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#1
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Perdon no he dicho nada.
2.22. ¿Un sujeto pasivo que aplique el SII, suministrará información de las operaciones sujetas a IGIC o IPSI? Únicamente cuando se trate de operaciones sujetas al IGIC o IPSI que no están sujetas al IVA por reglas de localización. En ningún caso se informará cuando las operaciones se realicen a través de un establecimiento permanente situado en Canarias, Ceuta y Melilla. En el campo “Clave Régimen especial o Trascendencia” se consignará el valor 08 y se registrarán como operaciones “no sujetas” en el campo de Importe no sujeto por reglas de localización, pero no debe informarse de los datos que correspondan a estos impuestos (IGIC o IPSI) al tratarse de operaciones no sujetas al IVA. Ejemplo 1. Un empresario con domicilio fiscal en Madrid que aplica el SII presta servicios de abogacía a un profesional establecido en Canarias. Se trata de una prestación de servicios sujeta al IGIC que deberá informarse a través del SII. Ejemplo 2. Un empresario con domicilio fiscal en Madrid que aplica el SII adquiere una partida de mercancías en Canarias y la vende en dicho territorio. Se trata de una entrega de bienes localizada en Canarias al no haber sido transportada al TAI, sujeta al IGIC y que deberá informarse a través del SII. No se utilizará la clave 08 en el caso de entregas de bienes transportadas desde el TAI con destino a Canarias, Ceuta y Melilla o adquisiciones de bienes en el TAI procedentes de estos territorios, debiendo registrarse como exportación (clave régimen especial: 02) e importación respectivamente (tipo de factura: F5). Se recuerda que el territorio de aplicación del impuesto en España (TAI) comprende la Península e Islas Baleares. |
#2
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Cita:
... <sii:NoSujeta> <sii:ImportePorArticulos7_14_Otros>Supongo que aqui se pone la base imponible menos los descuentos aplicados sin contar el porcentaje IGIC</sii:ImportePorArticulos7_14_Otros> <sii:ImporteTAIReglasLocalizacion>¿QUE SE PONE AQUI?</sii:ImporteTAIReglasLocalizacion></sii:NoSujeta> .... Luego en el <importetotal> que ponemos contanto el igic??- Si podeis enviarme un ejemplo ando pez en esto del IGIC y justamente tenemos a un solo cliente en canarias... Muchas gracias. Saludos |
#3
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Cita:
<sii:NoSujeta> <sii:ImportePorArticulos7_14_Otros>nada</sii:ImportePorArticulos7_14_Otros> <sii:ImporteTAIReglasLocalizacion>base imponible</sii:ImporteTAIReglasLocalizacion> </sii:NoSujeta> Un saludo. |
#4
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Eso es si se trata de una prestacion de servicios (ejemplo 1 de la faq) o si es de bienes y se compra y se vende en canarias el bien (ejemplo 2 de la faq).
Si una empresa de la peninsula compra en canarias o vende a canarias bienes tiene que meterlo como exportacion o importacion. Si la empresa es de canarias no se si tiene que hacer el SII. Un Saludo. |
#5
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Y si hace otra operacion ya sea en España o intracomunitaria si que tendra que tener SII. gracias |
#6
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En cuanto a lo primero es que dependiendo de como sea la operación hay que declararla de una forma u otra (Canarias o importacion/exportacion). |
#7
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Ok lo pregunto y os comento....
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