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#1
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Según he leído, de la Ley Antifraude sí están vigentes las sanciones por estos apartados:
a) permitan llevar contabilidades distintas en los términos del artículo 200.1.d) de esta Ley; b) permitan no reflejar, total o parcialmente, la anotación de transacciones realizadas; c) permitan registrar transacciones distintas a las anotaciones realizadas; d) permitan alterar transacciones ya registradas incumpliendo la normativa aplicable; La verdad es que estoy perdido, por ejemplo un albarán es transacción ? o se refiere solo a facturas ? Puedo borrar/modificar albaranes ? y presupuestos ? Muchas gracias por responder |
#2
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Si.
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Germán Estévez => Web/Blog Guía de estilo, Guía alternativa Utiliza TAG's en tus mensajes. Contactar con el Clubdelphi P.D: Más tiempo dedicado a la pregunta=Mejores respuestas. |
#3
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Puedo borrar/modificar albaranes ? y presupuestos ?
Siempre que no se haya emitido la factura correspondiente a esos documentos. |
#4
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Muchas gracias por contestar a todos.
Otra consulta cuando hacéis una factura la trabáis directamente ? trabajáis con facturas borrador ? Permitís modificar facturas total o parcialmente ? muchas gracias de nuevo |
#5
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Cita:
¿ Se la entregas al cliente ? ¿ En que momento deja de ser "borrador" para ser "definitiva" ? En mi caso, en cuanto emiten la factura, no permito su modificación, y además, el albarán o albaranes que incluya, tampoco permito su modificación. |
#6
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Nosotros a raíz de la normativa que salió hace un par de años, ya no permitimos la modificación ni borrado de facturas y, ademas, se ha añadido un LOG que guarda todas las modificaciones que se hagan.
Para modificar o borrar, ahora supuestamente hay que hacer rectificativas. Ahora bien... nosotros hemos seguido investigando qué hacen otras aplicaciones, y todas ellas siguen permitiendo borrar, modificar, etc. sin problema, así que no sé en qué punto estamos realmente o si se pasa. La normativa por el forro, o que mientras el LOG registe todo no hay problema. |
#7
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Se modifica todo lo que se requiere hasta que se emite y es en ese momento cuando genera el nº de factura correlativo y fecha. En fin, no entiendo como aprueban una Ley y, supuestamente, entra en vigor sin reglamento técnico. |
#8
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Otro problema que yo veo sería su numeración y fecha, pues perfectamente podrías tener borradores de varias facturas, en diferentes fechas y confirmarlos desordenadamente. |
#9
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Con los presupuestos, facturas proforma (que es otro nombre de los presupuestos), albaranes, recibos y demás documentos, puedes hacer lo que quieras, modificarlos, borrarlos, quemarlos, ... Lo único sagrado, para Hacienda, son las facturas completas (con datos de destinatario) y las facturas simplificadas (sin datos del destinatario) (Las facturas simplificadas son las que antes se solían llamar tickets) Las facturas no pueden modificarse ni borrarse. Cualquiera de esas acciones se puede considerar delito fiscal. Saludos |
#10
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Cuidadín que, aunque la aeat no se meta demasiado en ese asunto, tengo entendido que el albarán es un documento que no se puede borrar tan a la ligera, los albaranes deben de ir igualmente numerados de forma correlativa y no deben de ser anulados a no ser que haya un motivo demostrable.
Saludos.
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Be water my friend. |
#11
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Cita:
No debe dejarse un hueco en la numeración, y os aseguro que, en una posible inspección, si se encuentran estos huecos, no les va a gustar. Dependiendo de si estos albaranes ya están facturados o no, varía la forma de actuar para anularlos, que no borrarlos. Si no están facturados, puedes modificar cantidades e importes, para incluso dejarlos sin valor, añadiendo si te parece, los comentarios que expliquen la situación. Si ya están facturados, será necesario introducir un nuevo albarán con las cantidades en negativo, para que "anule" el anterior. Un saludo. |
#12
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Hola,
Creo que sólo hay obligación de conservar los albaranes en algunos casos: - Cuando en la factura no se describen las operaciones y sí en los albaranes. - Cuando en la factura se hace mención a uno o varios albaranes. - Cuando se utilizan facturas recapitulativas (sin información completa) y la información detallada está en los albaranes. En los demás casos, puedes olvidarte de conservar los albaranes. Saludos |
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