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  #1981  
Antiguo 27-06-2017
figo21 figo21 is offline
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figo21 Va por buen camino
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Empezado por JSBB_Z Ver Mensaje
Hola buenos días a todos. Tras varios envíos de Facturas Emitidas y Recibidas al portal de pruebas, hoy he hecho los cambios para enviar al Portal de Producción. Como se accede a este portal de producción para poder ver lo enviado? En el portal de pruebas no aparecen las facturas que he enviado al de producción.

Gracias por vuestra colaboración
Accede mediante el portal de pruebas y vas a consultas, luego cambias la url www7 por www1, por ejemplo:
https://www7.aeat.es/wlpl/SSII-FACT/SvFExpedidasQuery
por
https://www1.aeat.es/wlpl/SSII-FACT/SvFExpedidasQuery

y verás lo enviado al de producción.


Un saludo.
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  #1982  
Antiguo 27-06-2017
alejango alejango is offline
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alejango Va por buen camino
Envio en produccion

Buenos dias a todos.

Pero se puede ver a traves de una web los envios hechos en produccion ?? o tenemos que hacer la consulta nosotros ??. Es solo para comprobar y enseñar que se quedan grabados en produccion.

Gracias.
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  #1983  
Antiguo 27-06-2017
Avatar de dimony
dimony dimony is offline
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dimony Va por buen camino
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Hola buenos días, ya se que este tema esta muy trillado, pero me ha saltado ahora y estoy algo desesperado.
Resulta que el envío de facturas me funcionaba a las mil maravillas, enviaba mas de 13 o 14 con mi librería capicom.dll.
El día de ayer me llama un cliente que tiene un s.o. de 64 bits y empieza a petar el envío con mas de 14 facturas.
Con las mismas me puse a buscar en este maravilloso foro y vi varias posibilidades de las cuales no me ha funcionado ninguna.

1ª.- Descargue la instalación de capicom a 64 bits y la registre. --> Error no envía mas de 14.
2ª.- Supuse que tendría que compilar mi app para Windows 64 bits, por lo que lo incluí windows 64 bit en Target Plattaforms

Código Delphi [-]procedure TData.HTTPRIO1HTTPWebNode1BeforePost(const HTTPReqResp: THTTPReqResp; Data: Pointer); var Store : IStore; Certs : ICertificates; Cert : ICertificate2; CertContext : ICertContext; PCertContext : PCCERT_CONTEXT; V : OleVariant; const INTERNET_OPTION_CLIENT_CERT_CONTEXT = 84; begin V:= trim(main.lista_certificados.Items.Text); Store := CoStore.Create; Store.Open(CAPICOM_CURRENT_USER_STORE, 'MY',CAPICOM_STORE_OPEN_MAXIMUM_ALLOWED ); Certs:=Store.Certificates.Find(CAPICOM_CERTIFICATE_FIND_SUBJECT_NAME,V,False ); { Buscar certificado por nombre } if Certs.Count > 0 then begin Cert:=IInterface(Certs.Item[1]) as ICertificate2; CertContext:=Cert as ICertContext; CertContext.Get_CertContext(integer(PCertContext)); if InternetSetOption(Data,INTERNET_OPTION_CLIENT_CERT_CONTEXT,PCertContext,Sizeof(CERT_CONTEXT)) = False then begin ShowMessage( 'Internet SSL certificate. Something went wrong' ); end; end; end;


Código Delphi [-][dcc64 Error] Datos.pas(188): E2197 Constant object cannot be passed as var parameter


Este error es por que PCertContext se debería declarar como constante, pero exactamente no se que valor se le debería dar.

Y ahí me he quedado.
Me podría alguien echar un cable, o darme unas nociones por si a lidiado con este Montoro ... digo Toro.
Gracias.
¿Hay alguna alternativa a CAPICOM?. He visto en la web de Microsoft que a partir de Windows7 fue excluido de WINDOWS SDK.
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  #1984  
Antiguo 27-06-2017
figo21 figo21 is offline
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figo21 Va por buen camino
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Empezado por alejango Ver Mensaje
Buenos dias a todos.

Pero se puede ver a traves de una web los envios hechos en produccion ?? o tenemos que hacer la consulta nosotros ??. Es solo para comprobar y enseñar que se quedan grabados en produccion.

Gracias.
Entra a https://www1.aeat.es/wlpl/SSII-FACT/SvFExpedidasQuery, selecciona tu certificado y verás tus facturas emitidas en producción.

Un saludo.
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  #1985  
Antiguo 27-06-2017
figo21 figo21 is offline
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figo21 Va por buen camino
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Empezado por dimony Ver Mensaje
¿Hay alguna alternativa a CAPICOM?. He visto en la web de Microsoft que a partir de Windows7 fue excluido de WINDOWS SDK.
No trabajo con Delphi ni sé cual es el motivo de usar CAPICOM, pero aquí tienes algo de código en c++ con llamadas a WinInet que se adecúa más o menos al código que muestras:

HCERTSTORE hStore;
PCCERT_CONTEXT pFindContext;

hStore = CertOpenSystemStoreA(0, TEXT("MY"));

cCert = "NOMBRE DEL CERTIFICADO"
pFindContext =CertFindCertificateInStore(hStore, PKCS_7_ASN_ENCODING | X509_ASN_ENCODING, 0, CERT_FIND_SUBJECT_STR, cCert, NULL);

Ya apartir de ahí:
InternetSetOption(Data,INTERNET_OPTION_CLIENT_CERT_CONTEXT,pFindContext,Sizeof(CERT_CONTEXT));

Seleccionar el certificado con el diálogo de Windows se puede hacer con CryptUIDlgSelectCertificateFromStore.


Si te sirve o como se puede trasladar esto a Delphi no lo sé, pero si quieres hacer pruebas, pues ahí tienes algo.

Un saludo.
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  #1986  
Antiguo 27-06-2017
glopez glopez is offline
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glopez Va por buen camino
Muchísimas gracias manelb, todo perfecto.
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  #1987  
Antiguo 27-06-2017
JSBB_Z JSBB_Z is offline
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JSBB_Z Va por buen camino
Acceso a Producción

Tema solucionado, gracias a cuantos habéis respondido

Un saludo
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  #1988  
Antiguo 27-06-2017
nincillo nincillo is offline
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Empezado por mrobles Ver Mensaje
Como dije antes, son simplificadas, no tiene nada de especial, solo es tienes que crearla sin un cliente, y a los ojos de hacienda , solo cambia que no lleva contraparte (ni nombre ni nif), y que el tipo en lugar de F1 es F2
Os entiendo perfectamente lo del F1 y el F2.

El problema que "entiendo" tenemos en ese caso es que según lo tenemos estructurado hasta ahora. La numeración de las facturas la tenemos consecutiva, sea "clientes de genéricos" o de clientes "personalizados". Con lo cual, tanto en las numeraciones de las facturas normales, como en las de las simplificadas verán saltos. Aunque los huecos que falten en las F1 serán cubiertos por los que estén en F2 y viceversa. Pero eso no se si ha Hacienda le valdrá....
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  #1989  
Antiguo 27-06-2017
CMB CMB is offline
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CMB Va por buen camino
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Empezado por nincillo Ver Mensaje
Os entiendo perfectamente lo del F1 y el F2.

El problema que "entiendo" tenemos en ese caso es que según lo tenemos estructurado hasta ahora. La numeración de las facturas la tenemos consecutiva, sea "clientes de genéricos" o de clientes "personalizados". Con lo cual, tanto en las numeraciones de las facturas normales, como en las de las simplificadas verán saltos. Aunque los huecos que falten en las F1 serán cubiertos por los que estén en F2 y viceversa. Pero eso no se si ha Hacienda le valdrá....
No creo que eso represente ningún problema. Mientras los números sean consecutivos, que no queden huecos vacíos, me parece que se pueden alternar F1 y F2, pues habrá clientes que aceptarán un tique (o factura simplificada) y otros desearán la factura completa después de haber obtenido el tique.
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  #1990  
Antiguo 27-06-2017
PASPAS PASPAS is offline
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PASPAS Va por buen camino
Prov. importación

Buenas a todos....
Alguién me puede ayudar con está duda que tengo y no se cómo solucionarla....

Cuando tienes un proveedor importación con una factura que lleva inversion de sujeto pasivo sin tener DUA asociado. Por tanto se deberá informar al SII de la siguiente manera:
Tipo factura: Aquí tengo dudas entre (F1) -Factura normal o (F5) - Importaciones
Clave de régimen: aqui sopongo que es la (13) - Factura correspondiente a una importación (informada sin asociar a un DUA)

Me podeís decir si alguién tiene esto solucionado y que claves ha utilizado para informar a la AEAT
Saludos
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  #1991  
Antiguo 27-06-2017
nachoexe nachoexe is offline
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nachoexe Va por buen camino
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Empezado por nincillo Ver Mensaje
Os entiendo perfectamente lo del F1 y el F2.

El problema que "entiendo" tenemos en ese caso es que según lo tenemos estructurado hasta ahora. La numeración de las facturas la tenemos consecutiva, sea "clientes de genéricos" o de clientes "personalizados". Con lo cual, tanto en las numeraciones de las facturas normales, como en las de las simplificadas verán saltos. Aunque los huecos que falten en las F1 serán cubiertos por los que estén en F2 y viceversa. Pero eso no se si ha Hacienda le valdrá....
Pues yo creo (siempre es una opinión) que tienes un problema grave para el cual no hay solución legal admisible por Hacienda.

Veo en este foro un desconocimiento total de las leyes de facturación (yo aún tengo muchas dudas), no son problemas técnicos que se deban de comentar con informáticos sino con asesores jurídicos u otro tipo de personas puestos en las leyes de facturación. Para hacer un programa de contabilidad, y mas uno que manda las facturas al S.I.I, hay que empaparse primero de las leyes del IVA y es mucho mejor leer primero (por lo menos lo básico) antes de preguntar y esperar a que te de una solución.

Un ejemplo claro es el decir que las facturas simplificadas se pueden declarar dentro de una misma serie y con la misma numeración que las facturas normales o completas, esto estaría bien pero los de Hacienda no son tan enrollados y seguramente le hagan un requerimiento a vuestro cliente si hacéis esto y gracias si solo queda en eso...
Fiscalidad. Facturas simplificadas y ordinarias http://foros.areadepymes.com/viewtopic.php?f=2&t=58825
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  #1992  
Antiguo 27-06-2017
nachoexe nachoexe is offline
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nachoexe Va por buen camino
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Empezado por PASPAS Ver Mensaje
Buenas a todos....
Alguién me puede ayudar con está duda que tengo y no se cómo solucionarla....

Cuando tienes un proveedor importación con una factura que lleva inversion de sujeto pasivo sin tener DUA asociado. Por tanto se deberá informar al SII de la siguiente manera:
Tipo factura: Aquí tengo dudas entre (F1) -Factura normal o (F5) - Importaciones
Clave de régimen: aqui sopongo que es la (13) - Factura correspondiente a una importación (informada sin asociar a un DUA)

Me podeís decir si alguién tiene esto solucionado y que claves ha utilizado para informar a la AEAT
Saludos
Seguro que es una importación de bienes con inversión del sujeto pasivo?? no será una prestación de SERVICIOS que te prestan desde un territorio fuera de España (incluidos Ceuta, Melilla y Canarias)??

Si es de bienes pero sin DUA yo lo declararía como Inv. Suj. Pas ya que no tengo el DUA y creo que prevalece la Inversión, pero este caso nunca lo he visto

Última edición por nachoexe fecha: 27-06-2017 a las 14:59:55.
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  #1993  
Antiguo 27-06-2017
CMB CMB is offline
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CMB Va por buen camino
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Empezado por nachoexe Ver Mensaje
Pues yo creo (siempre es una opinión) que tienes un problema grave para el cual no hay solución legal admisible por Hacienda.

Veo en este foro un desconocimiento total de las leyes de facturación (yo aún tengo muchas dudas), no son problemas técnicos que se deban de comentar con informáticos sino con asesores jurídicos u otro tipo de personas puestos en las leyes de facturación. Para hacer un programa de contabilidad, y mas uno que manda las facturas al S.I.I, hay que empaparse primero de las leyes del IVA y es mucho mejor leer primero (por lo menos lo básico) antes de preguntar y esperar a que te de una solución.

Un ejemplo claro es el decir que las facturas simplificadas se pueden declarar dentro de una misma serie y con la misma numeración que las facturas normales o completas, esto estaría bien pero los de Hacienda no son tan enrollados y seguramente le hagan un requerimiento a vuestro cliente si hacéis esto y gracias si solo queda en eso...
Fiscalidad. Facturas simplificadas y ordinarias http://foros.areadepymes.com/viewtopic.php?f=2&t=58825
Si emites una simplificada, y el día siguiente te viene el cliente pidiendo la factura completa, ¿cómo proceder? En el foro al que se accede con el enlace que publicas se habla mucho de eso, sugieren varias soluciones, pero nadie se atreve a decir con claridad lo que hay que hacer.

Se trata de una operación frecuente, el suministrador te entrega una factura completa con un número distinto al de la simplificada, pero no sabemos cómo se las arregla para no duplicar las ventas, pues a partir de ese momento tendrá dos facturas con el mismo importe pero diferente identificador, por lo que debería ingresar a la AEAT el IVA duplicado más los impuestos de sociedades o IRPF que correspondan.
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  #1994  
Antiguo 27-06-2017
nachoexe nachoexe is offline
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nachoexe Va por buen camino
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Empezado por CMB Ver Mensaje
Si emites una simplificada, y el día siguiente te viene el cliente pidiendo la factura completa, ¿cómo proceder? En el foro al que se accede con el enlace que publicas se habla mucho de eso, sugieren varias soluciones, pero nadie se atreve a decir con claridad lo que hay que hacer.

Se trata de una operación frecuente, el suministrador te entrega una factura completa con un número distinto al de la simplificada, pero no sabemos cómo se las arregla para no duplicar las ventas, pues a partir de ese momento tendrá dos facturas con el mismo importe pero diferente identificador, por lo que debería ingresar a la AEAT el IVA duplicado más los impuestos de sociedades o IRPF que correspondan.
Nadie te puede decir como proceder puesto que depende mucho de tu sistema informático, tal cual yo lo veo, existen varias opciones todas ellas válidas:

- 1 Si el cambio en la factura te lo piden a tiempo antes de haber contabilizado, enviado al SII o declarado dicha factura simplificada es tan fácil como modificar dicha factura indicando los datos identificativos, las facturas simplificadas pueden ir con o sin datos (hasta los límites que marca la ley). Esto depende si tu programa informático lo permite o no
- 2 Emitir una factura simplificada en negativo (o rectificativa por diferencias como quieras llamarlo), que puede ir con la misma serie y numeración que las simplificadas en positivo, para anular la factura original y emitir luego una tercera factura completa al cliente. Esta es la manera correcta, legal y más fácil de tratar informáticamente. Creo que es la que aplican la mayoría de los programas, al cliente solo le tienes que dar la última factura (la completa)
- 3 Emitir una factura rectificativa por sustitución, en una serie propia para las rectificativas emites una factura que sustituye a la simplificada original y en la cual indentificas al cliente. Esta es la solución que dice Hacienda que hay que hacer, pero es la más complicada de implementar a la hora de controlar el stock y los listados del IVA. No dudo que algún programa la tenga pero yo no lo veo práctico
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  #1995  
Antiguo 27-06-2017
CMB CMB is offline
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CMB Va por buen camino
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Empezado por nachoexe Ver Mensaje
- 1 Si el cambio en la factura te lo piden a tiempo antes de haber contabilizado, enviado al SII o declarado dicha factura simplificada es tan fácil como modificar dicha factura indicando los datos identificativos, las facturas simplificadas pueden ir con o sin datos (hasta los límites que marca la ley). Esto depende si tu programa informático lo permite o no
Muchas gracias, nachoexe, por tu aportación.

Pero no comprendo cómo una simplificada, simplemente añadiendo los datos del cliente, se convierte en una factura completa, pues algunos dicen en este foro que hay que cambiar también la serie de numeración. Por consiguiente, la cosa no parece tan fácil como tú indicas. ¿O crees que se pueden mezclar en la misma serie facturas completas con simplificadas?

Agradecería tu opinión.

Saludos,
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  #1996  
Antiguo 27-06-2017
nachoexe nachoexe is offline
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nachoexe Va por buen camino
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Empezado por CMB Ver Mensaje
Muchas gracias, nachoexe, por tu aportación.

Pero no comprendo cómo una simplificada, simplemente añadiendo los datos del cliente, se convierte en una factura completa, pues algunos dicen en este foro que hay que cambiar también la serie de numeración. Por consiguiente, la cosa no parece tan fácil como tú indicas. ¿O crees que se pueden mezclar en la misma serie facturas completas con simplificadas?

Agradecería tu opinión.

Saludos,
El informático contable que piense que la diferencia entre una factura Simplificada y una Completa es solo que una no lleva datos y la otra si ya puede empezar a comprar paraguas porque se le avecinan borrascas. Hay incluso un apartado en el BOE que, según yo lo interpreto, dice que cualquier factura puede ir sin datos siempre que sea a un particular y no supere los 100€ (base), pero debo de estar equivocado porque en el SII no se permite (lectura obligada de "Normativa referente a las Obligaciones de facturación" de la Agencia Tributaria)
8. No obstante lo dispuesto en el apartado 1 de este artículo, tratándose de operaciones realizadas para quienes no tengan la condición de empresarios o profesionales actuando como tales, no será obligatoria la consignación en la factura de los datos de identificación del destinatario en cuanto a las operaciones cuya contraprestación sea inferior a 100 euros, Impuesto sobre el Valor Añadido no incluido. Este límite se podrá excepcionar en los casos que autorice el Departamento de Gestión Tributaria de la Agencia Estatal de Administración Tributaria en relación con sectores empresariales o profesionales o empresas determinadas, con el fin de evitar perturbaciones en el desarrollo de las actividades empresariales o profesionales.


En fin, da igual lo que yo piense o lo que diga el otro foro o la otra página web, en la mayoría de los foros y páginas (y esto lo digo no solo por la contabilidad) la gente opina y solo eso... opinión sin ninguna veracidad. En nuestro trabajo hay que ser más explícitos y basar las respuestas y desarrollos en una ley publicada en el BOE o en un artículo de Hacienda que puedas utilizar para rebatir al contable, al mal asesor o al inspector de turno.

Esto de las facturas simplificadas lo puedes leer aquí y que cada uno saque sus propias conclusiones que nadie tiene toda la razón (salvo el admin AEAT)
http://www.agenciatributaria.es/AEAT..._factura.shtml

Y aquí una característica de las facturas simplificadas que casi nadie menciona y es lo que de verdad las diferencia
http://www.agenciatributaria.es/AEAT...butaria_.shtml
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  #1997  
Antiguo 27-06-2017
pprieto pprieto is offline
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pprieto Va por buen camino
Duda con campo número de factura para las facturas de compra

Hola a todos:

Tengo una duda respecto al campo del número de factura de las facturas recibidas. En este campo ¿debo indicar mi número de factura o el número de la factura de mi proveedor? Es decir, si mi factura es la 1234 que corresponde con la factura del proveedor de número A1 (es decir, él le pone la numeración como A1) ¿que número le debo poner?

Gracias
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  #1998  
Antiguo 27-06-2017
nincillo nincillo is offline
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nincillo Va por buen camino
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Empezado por nachoexe Ver Mensaje
El informático contable que piense que la diferencia entre una factura Simplificada y una Completa es solo que una no lleva datos y la otra si ya puede empezar a comprar paraguas porque se le avecinan borrascas. Hay incluso un apartado en el BOE que, según yo lo interpreto, dice que cualquier factura puede ir sin datos siempre que sea a un particular y no supere los 100€ (base), pero debo de estar equivocado porque en el SII no se permite (lectura obligada de "Normativa referente a las Obligaciones de facturación" de la Agencia Tributaria)
8. No obstante lo dispuesto en el apartado 1 de este artículo, tratándose de operaciones realizadas para quienes no tengan la condición de empresarios o profesionales actuando como tales, no será obligatoria la consignación en la factura de los datos de identificación del destinatario en cuanto a las operaciones cuya contraprestación sea inferior a 100 euros, Impuesto sobre el Valor Añadido no incluido. Este límite se podrá excepcionar en los casos que autorice el Departamento de Gestión Tributaria de la Agencia Estatal de Administración Tributaria en relación con sectores empresariales o profesionales o empresas determinadas, con el fin de evitar perturbaciones en el desarrollo de las actividades empresariales o profesionales.


En fin, da igual lo que yo piense o lo que diga el otro foro o la otra página web, en la mayoría de los foros y páginas (y esto lo digo no solo por la contabilidad) la gente opina y solo eso... opinión sin ninguna veracidad. En nuestro trabajo hay que ser más explícitos y basar las respuestas y desarrollos en una ley publicada en el BOE o en un artículo de Hacienda que puedas utilizar para rebatir al contable, al mal asesor o al inspector de turno.

Esto de las facturas simplificadas lo puedes leer aquí y que cada uno saque sus propias conclusiones que nadie tiene toda la razón (salvo el admin AEAT)
http://www.agenciatributaria.es/AEAT..._factura.shtml

Y aquí una característica de las facturas simplificadas que casi nadie menciona y es lo que de verdad las diferencia
http://www.agenciatributaria.es/AEAT...butaria_.shtml
Yo la verdad es que no se quien redacta los textos (o yo soy muy burro, que también puede ser), porque la mayoría de las veces que los leo, al final quedo parecido a como estaba o peor.

Me acabo de leer los dos links que has adjuntando y aún sigo sin tener claro el que no se puedan emitir facturas completas sin "personlizar".

El primer link empieza con:

Código:
Factura simplificada
Se podrá expedir factura simplificada en los siguientes supuestos:
Se podrá, con lo cual entiendo que se podrá, pero no es obligatorio.

Luego pone:

Código:
No se podrá expedir factura simplificada en las siguientes operaciones:
Con lo cual, tengo claro en los casos en los que no se pueden expedir.

Y finalmente pone:
Código:
Factura completa
Fuera de los supuestos establecidos que permiten la emisión de factura simplificada, los empresarios o profesionales obligados a expedir factura emitirán factura competa.
Con lo cual, tengo claro cuando obligatoriamente tengo que elaborar facturas completas. Pero en ningún momento me pone que no pueda elaborar facturas completas "siempre". Independientemente de los importes facturados o de que esté personalizada o no.

O si lo pone, yo no lo veo.
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  #1999  
Antiguo 27-06-2017
Virman Virman is offline
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Virman Va por buen camino
Duda con facturas recibidas

Buenas tardes, perdonad la pregunta absurda pero, en las facturas recibidas, el contraparte no debe ser la empresa titular del libro? Es decir, la que sería emisora en las facturas emitidas.

Es que en las facturas recibidas que he enviado recientemente me indica que da error porque el contraparte no es el mismo que el emisor para las facturas recibidas.

Tras cambiarlo y poner el mismo contraparte que emisor en las facturas recibidas ya me deja enviarlas, pero me deja un poco descolocado.

Alguna sugerencia? Muchísimas gracias.
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  #2000  
Antiguo 27-06-2017
Galahad Galahad is offline
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Galahad Va por buen camino
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Empezado por Virman Ver Mensaje
Buenas tardes, perdonad la pregunta absurda pero, en las facturas recibidas, el contraparte no debe ser la empresa titular del libro? Es decir, la que sería emisora en las facturas emitidas.

Es que en las facturas recibidas que he enviado recientemente me indica que da error porque el contraparte no es el mismo que el emisor para las facturas recibidas.

Tras cambiarlo y poner el mismo contraparte que emisor en las facturas recibidas ya me deja enviarlas, pero me deja un poco descolocado.

Alguna sugerencia? Muchísimas gracias.
Hola, creo que el contraparte y el emisor solo pueden ser el mismo en caso de facturas de importaciones . No sé si es este el caso que estás comentando.
En facturas 'normales' la contraparte es el 'emisor' o proveedor de la factura. En las importaciones creo que si que como contraparte se define el mismo que el emisor del libro (o sea la empresa que figura en la cabecera).
Esto creo que es así para importaciones donde hay un dua (hay un ejemplo en el documento de descripción del servicio), cuando no hay dicho dua ya no lo tengo tan claro, creo que hay que poner el proveedor original. Si alguien puede confirmar esto último....
Saludos...
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