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#1
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Hola a todos, la aeat ha convocado una reunión para el lunes para explicar las novedades de este año. Parece que van a hablar algo de VErifactu y de la factura electrónica. Por si a alguien le interesa.
https://www.agenciatributaria.es/AEA...olladores.html |
#2
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Gracias compañero. Si no te importa (por si no podemos asistir) si hay algo interesante nos lo cuentas.
Saludos.
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Be water my friend. |
#3
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Cita:
Gracias por el aviso. ![]() ![]()
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Germán Estévez => Web/Blog Guía de estilo, Guía alternativa Utiliza TAG's en tus mensajes. Contactar con el Clubdelphi ![]() P.D: Más tiempo dedicado a la pregunta=Mejores respuestas. |
#4
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[quote=keys;553110]Hola a todos, la aeat ha convocado una reunión para el lunes para explicar las novedades de este año. Parece que van a hablar algo de VErifactu y de la factura electrónica. Por si a alguien le interesa.
Si, yo también recibí el aviso y me registré. Parece que entre otras cosas, van a hablar tanto de VERI*FACTU como de la Factura Electrónica. Los rumores son de retraso en las fechas de publicación y entrada en vigor, pero veremos... |
#5
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[quote=novatico;553113]
Cita:
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#6
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[quote=novatico;553113]
Cita:
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#7
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Hola a todos, ya he estado en la reunión, me imagino que como muchos de vosotros. Tampoco han dicho nada nuevo, que verifactu esta en desarrollo (que en breve publicarán nuevos cambios y detalles) y que lo de la factura electrónica esta en proceso de consulta.
Se sigue manteniendo el plazo de 9 meses una vez que se publique la orden para las empresas de desarrollo. Se han limitado casi a leer las presentaciones, lo mejor ha estado en el turno de preguntas. En unos días publicarán las presentaciones en la página de la aeat. Así como las preguntas. |
#8
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![]() gracias keys, justo iba a preguntar como había ido
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#9
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Hola,
Yo también he estado (sólo en la última parte que era la que me interesaba). Y han seguido erre que erre con que a las PYMEs se les obligará a enviar la factura electrónica y, a la vez, enviar la factura a Veri*Factu. Que son 2 procesos independientes para 2 fines diferentes. Estos de la Agencia Tributaria está claro que están divididos en reinos de taifas (departamentos) y son incapaces de adaptarse, un mínimo, para facilitar que baste con enviarles una única vez la factura. Saludos |
#10
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#11
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Perdóname, pero ¿Qué es ese plazo de 9 meses? |
#12
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lo he buscado en el BOE pero no lo he encontrado, pero en un pdf explicativo que la AEAT publicó el año pasado, indicaban esto:
Los productores (y, consecuentemente, los comercializadores) de SIF deberán ofrecer sus productos adaptados totalmente al Reglamento en el plazo máximo de nueve meses(*) desde la entrada en vigor de la OM que lo desarrolla. (*) En ese mismo plazo máximo de 9 meses, la AEAT dispondrá en su sede electrónica del servicio de recepción de registros de facturación para los sistemas VERI*FACTU. Por lo que yo entiendo que, una vez publiquen la famosa orden ministerial que todos estamos esperando, de ahí a 9 meses tiene que estar todo hecho por parte de nosotros los productores de software |
#13
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¡Muchas gracias!
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#14
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Buenas. Soy nueva en el foro. Tengo un software sectorial en la nube que a priori cumple con todas las especificaciones ley antifraude( no se pueden borrar facturas, ni albaranes, queda todo registrado etc.). He preguntado a la Agencia tributaria como certificarnos y la respuesta ha sido.. busca un cisa y que te lo certifique. Es decir, que a priori no hay nada oficial para certificarse directamente a través de la agencia tributaria. O han hablado de esto en la charla? muchas gracias
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#15
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Be water my friend. |
#16
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Bueno, yo también he estado y sí que hay detalles significativos.
Como ya dije en un post anterior, se rumoreaba que iban a retrasar la entrada en vigor de los SIF (Sistemas Informáticos de Facturación), y así ha sido. En la reunión han confirmado que será, el 1 de Julio de 2025, sí de 2025. En algunos comentarios veo que genéricamente se le llama VERIFACTU, pero tenemos que dejar claro, que éste sólo es, una de las formas de envío del nuevo Registro de Facturación, concretamente si es inmediato y simultáneo a la emisión de la factura. La otra forma es generar el Registro de Facturación en la emisión de la factura, pero no enviarlo. ¿Cuándo habrá que hacerlo ?. Pues esto será lo que determine el Reglamento y sobre todo la Orden Ministerial (OM) cuando se publiquen. También hay otras diferencias, por ejemplo, si se envían inmediatamente (VERIFACTU), no es necesario firmarlo con certificado digital, pero en caso contrario sí. Ambos métodos forman parte de los SIF. Con respecto al envío inmediato, les pregunté que se debía hacer si se producían cortes de internet, y me contestaron que debíamos implementar sistemas que controlen que queda pendiente de enviar, y en cuanto se recupere la conexión, enviar lo pendiente. Con respecto a la Factura Electrónica (no se si es correcto comentarlo en este foro), si hablaron de 9 meses a partir de la publicación del Reglamento, pero es que éste no tiene fecha de publicación de momento. Como he visto que había confusión con el tema de los 9 meses, por eso lo comento. |
#17
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Cita:
1) Cuando se active la LeyAntifraude que no implica envío de la información de forma inmediata (si la generación del registro de Facturación al generar la factura -con firma/encadenamiento para asegurar la no alteración-). Esa información se enviará sólo ante un requerimiento de la AEAT y será objeto de otros servicios web diferenciados. 2) VERI*FACTU, que implica el envío de información de forma "inmediata" en la generación de cada factura (no necesita firma, pues al tener la factura la AEAT de forma inmediata, ya se asegura la no alteración).
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