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  #1  
Antiguo 23-02-2024
jlmoli_67 jlmoli_67 is offline
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jlmoli_67 Va por buen camino
Muchisimas gracias por tu pronta respuesta. Te lo agradezco
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  #2  
Antiguo 23-02-2024
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muli Va por buen camino
Hola, algun ejemplo para enviar bienes de inversión, supongo que será bastante similar a las facturas recibidas ya que no deja de ser una factura recibida pero creo que tiene otra forma de envio.

Saludos
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SI UN PROBLEMA TIENE SOLUCION, YA NO ES UN PROBLEMA, Y SI NO LA TIENE PARA QUE PREOCUPARSE.
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  #3  
Antiguo 23-02-2024
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Hola, algun ejemplo para enviar bienes de inversión, supongo que será bastante similar a las facturas recibidas ya que no deja de ser una factura recibida pero creo que tiene otra forma de envio.

Saludos
Ojo los bienes de inversión sólo hay que enviarlos si la empresa empresa esta en prorrata.
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  #4  
Antiguo 23-02-2024
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muli Va por buen camino
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Ojo los bienes de inversión sólo hay que enviarlos si la empresa empresa esta en prorrata.
Entonces en el envio de las facturas recibidas se tendría que hacer mención a la compra de un bien de inversión, no?
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  #5  
Antiguo 26-02-2024
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Entonces en el envio de las facturas recibidas se tendría que hacer mención a la compra de un bien de inversión, no?
No. El capitulo de bienes de inversión sólo es para las empresas que hacen prorrata y sólo se envía una vez al final del ejercicio. Fíjate en los datos que piden y todo hace referencia a la prorrata.
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  #6  
Antiguo 29-02-2024
muli muli is offline
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No. El capitulo de bienes de inversión sólo es para las empresas que hacen prorrata y sólo se envía una vez al final del ejercicio. Fíjate en los datos que piden y todo hace referencia a la prorrata.
Hola después de comentar lo anterior, me dice el gestor administrativo del cliente, que en efecto no hace falta llevar el libro de bienes de inversión si no estás en la regla de la prorrata, pero si que hace falta indicar que es un bien de inversión cuando su valor supera los 3005,46 euros (el mismo valor que el 347), en los programas de SAGE que son los que maneja este paisano, si lo indica y luego en la consulta de la factura en la web de hacienda en la rejilla inferior donde se especifica la base imponible y los ivas a la derecha de todo hay un campo que indica si es bien de inversion solamente con S o N. Deduzco que cuando envias la linea del IVA tiene que haber algo para indicar si es bien de inversión, seguramente por defecto o no se indica es N y al indicarlo lo ponemos como S, el problema es que no se como dar ese dato.

Saludos.
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  #7  
Antiguo 01-03-2024
antoine0 antoine0 is offline
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antoine0 Va por buen camino
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Hola después de comentar lo anterior, me dice el gestor administrativo del cliente, que en efecto no hace falta llevar el libro de bienes de inversión si no estás en la regla de la prorrata, pero si que hace falta indicar que es un bien de inversión cuando su valor supera los 3005,46 euros (el mismo valor que el 347), en los programas de SAGE que son los que maneja este paisano, si lo indica y luego en la consulta de la factura en la web de hacienda en la rejilla inferior donde se especifica la base imponible y los ivas a la derecha de todo hay un campo que indica si es bien de inversion solamente con S o N. Deduzco que cuando envias la linea del IVA tiene que haber algo para indicar si es bien de inversión, seguramente por defecto o no se indica es N y al indicarlo lo ponemos como S, el problema es que no se como dar ese dato.
Una factura normal (no es bien de inversión; seria lo mismo si fuese bien o bienes de inversión pero de valor insuficiente):
<s:RegistroLRFacturasRecibidas><PeriodoLiquidacion><Ejercicio>2022</Ejercicio><Periodo>02</Periodo></PeriodoLiquidacion><s:IDFactura><IDEmisorFactura><NIF>XXXXXXXX</NIF></IDEmisorFactura><NumSerieFacturaEmisor>4900010792</NumSerieFacturaEmisor><FechaExpedicionFacturaEmisor>09-02-2022</FechaExpedicionFacturaEmisor></s:IDFactura><s:FacturaRecibida><TipoFactura>F1</TipoFactura><ClaveRegimenEspecialOTrascendencia>01</ClaveRegimenEspecialOTrascendencia><DescripcionOperacion>S/factura 4900010792 </DescripcionOperacion>
<DesgloseFactura><DesgloseIVA><DetalleIVA><TipoImpositivo>21</TipoImpositivo><BaseImponible>3318.72</BaseImponible><CuotaSoportada>696.93</CuotaSoportada></DetalleIVA></DesgloseIVA></DesgloseFactura>
<Contraparte><NombreRazon>[...]</NombreRazon><NIF>XXXXXXXX</NIF></Contraparte><FechaRegContable>14-02-2022</FechaRegContable><CuotaDeducible>696.93</CuotaDeducible></s:FacturaRecibida></s:RegistroLRFacturasRecibidas>
seguida de otra factura, esta vez de bien de inversión de valor superior a medio millón de pesetas:
<s:RegistroLRFacturasRecibidas><PeriodoLiquidacion><Ejercicio>2022</Ejercicio><Periodo>02</Periodo></PeriodoLiquidacion><s:IDFactura><IDEmisorFactura><NIF>XXXXXXXX</NIF></IDEmisorFactura><NumSerieFacturaEmisor>22:000044</NumSerieFacturaEmisor><FechaExpedicionFacturaEmisor>07-02-2022</FechaExpedicionFacturaEmisor></s:IDFactura><s:FacturaRecibida><TipoFactura>F1</TipoFactura><ClaveRegimenEspecialOTrascendencia>01</ClaveRegimenEspecialOTrascendencia><DescripcionOperacion>S/factura 22:000044 </DescripcionOperacion>
<DesgloseFactura><DesgloseIVA><DetalleIVA><TipoImpositivo>21</TipoImpositivo><BaseImponible>11415</BaseImponible><CuotaSoportada>2397.15</CuotaSoportada><BienInversion>S</BienInversion></DetalleIVA></DesgloseIVA></DesgloseFactura>
<Contraparte><NombreRazon>[...]</NombreRazon><NIF>XXXXXXXX</NIF></Contraparte><FechaRegContable>14-02-2022</FechaRegContable><CuotaDeducible>2397.15</CuotaDeducible></s:FacturaRecibida></s:RegistroLRFacturasRecibidas>
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