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#1
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Certificado
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Pregunto, ¿ no le sería mas fácil tener una tabla en donde tienes el certificado, la fecha de expiración, el número de serie y el pass y todo ello cifrado ? Y del registro de certificado en vigencia hacer uso para la certificación del xml. Con el campo fecha expiración ya podrá tener el control de si está activo o no. Salvo que lo revoquen antes. Otra cuestión es como se certifica el xml. Tengo dudas sobre esto. Si está puesto en ello le agradecería un par de consejos. Supongo que se hará igual que la factura electrónica. Estoy en esa misma tesitura, no tengo claro si al final cerraré mi soft a solo veri*factu o lo dejaré dual. Si lo dejo para los dos tendré que tener todos los requisitos de no veri*factu. Lo decidiré el último día. Hay que hablar con abogados que sepan lo que se hacen. Tendrá que esperar a que la AEAT saque la documentación. Para ellos es un trámite nada mas, para cualquier desarrollador es un rompecabezas. Ya no solo por el código sino también por las actualizaciones. Un saludo. |
#2
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Cita:
lo hago así por que me aseguro que el contenido es correcto, pero si se hace metodicamente, como dices, también está perfecto. Lo que yo hago es: -1 Consulto el fichero del certificado y extraigo los datos que necesito de comprobación: fecha caducidad, busco el nif, email... -2. (que esto si lo podrias hacer por que en la tabla no puedes verlo) Para asegurarme que no está revocado hago una consulta de mi nif al webservice de la aeat de consultas de nifs, que me devolveria el cliente y nombre, sí es todo correcto, o el estado del certificado, si está revocado o caducado. Cita:
pero hay otros campos que hay que tener en cuenta en las firmas que no van a coincidir por ejemplo la signPolicy(Política de firma) que contiene 3 campos : -Name -url -digest(hash) que en facturae son: Código:
"name" => "Politica de Firma FacturaE v3.1", "url" => "http://www.facturae.es/politica_de_firma_formato_facturae/politica_de_firma_formato_facturae_v3_1.pdf", "digest" => "Ohixl6upD6av8N7pEvDABhEL6hM=" Cita:
Última edición por ermendalenda fecha: 12-04-2024 a las 09:27:39. |
#3
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Firma
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Respuesta : Buen consejo sí, pero los letrados son quienes te defenderán ante posibles demandas. Hay bufetes especializados en el tratamiento de datos. Y que el desarrollador ponga su patrimonio a disposición de algún cliente, no mola. Un desarrollador no puede garantizar que nadie pueda dañar los datos de un cliente. Aunque estén en posesión del desarrollador. Por supuesto que hay que echar mano de asesores fiscales y a poder ser varios. Gracias por tu inestimable apoyo. Estaremos vigilantes con las especificaciones de la firma. Un saludo. |
#4
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Gracias por las repuestas.
Voy a intentar a ver si consigo alguna forma para recuperar los datos del cerficado y poder validarlo... |
#5
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Creo que si tiene clientes en SII y clientes que no, va a haber que crear el programa con una opción de Verifactu = SI o Verifactu = No, cumpliendo el reglamento según el caso. Yo pensaba solamente llevar verifactu pero no puedo obligar a los del SII a trabajar como verifactu. No sé si estoy equivocado pero con todo lo que he leído creo que es la conclusión que he llegado.
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#6
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Cita:
Verifactu(con o sin multiempresq) No verifactu (com o sin muñtiempresa) SIi |
#7
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Pues realmente es todo un lio!!!
De hecho, para aclarar un poco el tema con los clientes que utilizen mi SIF voy a hacer lo siguiente. Clientes acogidos al SII, en la factura poner una mención como "Facturación acogida al SII" Resto de clientes, obligatorio sistema VERI*FACTU Si la factura a imprimir no está en SII o no he recibido la respuesta afirmativa de cada registro en VERI*FACTU, no se imprime la factura. Posibilidad de FacturaBORRADOR, FacturaPROFORMA... Los clientes que NO quieran acogerse a una de esas 2 opciones, no les llevaré contrato de mantenimiento ni actualizaciones del software. |
#8
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Cita:
La respuesta afirmativa de cada registro...? A que te refieres? Por que el envío te pueden solicitar que acumules varios o esperes cierto tiempo |
#9
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#10
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Me estoy liando.
Cuando se trata de una empresa acogida al SII el programa debe de funcionar como "no verifactu", no? (trazabilidad, guardar xmls, log de eventos, etc) Supongo que para este caso en el que la empresa del cliente esta acogida al SII habra que seguir todos los requisitos de un programa no verifactu pero los envios se realizan atraves del SII y asi el software cumpliria con la normativa antifraude teniendo en cuenta que solo los programas verifactu se eximen de guardar los logs,xmls, bla bla bla Si esto es asi,...... bastaria que un cliente dijese que iba ha estar en el SII y que trabajara con nuestro software para obligarnos a tener el modo no verifactu implementado en nuestro software. ¿en que me equivoco?, ya no atino. Demasiada informacion para tan pocas neuronas vivas a estas horas del viernes |
#11
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Personalmente no lo veo así. 1er caso : La empresa realiza operaciones por un valor mayor a 6 millones de euros por lo que se ha acogido por Ley a SII. (Tambien se pueden acoger otras empresas si así lo solicitan aunque no lleguen a esa cifra de operaciones) Sólo tiene una empresa. Aunque sean varias licencias fiscales. Otro caso sería si forma parte de un grupo de empresas. Si es una empresa acogida al SII queda exenta de las normativas veri*factu y NO veri*factu. Tiene ciertas ventajas con respecto al resto de empresas. Al menos actualmente. 2do caso : La empresa no está en SII y su software SOLO permite veri*factu. En tal caso estará sujeto a las normas de veri*factu. 3er caso : La empresa opta por veri*factu aunque el software permite tanto veri*factu como No veri*factu. En tal caso el software está obligado a cumplir las normas mas restrictivas de NO veri*factu. 4to caso : La empresa forma parte de un grupo de empresas que tienen el software compartido. Si alguna de ellas no está sujeta a SII entonces el software debe cumplir los requisitos de veri*factu o NO veri*factu en función de si se acoge o no a sólo veri*factu o si el software permite las dos modalidades. No sé si me habré dejado algún caso mas, seguro que sí. Pero creo que su caso está circunscrito en alguno de los anteriormente reseñados. De todos modos si lo desea puede ir a la AEAT en la sección de desarrolladores bajo el epígrafe verifactu. Allí hay preguntas y respuestas de las conferencias hechas por la AEAT y asociados. En un PDF se puede ver la combinatoria que puede darse en distintos tipos de empresas. Espero que le haya servido de algo. Un saludo. |
#12
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si, yo entiendo que la configuración se preguntará por empresa, tengo clientes con varias empresas en el mismo programa y unas están en el SII y otras no. Al final hay que preguntar al cliente, tiene más que decir de lo que yo pensaba
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#13
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Cita:
Si están en distintas maquinas corriendo. Si están en la misma ya hay que tener separadas la generación (que eso no lo entiendo muy bien, por que di haces encadenamiento deparado, por que se meten en eso) y en cada registro enviar que está funcionando en un sif multiempresa. A mi me ha tocado tb SII, multiempresa y empresa sola. Todo es un lío de cojones Última edición por ermendalenda fecha: 12-04-2024 a las 17:53:12. |
#14
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Habéis tenido en cuenta que cuando tengáis que regenerar un registro , no os rompa la hilera de comprobaciones que hacéis? Se supone que vais crear de nuevo un registro con una fecha/hora diferente al priginal y vais a encadenar con el último generado, todo esto puede causar incongruencias si a la vez estáis comprobando el numerador de la serie que regenerais.
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#15
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Cita:
Para mis amigos del símbolo de comando ( ) he conseguido poder consultar las fechas del certificado con el comando certutil Código:
certutil -dump -p pasword-certificado nombre-certificado Código:
certutil -v -dump -p pasword-certificado nombre-certificado Con esto daré un mensaje de aviso 30 días antes para que lo vaya renovando y sobretodo ni siquiera intentar el subir facturas a Verifactu/Tickebai si ya caducó |
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