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Antiguo 16-11-2022
ermendalenda ermendalenda is offline
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ermendalenda Va por buen camino
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Empezado por afxe Ver Mensaje
En el caso que está exponiendo Ermendalenda... creo que hay un error de concepto (o el error lo tengo yo... y me pondré el capirote de burro de la clase )

(a partir de ahora, entiéndase Ticket = Factura simplificada)

Creo que al SIF no hay que enviar las facturas recapitulativas tal y como se hace en el SII, sino que hay que enviar los tickets que agrupa dicha factura.

El tema de las facturas recapitulativas tenía entendido que era para agrupar un conjunto de tickets de manera que se generara un único movimiento contable/fiscal por dichas operaciones... por ejemplo, el lineal de caja de un supermercado... Cada lineal va generando tickets consecutivos con su serie (facturas simplificadas, a "cliente contado") y al final del día se genera una factura recapitulativa con el resumen de esos tickets (normalmente con una serie para las recapitulativas). Si un cliente solicita factura una vez que el ticket ha sido emitido, se genera un ticket en negativo (en la serie correspondiente) seguido de una factura normal, usualmente con otra serie diferente a la de los tickets y a la de las facturas recapitulativas. De manera que en el SII, un dato especial que sólo está en las recapitulativas es NumSerieFacturaEmisor y NumSerieFacturaEmisorResumenFin donde se indica el intervalo de facturación de los tickets, pero no cada ticket. En contabilidad sólo aparece una factura recapitulativa indicando el intervalo... pero en el libro de IVA no aparece nada de los tickets emitidos. En la estructura del SIF, en ningún sitio consta este intervalo, porque se supone que lo que estamos obligados a enviar es cada ticket individualmente, y no la factura a fin de día.

Si esto es correcto, una factura recapitulativa no puede tener rectificación... si uno de los tickets que contiene tiene un error, debo hacer un ticket en negativo y un ticket positivo que serán recapitulados en la facturación de ese día.

Espero no estar estar en una equivocación y provocaros un dolor de cabeza innecesario.
Hola. No te he entendido muy bien. Pero en el artículo 13 página 17 del reglamento de facturación de 2012 verás que la factura recapitulativa puede incluir cualquier tiqiet del mismo periodo. Por supuesto cuando se haga una recapitulativa hay que generar el verifactu y en caso dd ticketbai igual.
Saludos
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