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  #1  
Antiguo Hace 4 Semanas
Salma Salma is offline
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Salma Va por buen camino
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Empezado por ermendalenda Ver Mensaje
Quería decir que una cosa es la ley antifraude y otra el reglamento y el desarrollo técnico del mismo.
Hay que cumplir los 3 parametros.

vale, entiendo. La mayoría de mis clientes son autónomos o pequeñas empresas que apenas trabajan con la administración. ( en algunos casos emiten facturas por facturae)

No sería más simple para nosotros no acogernos al NO VERIFACTU?.

Vale, entonces entiendo debemos esperar, que nada es definitivo entonces para julio verdad?. No va a haber sanciones entonces tan pronto no ? Perdonadme,,, el analista que debería llevar esta cuestión está de baja y estoy yo intentando enterarme de cosas. Nos han contactado alguna consultora especializada en certificarnos... pero nos piden un pastizal y no entedemos muy bien por qué.. mil gracias por vuestra ayuda.
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  #2  
Antiguo Hace 4 Semanas
keno_71 keno_71 is offline
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keno_71 Va por buen camino
En cuanto salga la Orden Ministerial que regula el aspecto técnico el software debe adecuarse en 9 meses, todavía no ha salido, también llevamos así meses, osea que no queda claro cuando saldrá, puede ser mañana o dentro de dos meses. Yo creo que no necesitas una certificación para decir que tu software cumple con verifactu, en realidad ahora mismo se está hablando de una declaración responsable del fabricante del software. Un saludo
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  #3  
Antiguo Hace 4 Semanas
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Neftali [Germán.Estévez] Neftali [Germán.Estévez] is offline
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Neftali [Germán.Estévez] Es un diamante en brutoNeftali [Germán.Estévez] Es un diamante en brutoNeftali [Germán.Estévez] Es un diamante en bruto
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Empezado por Salma Ver Mensaje
No sería más simple para nosotros no acogernos al NO VERIFACTU?.
Ya lo hemos comentado y depende un poco de cada uno, pero la propia hacienda recomienda VERI*FACTU.
Además los requerimientos de NO-VERI*FACTU son bastante más complicados de cumplir
En última instancia, con NO-VERI*FACTU también tienes que implementar envío de información para cuando lo solicite la AEAT.
Personalmente creo que NO_VERI*FACTU va a ser más complejo, pero es una opinión personal.

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Empezado por Salma Ver Mensaje
Vale, entonces entiendo debemos esperar, que nada es definitivo entonces para julio verdad?. No va a haber sanciones entonces tan pronto no?
Eso como mínimo.
Ya se están retrasando.
Y por la experiencia que tenemos en otras implementaciones (SII, TicketBAI,...) se va a alargar mucho más y son plazos se van a ampliar.
Están metiendo mucho miedo con el tema de sanciones y luego no va a tener más remedio que ampliar plazos y no van a sancionar.

NOTA: Sólo como experiencia. En TicketBAI, después de varios aplazamientos, pusieron una de las fechas límite (no recuerdo cual). Y se reunieron los empresarios (colegios profesionales y asociaciones empresariales) supongo que les "tocaron la cresta" y a los pocos días apareció en medios que se aplazaban de nuevo las fechas.
Al final, los que mandan son los que mandan (los empresarios = los que mueven la pasta); Por mucho que diga la AEAT que a los 9 meses se implanta todo y que si no va a multar (que todos sabemos que no da tiempo y ni siquiera ellos van a tener todo implementado para esos plazos), no puedes multar a TODAS las empresas (o al 50%).
Si se reunen los empresarios y dicen que no da tiempo, te digo yo que la AEAT "recoge cable...."
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  #4  
Antiguo Hace 4 Semanas
novatico novatico is offline
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novatico Va por buen camino
Nueva publicacion de Diseño de Registros de Facturacion

Podeis verlo en:

https://www.agenciatributaria.es/AEA...ERI_FACTU.html

Saludos
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  #5  
Antiguo Hace 4 Semanas
ermendalenda ermendalenda is offline
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ermendalenda Va por buen camino
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Empezado por novatico Ver Mensaje
Gracias. Lo miro.. parece que hay modificaciones minimas
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  #6  
Antiguo Hace 4 Semanas
ermendalenda ermendalenda is offline
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Registrado: ago 2021
Posts: 885
Poder: 3
ermendalenda Va por buen camino
Seguimos complicando, parece, si no me equivoco, que para cualquier requerimiento, por ejemplo cuando mandes un registro mal te mandaran una referencia que tendrás que incluirla en la cabecera del registro arreglado y reenviado 9
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  #7  
Antiguo Hace 4 Semanas
ermendalenda ermendalenda is offline
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Registrado: ago 2021
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ermendalenda Va por buen camino
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Empezado por Salma Ver Mensaje
vale, entiendo. La mayoría de mis clientes son autónomos o pequeñas empresas que apenas trabajan con la administración. ( en algunos casos emiten facturas por facturae)

No sería más simple para nosotros no acogernos al NO VERIFACTU?.

Vale, entonces entiendo debemos esperar, que nada es definitivo entonces para julio verdad?. No va a haber sanciones entonces tan pronto no ? Perdonadme,,, el analista que debería llevar esta cuestión está de baja y estoy yo intentando enterarme de cosas. Nos han contactado alguna consultora especializada en certificarnos... pero nos piden un pastizal y no entedemos muy bien por qué.. mil gracias por vuestra ayuda.
Bueno, sí, ya hay empresas certifadoras que van por delante del reglamento(eso es lo que quieren venderte)
El reglamento hay que cumplirlo de una u otra forma, si son pocas facturas podrás usar la web gratuita quenofreceran para los autónomos, que aún no saben cuántas facturan van a admitir, sim100 o 1000 al año. Pero además no contemplará todas las opciones para todo el mundo.
Si usas esa web gratuita tendrás que emitir la factura desde el mismo, que tampoco tiene opciones de personalizacion, el formato que salga es lo que hay.
El No verifactu es infinitamente más complicado que el verifactu
La frase no verifactu no quiere decir que puedes usar tu programa con lo que hayas interpretado de la Ley certificandolo y saltándose el reglamento verifactu.
No verifactu es el mismo formato que verifactu pero em vez de enviar los registros te los quedas firmados y von una trazabilidd más complicada, ya que hay que meter registros de eventos, firmas, seguridad de bo perder datos...
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