Cita:
Empezado por PASPAS
Tenemos que indicar si las factura emitida viene por:
- Factura sin identificar según el art.6.1.d
- Factura simplificada según art.7 apartado 2 y 3
Mi duda viene a la hora saber como debo informar al SII dependiendo del tipo de factura emitida.
Me surge la siguiente casuistica que es la que permite en uno de mis clientes
¿creeis que es correcta?
https://drive.google.com/file/d/1d1L...ew?usp=sharing
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A poco que mires tu esquema te darás cuenta de que es erróneo, NUNCA puede haber una factura simplificada que no sea un "ticket", de hecho la factura simplificada sustituyó a la palabra "ticket". Puede haber factura simplificada completa (con identificación de CIF) o factura simplificada sin datos. Por lo tanto el caso "F1 ++" nunca se podría dar ya que si "Ticket = NO" entonces "Simplificada = NO", las simplificadas deben de llevar una serie y numeración distinta tu no puedes clasificar una factura como normal o como simplificada dependiendo de si esta lleva o no CIF.
Dicho esto puede ser que este equivocado porque yo lo veo muy claro (y eso suele ser un error)