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  #1  
Antiguo 06-10-2017
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Tu cliente tiene razón el gasto se puede imputar al 2017 y declararlo en el 303 de diciembre. Pero el sii se puede enviar hasta el ¿16? de enero de enero. Otra cosa es que no lo hace casi nadie asi y se imputa a el 2018 que tambien esta bien. Normalmente se hace todo cuando se recibe la factura y se contabiliza. Lo mismo pasa con las facturas que recibes al final de mes de cada periodo del 303.

Nosotros esto normalmente lo solucionamos preguntando que hacían antes del SII. La mayoria te responde que contabilizarlo e imputarlo en el mes siguiente.

Un saludo.
Lo más fácil y menos engorroso es efectivamente contabilizarlo e imputarlo en el ejercicio siguiente. Lo que pasa es que mi cliente dice que, aunque el iva lo deduzcas en el año siguiente, el ejercicio al que se debe de imputar el gasto es el anterior por nosequé ley. Hay que tener en cuenta de que la imputación del gasto no tiene nada que ver con la del iva, son cosas distintas.

Yo la única solución que veo a esto (que es rizar el rizo) es contabilizar el gasto contra la cuenta de facturas pendientes de recibir, como bien indicaba Nasca, e introducir el asiento contable en el ejercicio siguiente, con contrapartida a la cuenta de facturas pendientes, para enviar el iva.

Saludos
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  #2  
Antiguo 06-10-2017
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Lo más fácil y menos engorroso es efectivamente contabilizarlo e imputarlo en el ejercicio siguiente. Lo que pasa es que mi cliente dice que, aunque el iva lo deduzcas en el año siguiente, el ejercicio al que se debe de imputar el gasto es el anterior por nosequé ley. Hay que tener en cuenta de que la imputación del gasto no tiene nada que ver con la del iva, son cosas distintas.

Yo la única solución que veo a esto (que es rizar el rizo) es contabilizar el gasto contra la cuenta de facturas pendientes de recibir, como bien indicaba Nasca, e introducir el asiento contable en el ejercicio siguiente, con contrapartida a la cuenta de facturas pendientes, para enviar el iva.

Saludos
Pero ten en cuenta que en ese caso el iva hay que declararlo en el 303 de diciembre.
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  #3  
Antiguo 23-11-2017
javi_valencia44 javi_valencia44 is offline
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Os va el envío al SII de pruebas de Navarra?

Uso la dirección: https://sii.hacienda.navarra.es/SII_...sdHandlet.ashx

Y me da el error: "No se pudo establecer una relación de confianza para el canal seguro SSL/TLS con la autoridad 'sii.hacienda.navarra.es'"


Y luego intento acceder al portal de pruebas: https://sii.hacienda.navarra.es/SII_...sdHandlet.ashx

Y me da el error: "Codigo[3500].Error técnico de BBDD. Error en la Integridad de la Información. IDCORRELACION=[ba1de52d-1056-4595-b1c9-9a3f8acbf33a]"

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  #4  
Antiguo 06-10-2017
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Lo más fácil y menos engorroso es efectivamente contabilizarlo e imputarlo en el ejercicio siguiente. Lo que pasa es que mi cliente dice que, aunque el iva lo deduzcas en el año siguiente, el ejercicio al que se debe de imputar el gasto es el anterior por nosequé ley. Hay que tener en cuenta de que la imputación del gasto no tiene nada que ver con la del iva, son cosas distintas.

Yo la única solución que veo a esto (que es rizar el rizo) es contabilizar el gasto contra la cuenta de facturas pendientes de recibir, como bien indicaba Nasca, e introducir el asiento contable en el ejercicio siguiente, con contrapartida a la cuenta de facturas pendientes, para enviar el iva.

Newtron ya gestionas la fecha de asiento y de expedición de la factura ¿No puedes gestionar también la fecha de registro de entrada?


Eso te dará la flexibilidad suficiente para adaptarte a cualquier preferencia por parte de tus clientes.
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  #5  
Antiguo 06-10-2017
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Pero ten en cuenta que en ese caso el iva hay que declararlo en el 303 de diciembre.
Yo creo que no hay obligación de declarar el iva en el 303 si no has recibido la factura, lo puedes declarar en el ejercicio siguiente.

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Newtron ya gestionas la fecha de asiento y de expedición de la factura ¿No puedes gestionar también la fecha de registro de entrada?


Eso te dará la flexibilidad suficiente para adaptarte a cualquier preferencia por parte de tus clientes.
El problema con esto es que, por lo menos en mi caso, el asiento contable lleva asociado el registro de iva correspondiente, sería "raro" introducir el asiento en un ejercicio y el registro de iva en otro.
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  #6  
Antiguo 06-10-2017
Nasca Nasca is offline
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Yo creo que no hay obligación de declarar el iva en el 303 si no has recibido la factura, lo puedes declarar en el ejercicio siguiente.
Aquí no es tema de obligación, la AEAT estará encantada con que retrases la devolución que has anticipado, al pagar la factura al proveedor, lo máximo posible.
Es un tema de conveniencia financiera para la empresa. Para algunas empresas puede ser un pico y si van justos de pasta se nota.


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El problema con esto es que, por lo menos en mi caso, el asiento contable lleva asociado el registro de iva correspondiente, sería "raro" introducir el asiento en un ejercicio y el registro de iva en otro.

No es necesario. La fecha del asiento y del registro de IVA son la misma, y se consideran la fecha fiscal => Ejercicio y Periodo.
Hablamos de indicar una fecha adicional, que es la fecha en que el operador está introduciendo ese asiento, y vuelvo a repetir: FechaEntrada <> FechaFiscal.
Informáticamente es tan sencillo como asignar la fecha del sistema automáticamente. Ni siquiera es necesario que la ponga el que registra la factura.


Código:
FechaEntrada := Now
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  #7  
Antiguo 09-10-2017
ja_73 ja_73 is offline
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ja_73 Va por buen camino
Facturas Desaparecidas

hola
hace unos días, puse un post acerca de unas facturas que se enviaron correctamente, pero no aparecían en la web de la AEAT, yo tenía el código CSV del envio.
envié un e-mail a aeat, para preguntar por el tema, y me contestaron que ese día hubo errores a la hora de presentar algunas tramitaciones, que están estudiando el tema.
solución:
volver a enviarlas.
lo pongo aquí por si alguno tiene también este problema.
saludos.
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  #8  
Antiguo 09-10-2017
Nasca Nasca is offline
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Nasca Va por buen camino
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hola
hace unos días, puse un post acerca de unas facturas que se enviaron correctamente, pero no aparecían en la web de la AEAT, yo tenía el código CSV del envio.
envié un e-mail a aeat, para preguntar por el tema, y me contestaron que ese día hubo errores a la hora de presentar algunas tramitaciones, que están estudiando el tema.
solución:
volver a enviarlas.
lo pongo aquí por si alguno tiene también este problema.
saludos.
Gracias por tu aclaración.

Se acerca bastante a lo que yo esperaba.

Ahora también tenemos que tener presente que hay facturas que pueden perderse tras el paso de ser aceptadas y no ser grabadas en la base de datos final

Un proceso de conciliación periódico entre de los registros enviamos y los que constan en las consultas al SII puede ayudar a detectar registros con el problema.

Cuando lo envíes ya contarás si te aceptan una comunicación A1 o tiene que ser A0. En este caso luego tocará pelear para que no sancionen.
Tampoco creo que sea una circunstancia que se vaya a dar con frecuencia. Nosotros solo lo hemos detectado en un titular entre muchos.
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  #9  
Antiguo 10-10-2017
figo21 figo21 is offline
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figo21 Va por buen camino
Cita:
Empezado por Nasca Ver Mensaje
Gracias por tu aclaración.

Se acerca bastante a lo que yo esperaba.

Ahora también tenemos que tener presente que hay facturas que pueden perderse tras el paso de ser aceptadas y no ser grabadas en la base de datos final

Un proceso de conciliación periódico entre de los registros enviamos y los que constan en las consultas al SII puede ayudar a detectar registros con el problema.

Cuando lo envíes ya contarás si te aceptan una comunicación A1 o tiene que ser A0. En este caso luego tocará pelear para que no sancionen.
Tampoco creo que sea una circunstancia que se vaya a dar con frecuencia. Nosotros solo lo hemos detectado en un titular entre muchos.
A mi me pasó lo mismo y las reenvié. La comunicación en mi caso tuvo que ser A0, puesto que aunque tienes el CSV y es válido, las facturas no existen en sus sistemas.


Un saludo.
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