Club Delphi  
    FTP   CCD     Buscar   Trucos   Trabajo   Foros

Retroceder   Foros Club Delphi > Principal > Internet
Registrarse FAQ Miembros Calendario Guía de estilo Temas de Hoy

Grupo de Teaming del ClubDelphi

Respuesta
 
Herramientas Buscar en Tema Desplegado
  #1  
Antiguo 18-03-2017
CMB CMB is offline
Miembro
 
Registrado: ene 2017
Posts: 349
Poder: 8
CMB Va por buen camino
Libro de Bienes de Inversión

Cita:
Empezado por newtron Ver Mensaje
Amigo CMB, uno de los dos estamos confundidos.
Me alegro mucho de haberme confundido, porque eso representa menos trabajo de programación.

Sin embargo, aquellos artículos de carácter duradero que compra una empresa, y que cuestan más de 600 EUR, que siempre se habían deducido gradualmente, una fracción cada ejercicio, ¿donde se meten ahora con el SII? Esos artículos se han llamado siempre Bienes de inversión. Si el SII habla de Libro de Bienes de Inversión y se refiere a otra cosa, entonces se crea una gran confusión.

Adicionalmente, con el autónomo o empresario que compró una máquina de 25.000 euros, o instaló aire acondicionado en sus dependencias por importe de 8.000 euros, y que cada año amortiza una porción de acuerdo con las tablas oficiales, ¿dónde declaramos esos gastos con el SII? ¿En facturas recibidas? ¿Y cómo controla la AEAT que los porcentajes aplicados y la suma de importes de cada año son los correctos?

Todo eso habría que tenerlo meridianamente claro antes de llevar el programa a producción. Sino la metedura de pata podría ser descomunal.

Saludos,
Responder Con Cita
  #2  
Antiguo 18-03-2017
Avatar de newtron
[newtron] newtron is offline
Membrillo Premium
 
Registrado: abr 2007
Ubicación: Motril, Granada
Posts: 3.474
Poder: 21
newtron Va camino a la fama
Cita:
Empezado por CMB Ver Mensaje
Me alegro mucho de haberme confundido, porque eso representa menos trabajo de programación.

Sin embargo, aquellos artículos de carácter duradero que compra una empresa, y que cuestan más de 600 EUR, que siempre se habían deducido gradualmente, una fracción cada ejercicio, ¿donde se meten ahora con el SII? Esos artículos se han llamado siempre Bienes de inversión. Si el SII habla de Libro de Bienes de Inversión y se refiere a otra cosa, entonces se crea una gran confusión.

Adicionalmente, con el autónomo o empresario que compró una máquina de 25.000 euros, o instaló aire acondicionado en sus dependencias por importe de 8.000 euros, y que cada año amortiza una porción de acuerdo con las tablas oficiales, ¿dónde declaramos esos gastos con el SII? ¿En facturas recibidas? ¿Y cómo controla la AEAT que los porcentajes aplicados y la suma de importes de cada año son los correctos?

Todo eso habría que tenerlo meridianamente claro antes de llevar el programa a producción. Sino la metedura de pata podría ser descomunal.

Saludos,
Bueno, según recuerda nuestro colega Nasca, en el modelo 340 ya no se identificaban ese tipo de facturas. Imagino que la táctica será enviar la factura cuando se hace la compra y punto, posteriormente en caso de inspección podrán reclamarte las amortizaciones que se hayan hecho sobre ese bien pero en principio parece que enviando la factura hemos acabado.

Saludos
__________________
Be water my friend.
Responder Con Cita
  #3  
Antiguo 18-03-2017
CMB CMB is offline
Miembro
 
Registrado: ene 2017
Posts: 349
Poder: 8
CMB Va por buen camino
Cita:
Empezado por newtron Ver Mensaje
Bueno, según recuerda nuestro colega Nasca, en el modelo 340 ya no se identificaban ese tipo de facturas. Imagino que la táctica será enviar la factura cuando se hace la compra y punto, posteriormente en caso de inspección podrán reclamarte las amortizaciones que se hayan hecho sobre ese bien pero en principio parece que enviando la factura hemos acabado.
Saludos
Me alegro de que sea así. Pero algunas cosas siguen confusas.

Cuando un autónomo o empresario está amortizando bienes de inversión, en el libro de facturas recibidas tiene que poner sólo el importe amortizado en el ejercicio en curso, no el total de la factura. Si el bien que compró eran 5.000 euros, y ese año le toca amortizar sólo 500, en ese libro debería poner 500. Y en años sucesivos, 500 también, hasta la amortización total. Y eso afecta directamente, en el caso de autónomos, a la cuota a pagar del modelo 130 (IRPF), y en las empresas algo parecido con el impuesto de sociedades.

Y ahora el dilema:

Nosotros programadores, al crear el libro de facturas recibidas para mandar a la AEAT, ¿cómo debemos gestionar esas deducciones periódicas? (1) ¿Incluyes el importe total el primer año y te olvidas del resto?, o (2) ¿pones en cada ejercicio la fracción que corresponda?

Si es el caso (1) no sería consistente con el importe a pagar por IRPF o impuesto de sociedades. Y si es el caso (2) la AEAT, al cruzar datos, encontraría una discrepancia con la base imponible de la factura declarada por el proveedor, probablemene sancionable.

En mi humilde opinión, ninguno de los dos casos parece perfecto, y ambos podrían crear problemas.
Responder Con Cita
  #4  
Antiguo 18-03-2017
Avatar de newtron
[newtron] newtron is offline
Membrillo Premium
 
Registrado: abr 2007
Ubicación: Motril, Granada
Posts: 3.474
Poder: 21
newtron Va camino a la fama
Cita:
Empezado por CMB Ver Mensaje
Me alegro de que sea así. Pero algunas cosas siguen confusas.

Cuando un autónomo o empresario está amortizando bienes de inversión, en el libro de facturas recibidas tiene que poner sólo el importe amortizado en el ejercicio en curso, no el total de la factura. Si el bien que compró eran 5.000 euros, y ese año le toca amortizar sólo 500, en ese libro debería poner 500. Y en años sucesivos, 500 también, hasta la amortización total. Y eso afecta directamente, en el caso de autónomos, a la cuota a pagar del modelo 130 (IRPF), y en las empresas algo parecido con el impuesto de sociedades.

Y ahora el dilema:

Nosotros programadores, al crear el libro de facturas recibidas para mandar a la AEAT, ¿cómo debemos gestionar esas deducciones periódicas? (1) ¿Incluyes el importe total el primer año y te olvidas del resto?, o (2) ¿pones en cada ejercicio la fracción que corresponda?

Si es el caso (1) no sería consistente con el importe a pagar por IRPF o impuesto de sociedades. Y si es el caso (2) la AEAT, al cruzar datos, encontraría una discrepancia con la base imponible de la factura declarada por el proveedor, probablemene sancionable.

En mi humilde opinión, ninguno de los dos casos parece perfecto, y ambos podrían crear problemas.
Creo que esa no es la idea. Hay que enviar la factura original cuando se produce y punto. Las deducciones periódicas por amortización no hay que enviarlas, no son facturas, son meros asientos de gastos.

Saludos
__________________
Be water my friend.
Responder Con Cita
  #5  
Antiguo 18-03-2017
Nasca Nasca is offline
Miembro
 
Registrado: abr 2007
Ubicación: Almería (España)
Posts: 249
Poder: 18
Nasca Va por buen camino
Cita:
Empezado por CMB Ver Mensaje
Nosotros programadores, al crear el libro de facturas recibidas para mandar a la AEAT, ¿cómo debemos gestionar esas deducciones periódicas? (1) ¿Incluyes el importe total el primer año y te olvidas del resto?, o (2) ¿pones en cada ejercicio la fracción que corresponda?

Si es el caso (1) no sería consistente con el importe a pagar por IRPF o impuesto de sociedades. Y si es el caso (2) la AEAT, al cruzar datos, encontraría una discrepancia con la base imponible de la factura declarada por el proveedor, probablemene sancionable.
Las amortizaciones solo tendrías que justificarlas a petición por inspección. No estamos hablando en ningún momento de libro de inmovilizado y sus correspondiente amortizaciones.

La clave está en la cuestión de la prorrata.
Revisa el enlace que te puse y si quieres quedarte mas tranquilo tira de los artículos de IVA que te indico.
Responder Con Cita
Respuesta



Normas de Publicación
no Puedes crear nuevos temas
no Puedes responder a temas
no Puedes adjuntar archivos
no Puedes editar tus mensajes

El código vB está habilitado
Las caritas están habilitado
Código [IMG] está habilitado
Código HTML está deshabilitado
Saltar a Foro

Temas Similares
Tema Autor Foro Respuestas Último mensaje
TICKET BAI (TicketBAI); Nuevo sistema de la Agencia Tributaria del Pais Vasco keys Internet 4175 Hace 16 Horas 16:17:35
AEAT envio de datos vía Webservice problemas con WSDL CelsoO Internet 11 09-10-2019 20:03:41
webService Soap de la Administración Digital Española notific@ apicito Internet 3 31-01-2017 11:25:28
Error en Webservice funcion envio de sms webmasterplc Delphi para la web 5 25-07-2013 20:10:29
Problemas con envío de XML a un WebService davidvamo Internet 1 13-02-2007 15:49:20


La franja horaria es GMT +2. Ahora son las 08:51:40.


Powered by vBulletin® Version 3.6.8
Copyright ©2000 - 2024, Jelsoft Enterprises Ltd.
Traducción al castellano por el equipo de moderadores del Club Delphi
Copyright 1996-2007 Club Delphi