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#2101
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Jajaja madre mia el trabalenguas acojona Última edición por ermendalenda fecha: 31-10-2021 a las 10:07:27. |
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Otra duda de las rectificativas
HOla de nuevo, no recuerdo si esto se ha hablado:
Ejemplo: 1.Hago 1 facturas simplificada 2.Me viene con la factura para que le haga una de sustitucion con sus datos 3. Me viene con el producto devuelto Procedimiento? A ver si no me equivoco sería asi por lógica: 1.Factura rectificativa simplificada de la simpllificada 2.Factura de sustitucion de la rectificativa. |
#2103
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Ejemplo Sustituiva
Por favor un ejemplo de factura sustitutiva de facturas simplificadas.
Tengo dudas de lo que va entre estos 2 campos : Código PHP:
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Es que no les queda otro remedio (por el momento) que tragar con facturas negativas, de la misma serie que las normales, porque siempre se han hecho aunque no fueran totalmente legales. Saben que, en algunos casos de TPVs sencillos es complicado llevar 2 series de facturas y además identificar en las rectificativas todos los datos de la factura a la que rectifica. (Muchas veces en el comercio tienes que aceptar una devolución sin que traigan ticket porque es cliente conocido o el producto o servicio sólo lo has podido vender tú) En mi caso, por ejemplo, desarrollé un sistema de TPVs centralizados para una cadena de tiendas y cada uno va montado en una simple Raspberry Pi sólo con tarjeta microSD. (Ya tienen bastante con telecargar todas las noches, de forma automática, los productos desde la central, exportar las ventas, exportar a las contabilidades y hacer las ventas como cualquier TPV "normalito") No se le puede pedir que además haga palomitas, ponga mojitos y haga facturas rectificativas con serie diferente identificando además las facturas a las que rectifica. Así que ticket (factura simplificada) negativo al canto y solucionado (por el momento) el tema. No parece un tema grave para Hacienda (al igual que otro montón de pijadas que piden los reglamentos de facturación) Saludos |
#2105
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No. Simplemente haré factura completa rectificativa por sustitución. Como es completa ya van los datos del cliente. Y como es rectificativa por sustitución ya anula, fiscalmente, todas las simplificadas a las que sustituye. Saludos |
#2106
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No te compliques. Las facturas completas rectificativas por sustitución pueden sustituir tanto facturas completas como simplificadas. Tienen más poderío que las facturas completas sustitutivas de facturas simplificadas. Saludos |
#2107
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#2108
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Código:
<FacturaEmitidaSustitucionSimplificada>S<FacturaEmitidaSustitucionSimplificada> <FacturasRectificadasSustituidas> <IDFacturaRectificadaSustituida> <SerieFactura>P</SerieFactura> <NumFactura>5420</NumFactura> <FechaExpedicionFactura>31-10-2021</FechaExpedicionFactura> </IDFacturaRectificadaSustituida> <IDFacturaRectificadaSustituida> <SerieFactura>P</SerieFactura> <NumFactura>5127</NumFactura> <FechaExpedicionFactura>20-10-2021</FechaExpedicionFactura> </IDFacturaRectificadaSustituida> <IDFacturaRectificadaSustituida> <SerieFactura>P</SerieFactura> <NumFactura>4023</NumFactura> <FechaExpedicionFactura>18-10-2021</FechaExpedicionFactura> </IDFacturaRectificadaSustituida> ... </FacturasRectificadasSustituidas> Se trata de identificar todas las facturas simplificadas a las que sustituye esta factura. Saludos |
#2109
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Parece que va bien así. |
#2110
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Hola a todos, hacienda me ha indicado que estan devolviendo mal los datos, a lo largo de esta semana lo corregirán.
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Me llamo Ralph |
#2112
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Muchas gracias adolphsys. Nosotros lo enviamos en cada línea de detalle, porque en nuestro caso puede haber artículos con RAEE y articulos sin en una misma venta. De momento los envios se aceptan correctamente. He preguntado a las 3 diputaciones pero no me han contestado. Gracias |
#2113
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Una devolución en un TPV (tienda de ropa, por ejemplo), no es una rectificativa. Vamos, al menos no ha habido ningún error. Por no hablar de lo poco práctico que sería para un comercio, de venta al público, estar haciendo rectificativas, indicando el tícket original, guardándolas en otra serie, etc. Según se dijo hace tiempo, los motivos por los que se pueda anular una factura son muy específicos y "poco habituales". Dudo mucho que se refieran a cambios/devoluciones, que en una tienda son casi el 50% de las operaciones. Lo que sí tengo claro es que lo que se haga para País Vasco debería hacerse también para el resto de España. Va a ser una locura tener que adaptar un software que es "genérico" y se vende en toda España solo para el País Vasco. O se aclaran o se va a terminar liando, no solo nosotros sino el cliente final, que generalmente solo se preocupa de pulsar el mismo botón para vender y poco más. Lo que quiero decir es que "la ley es la ley". Una rectificativa no puede ser en País Vasco lo que no es para el resto de España. Independientemente de cómo lo gestione el sistema ticketbai. |
#2114
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Cuanto más leo sobre rectificativas, facturas en negativo, abonos, etc. menos claro me queda lo que hay que hacer, así que creo que voy enviar un email a las tres diputaciones y otro a la Hacienda Estatal y que me lo aclaren ellos. Apuesto a que me van a dar respuestas diferentes.
He consultado blogs de economía, de asesores fiscales o incluso de software de facturación que hablan sobre el tema: Algunos, a las facturas con signo negativo, las llaman "abonos". Otros las llaman rectificativas (en mi opinión no siempre un abono es una rectificativa). Otros las "anulan". Otros especifican entre rectificativas por sustitución o por diferencias... En la web de la AEAT hay ejemplos de cómo actuar (para el SII) con este tipo de facturas, y uno de los ejemplos da como opción crear una factura negativa (no rectificativa) y luego otra rectificativa (es decir, hacer tres operaciones, la errónea y dos más, lo cual me parece una tomadura de pelo). :// http://www.agenciatributaria.es/AEAT...on__S___.shtml Aquí hay más ejemplos para el caso de "por diferencias": :// http://www.agenciatributaria.es/AEAT...as__I___.shtml Entiendo y acepto que en caso de tener que rectificar un error, o por el motivo que sea, el usuario deba hacer una rectificativa, indicando la factura original y haciendo los cálculos necesarios para "corregir" la original, se tenga que guardar/registrar como rectificativa. Lo que me sigue sin convencer es que, para un cambio/devolución, sobre todo en un TPV, haya que hacer una rectificativa, en vez de una simple factura ordinaria, positiva o negativa según sea cambio, devolución, etc. Entiendo también que la diferencia entre "Rectificativa por Sustitución" y "Rectificativa por Diferencias" depende simplemente de lo que incluya el usuario en la factura rectificativa. Al menos es lo que entiendo de los ejemplos de los links anteriores. |
#2115
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Veo muy restrictivo tener que pedir a un cliente que traiga el tiquet a un comercio del que claramente el producto es de ellos, por que solo lo fabrican ellos, o por que ea cliente habitual, los de hacienda fojo que como clientes se sentirían estafados por el comercio si les ponen pegas. |
#2116
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Buenas:
Tenemos un cliente de Guipuzcoa que tiene un certificado digital de la empresa en formato Token USB de IZENPE. Con la aplicación de IZENPE hemos podido instalarlo en el ordenador en el almacén de certificados, pero el problema es que no permite hacer una exportación a formato PFX. ¿Alguien sabe como poder exportar con la clave privada desde este tipo de certificados? ¿Hay que solicitar de nuevo el certificado en formato Software? No es factible utilizar el Token USB para firmar ficheros para el envío a TicketBai, además, van a ser varias máquinas las que generen y envíen las facturas. ¿Álguno habéis tenido un cliente con este tipo de certificado? Gracias. |
#2117
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Me autorespondo. Tras hablar con Izenpe, si, hay que solicitar un certificado de tipo SOFTWARE. ¿Por qué insiste Izenpe que es necesario el certificado de dispositivo? Que yo sepa no es obligatorio para aplicaciones de escritorio, ¿verdad? |
#2118
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En aplicaciones con firma en escritorio son válidos diversos certificados digitales: - De persona física - De representante - De autónomo - De dispositivo - Sello de empresa Escoge el que mejor te venga. El de dispositivo, de Izenpe, tiene la ventaja de que es gratuito y dura 10 años. El de persona física (si es para un autónomo por ejemplo), tienes el de FNMT que es gratuito, rápido y sencillo de obtener. El de representante (en el caso de que sea una empresa) de FNMT es barato y se puede obtener a partir del de persona física sin necesidad de desplazamiento físico ni papeleo. (El de Izenpe de representante es más caro y hay que hacer papeleo previo, y pagando, en el Registro Mercantil) Saludos |
#2119
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Hola,
Por si no lo tenéis, os podéis descargar el Manual Práctico de IVA 2021 de la Agencia Tributaria: https://www.agenciatributaria.es/static_files/AEAT/Contenidos_Comunes/La_Agencia_Tributaria/Segmentos_Usuarios/Empresas_y_profesionales/Empresario_individuales_y_profesionales/I.V.A./ManualIVA2021.pdf Viene muy bien para conocer los distintos tipos de factura y sus condiciones y contenidos. Saludos |
#2120
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Hola,
Aprovecho unas notas que le he pasado a un cliente para ponerlas aquí por si es útil para alguien. Son para facturación con TPV: - Por defecto: factura simplificada (con el título “factura simplificada”) - Antes de hacer factura simplificada, el cliente pide que aparezcan sus datos (para temas fiscales): factura simplificada cualificada (con el título “factura simplificada”) - Si, después de haber hecho factura simplificada, el cliente pide factura con sus datos: factura sustitutiva de simplificadas. - El mismo caso anterior pero el cliente está en régimen de RE: factura rectificativa por sustitución, con código R5. - Después de factura simplificada el cliente se arrepiente y no hay venta: anulación de factura - Devolución completa sin nueva venta: anulación de factura - Devolución parcial de productos: factura simplificada con importe negativo de la devolución (en TPV es complicado hacer factura rectificativa por diferencias) Se admiten comentarios. Saludos |
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