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  #1  
Antiguo 14-07-2017
nachoexe nachoexe is offline
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nachoexe Va por buen camino
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Hola, según tengo entendido no solo para prestación de servicios, siempre lo define la fecha de operación.
Entregas mercancías el 28/07/2017.
Emites la factura el 04/08/2017.

El periodo para presentar la factura en SII es 07 y el devengo de la factura y el pago del IVA van en Julio.

El cálculo de días para enviar la factura mediante SII sí depende de la fecha de la factura, pero si la fecha de operación es del mes anterior, el día límite de facturación y presentación de la factura mediante SII es el día 15.
Por ejemplo:
Entrego mercancías el 28/07/2017.
La fecha límite para generar la factura y enviarla a través de SII es el día 15/08/2017.


Un saludo.
Totalmente de acuerdo, lo primero es que los albaranes y servicios se deberían de facturar cada 15 días máximo y además se recomienda que factures todas las entregas o servicios dentro del mismo mes precisamente para evitar que la fecha de operación sea de un mes y la fecha de factura sea de otro porque Hacienda te va a exigir que liquides el IVA en el periodo de la fecha de operación y si la fecha factura es de otro mes eso es problema tuyo.

En el ejemplo que pone de los servicios de Junio y la factura de Julio el IVA se debe de liquidar en Junio, si no fuera así cada cual podría hacer de su capa un sallo e ir facturando cada vez mas tarde y a ellos lo que les interesa es cobrar el IVA cuanto antes, eso si que no lo perdonan, el IVA soportado te dan todas las facilidades para que lo aplaces cuanto quieras pero como aplaces el pago del IVA repercutido seguro que les ves la cara pronto...
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  #2  
Antiguo 14-07-2017
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el IVA soportado te dan todas las facilidades para que lo aplaces cuanto quieras pero como aplaces el pago del IVA repercutido seguro que les ves la cara pronto...
Disculpad mi ignorancia en una cuestión tan simple, pero he leído informaciones contradictorias y en este momento no me aclaro.

Con las facturas recibidas, ¿de cuánto tiempo se dispone para incluirlas en el libro de registro y deducirse el IVA?

Por ejemplo, una factura de proveedor de fecha 15 de junio, recibida el mismo día en PDF, ¿hasta cuando permite la AEAT que se incluya en el libro y se envíe por SII sin incurrir en sanción?

Muchas gracias,
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  #3  
Antiguo 15-07-2017
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Disculpad mi ignorancia en una cuestión tan simple, pero he leído informaciones contradictorias y en este momento no me aclaro.

Con las facturas recibidas, ¿de cuánto tiempo se dispone para incluirlas en el libro de registro y deducirse el IVA?

Por ejemplo, una factura de proveedor de fecha 15 de junio, recibida el mismo día en PDF, ¿hasta cuando permite la AEAT que se incluya en el libro y se envíe por SII sin incurrir en sanción?

Muchas gracias,
En el caso de las facturas recibidas hay menos problema porque tú puedes poner como fecha de contabilización practicamente la que quieras y a partir de ahí empieza a contar el plazo.

De una forma o de otra recuerda que tienes una calculadora de plazos.

Saludos
__________________
Be water my friend.
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  #4  
Antiguo 15-07-2017
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tú puedes poner como fecha de contabilización practicamente la que quieras y a partir de ahí empieza a contar el plazo.
Muchas gracias, newtron.

¿Y dónde puedo consultar las limitaciones en el plazo entre la fecha de recepción y la de contabilización?

Saludos,
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  #5  
Antiguo 15-07-2017
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Muchas gracias, newtron.

¿Y dónde puedo consultar las limitaciones en el plazo entre la fecha de recepción y la de contabilización?

Saludos,
Pues no sé, la aeat no tienen ninguna prisa por que te deduzcas el iva de las facturas pero creo que hay un plazo máximo de 4 años. Poniéndole la fecha de recepción unos días antes tienes ese plazo para enviarlas.
__________________
Be water my friend.
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  #6  
Antiguo 15-07-2017
CMB CMB is offline
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CMB Va por buen camino
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Pues no sé, la aeat no tienen ninguna prisa por que te deduzcas el iva de las facturas pero creo que hay un plazo máximo de 4 años. Poniéndole la fecha de recepción unos días antes tienes ese plazo para enviarlas.
¡Muchas gracias!
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  #7  
Antiguo 15-07-2017
PASPAS PASPAS is offline
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PASPAS Va por buen camino
Facturas recibidas con suplidos

Buenas tardes,
Alguién tiene este problema que me estan pasando.
Se trata de facturas recibidas de agua , luz y telefonía
Algunas se registran con los suplidos ya que constan en la factura y claro por parte de la factura que presenta el proveedor existe descuadre ya q no lo registra y quedan todas parcialmente contrastadas.
Ya que desde mi sistema se informa de la totalidad y no excluyo los suplidos.
Sabe alguien si es así o debo obviarlo
He realizado la consulta a la aeat si responden lo paso por aqui
Alguien tiene el mismo problema??
Saludos
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