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#1
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Cita:
- pendiente (no enviada todavia) - Pendiente con ERROR ( el sistema en el proximo intento la reenviara automaticamente asumiendo que el usuario la ha corregido) - OK - OK con ERROR ( esta me preocupa menos porque no tiene multa) el sistema la relanzará al acabar el dia automaticamente, asumiendo que el usuario la ha corregido) esta creo que la tengo que enviar como modificacion, no como alta. Lo del tema de baja de facturas todavia no lo he abordado ni la rectificación. Teneis claro como hacerlo. Acepto sugerencias. - |
#2
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Cita:
Cualquier factura ya presentada y aceptada con o sin errores puede ser enviada de nuevo por cambios tantas veces como se desee, incluso sin introducir cambio alguno. El servidor te da cada vez un nuevo CSV. Las facturas de baja (o anuladas) sólo se pueden recuperar por cambios. No se pueden mandar de nuevo como pendientes porque te las rechazan por duplicadas, pues el servidor las mantiene indefinidamente en su base de datos. Saludos, |
#3
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Visteis que ya anunciaron los cambios de la version 0.7 ???
Interesante la pagina 15 "agenciatributaria.es/static_files/AEAT/Contenidos_Comunes/La_Agencia_Tributaria/Modelos_y_formularios/Suministro_inmediato_informacion/FicherosSuministros/V_07/PP_F_PRUEBAS_200417_Modo_compatibilidad.pdf" Yo tengo unos cuantos casos de NIF/Nombre (5) que los valida la pagina del NIF-validator pero no los acepta al enviarlos. |
#4
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Atención. Pregunta contable.
Estoy con el tema de las facturas simplificadas (antiguos tickets). Para enviarlos no hay problema pero mi cuestión es que creo que enviar tooooooooooooodos los tickets uno a uno es una barbaridad. Hasta ahora esos tickets se agrupan en una factura de "Clientes contado" que es lo que se traspasa a contabilidad y se declara por el total pero ahora no se puede enviar como factura porque se pide un cif y un nombre de cliente reconocido. ¿La aeat aceptará enviar un grupo de tickets por el total del día en un solo envío? ¿Alguno de vosotros se ha planteado ese tema? ¿Por qué no me toca la lotería y me puedo retirar ? Gracias y un saludo
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Be water my friend. |
#5
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Es lo más sensato que he leído en todo este hilo
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#6
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Uis... ¿entonces todo lo demás que he dicho son tonterías?.... no.... no me contestes.... prefiero seguir viviendo en mi ignorancia.
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Be water my friend. |
#7
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Cita:
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#8
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Cita:
Muchas gracias por la info.
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Be water my friend. |
#9
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Cita:
Sí. Se consignará como tipo de factura la clave “F4”. En el bloque que identifica a la factura (IDFactura) se consignará el número y serie de la primera y última factura. En el 340 existía una clave para el resumen de facturas y otra para el resumen de tickets. En esto del SII sólo hay una clave. Queda al libre albedrio si son simplificadas o no. |
#10
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Cita:
Si envias tipo F2, tienes que enviar un registro por cada ticket. En el 340 existía un tipo que era para resumen de ticket pero en esto del sii no lo han incluido, si hay un tipo F4-Resumen de facturas, pero no tiene pinta de valer para los tickets. Ya de tocar que me toque a mi. |
#11
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Cita:
Creo que discrepo contigo, el tipo F4, es precisamente para esos casos. Asiento resumen de facturas, en donde se identifican aquellas facturas simplificadas que se agrupan al ser contabilizadas. Esa agrupación debe de cumplir una serie de requisitos, pero eso es ya mas tema contable. Una vez contabilizada cumpliendo el reglamente se pueden transmitir de esta forma, con registro tipo F4. De todas formas, tiene narices que no esté meridianamente claro el asunto y tengamos que estar aquí discutiendo si es así o es de esta otra forma....... |
#12
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No había visto tu post....
Cita:
Lo siento, yo me lo he pedido "primen"
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Be water my friend. |
#13
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Enviar facturas simplificadas, aunque sean muchas, no está prohibido. En un solo envío se admiten hasta 10.000 facturas. ¿Qué más da que 500 de ellas sean simplificadas? Y te ahorras todo el lío de programación para agruparlas y marcarlas debidamente.
En Portugal ya hace varios años que tienen SII y, según me cuentan, las facturas se envían en el mismo momento de la emisión, en tiempo real. Supongo que tiques incluidos. |
#14
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Cita:
sobre agrupar facturas simplificadas (tickets) puedes hacerlo siempre que sean del mismo proveedor. No puedes agrupar facturas simplificadas de distintos proveedores. (facturas recibidas) Hay que pensar que hacienda quiere los "tickets" para pillar al que defrauda. Al que tiene una maquina registradora que imprime dos tickes, uno lo contabiliza en el sistema y el otro no. |
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