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#1
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Cita:
Por si acaso sea eso |
#2
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Tarjetas regalo
Buenos días, ¿alguien ha tenido que lidiar con tarjetas regalo? He enviado varios mensajes a las diferentes haciendas preguntando como se tiene que gestionar este tipo de operativa y no me han aclarado absolutamente nada. (que sorpresa...)
Se me plantean dos posibilidades: 1) Para operativas de recarga de tarjetas regalo, generar un fichero de alta de TicketBAI donde el desglose de factura sea NoSujeto con causa OT y en el importe el correspondiente a la recarga de la tarjeta. Por otra parte, cuando se hace uso de la tarjeta regalo no reflejar nada en el fichero de alta ya que se trataría como un medio de pago. 2) Para operativas de recarga de tarjetas regalo, generar un fichero de alta de TicketBAI donde el desglose de factura sea NoSujeto con causa OT y en el importe el correspondiente a la recarga de la tarjeta. Por otra parte, cuando se hace uso de la tarjeta regalo, reflejar ese importe empleado como si fuera un descuento. 3) Para operativas de recarga de tarjetas regalo, no generar un fichero de alta TicketBAI ya que no hay un movimiento real de mercancías ni existe IVA que puedan recaudar (es un cambio de un tipo de medio de pago por otro) Por otra parte, cuando se hace uso de la tarjeta regalo no reflejar nada en el fichero de alta ya que se trataría como un medio de pago. A ver si alguien puede arrojar un poco de luz... Gracias! |
#3
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Tarjetas regalo
En mi opinión, por el hecho de ser un concepto no sujeto yo optaría por la opción 3, dado que al ser no sujeto no se da el hecho imponible, lo mismo que tampoco se indicaría en el modelo 303 de IVA.
Otra cosa es que la factura contenga conceptos adicionales sujetos a IVA, o una factura de servicios a empresas intracomunitarias (no sujeta por reglas de localización). No sé qué pensarán los compañeros pero, en tu caso, yo pienso que sería la tres. |
#4
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Cita:
Te doy un poco mi opinión en base a lo que estuve investigando en su día, pero yo de contabilidad sé lo básico básico, así que no me lo tengas muy en cuenta. Para mí, si alguien compra una tarjeta regalo, es a esa persona a la que se le hace una factura, digamos por 50€, por un producto llamado "Tarjeta Regalo 50". Ahora, al usar esa tarjeta, entiendo que en el momento de comprar un producto, si por ejemplo es por valor de 60€, además de las líneas para los productos adquiridos, habría una línea de descuento por valor de 50€, quedando un total de 10€ a pagar. Si fuese por ejemplo de 40€, entiendo que sería un descuento de -40€, y luego ya se gestiona como corresponda para saber que a esa tarjeta le quedan 10€ (en caso que se permita eso, claro). Quizás si es una tarjeta regalo de estas que son tipo de crédito, que hay que activar, etc. y creo que llevan un banco por detrás, igual la operativa es diferente, y la compra del cliente final se trata como una compra normal y corriente. Pero estas tarjeta tipo "vale" o "bono", yo personalmente las veo como un descuento. Compro una cámara de fotos de 450€, y lo mismo que puedo tener un vale de "10% de descuento", o "10€ para compras superiores a 80€", etc... si tengo un vale, tarjeta, bono.... de 50€, a mi la cámara me costará 400€ aplicando el descuento de 50€, y alguien tendrá una factura por la compra de ese vale. Lo que ya no sé cómo va es el tema de si ese descuento se ha pagado a 50€ IVA inc... como aplicarlo si vendes productos de diferentes IVAs... si da igual, o qué... Pero lo dicho... mejor contrastarlo con un contable o asesor ![]() |
#5
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Muchas gracias. No había caído en eso. Ya lo hace.
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