Cita:
Empezado por keys
Los cobros en metálico sólo hay que declararlos a final de año si han superado los 6000 euros por un cliente, en el libro de cobros en metalico dentro del libro de operaciones de transcendencia, que es lo que han cambiado en la versión 0.6.
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gracias
keys ya me has quitado un tema asi de golpe, con el que estaba ahora mismo. (porque no tenemos clientes que a final de año superaran esa cifra de contado)
Por cierto, las facturas recibidas, (exentas, por ejemplo por no tener animo de lucro) ¿que esquema sigues para enviarla? le he colocado el tipo a cero y el importe del iva a cero y ha pasado, pero no se si lo estoy haciendo bien.
Saludos !