaje
A ver quien me puede aclarar un poco lo del Libro de Determinadas Operaciones Intracomunitarias. ¿Cuando y quien ha de presentar esto? Según documentación, pero no me aclaro con tanta ley

En este libro se registran exclusivamente dos tipos de operaciones, las operaciones a las que hace referencia el artículo 66 del RIVA, es decir, sólo las siguientes:
  • El envío o recepción de bienes para la realización de los informes periciales o trabajos mencionados en el artículo 70, apartado uno, número 7º, de la Ley del Impuesto (Ley 37/1992).
  • Las transferencias de bienes y las adquisiciones intracomunitarias de bienes comprendidas en los artículos 9, apartado 3º, y 16, apartado 2º, de la Ley del Impuesto (Ley 37/1992).

Se consignará la clave “D” si el declarado es el destinatario de los bienes objeto de la operación, y “R” si el declarado es el remitente de los bienes objeto de la operación.
Yo solo te puedo decir que tenemos desarrollado el 340 en el cual hay un libro igual que este (Intracomunitarias) con las mismas condiciones y tenemos a muchas empresas presentadolo desde que aparecio ese modelo. En todo este tiempo ninguno ha tenido que presentar ese tipo de intracomunitarias y tenemos clientes que hacen muchas compras/ventas intracomunitarias "normales".
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