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novatico 04-07-2025 09:35:59

Cita:

Empezado por Jarogo08 (Mensaje 566089)
Claro... o tienes 3 instalaciones cada una con sus librerías y su base de datos, o tienes una única instalación con sus librerías y su base de datos y en ella 3 empresas, cada una operando de su manera (si el programa permite multiempresa).

Pero eso ya era de antes, no? hace dos años, cuando no existía el Verifactu... ¿no estabas en el mismo caso? ¿en que te cambió el Verifactu esto?

Según la AEAT no puedo hacer eso porque, en un SIF que esté sujeto al RRSIF, TODAS LAS EMPRESAS que incluya han de estar sujetas al RRSIF. Por eso instalaciones diferentes.

novatico 04-07-2025 09:40:36

Cita:

Empezado por ermendalenda (Mensaje 566084)
Para el encadenamiento en red voy a tener darle el mismo nunero de instalacion a todos los tpvs, se me habia pasado totalmente, lo digo por si a alguien mas le ha pasado.

En mi caso, actuaré como tú si todos los TPV's están conectados en tiempo real con el servidor. En el caso de ser instalaciones independientes, cada TPV tendrá su nº de instalación. Seguramente, por organización, le añadiré al nº de instalación de la oficina central, el nº de TPV.

Faneka 04-07-2025 09:41:08

Esto ya se hablo en su día, y creo que se llego a la conclusión con las faqs que se puede tener en el mismo ejecutable varias empresas, unas en el SII otras en Veri*Factu, cada una es un SIF distinto con lo que cada una estara sujeta a lo que le toque, la declaración responsable solo se podra ver en aquellas empresas que esten en Veri*Factu por ejemplo.

novatico 04-07-2025 09:44:36

Cita:

Empezado por ermendalenda (Mensaje 566076)
A mi en 2 contestaciones al hilo de lo que hemos hablado, por ejemplo


Y este otro

En mi caso, sólo cambiaré el nº de instalación, si por alguna razón los cambios de equipo, reinstalaciones, etc, me supongan también la pérdida de información. Si tengo la opción de recuperar una copia de seguridad, y continuar encadenando correctamente, no cambiaré el nº de instalación.

Rja750 04-07-2025 09:53:10

Yo tampoco voy a cambiar el numero de instalación si no cambio de placa, disco o nuevo TPV.
Mi SIF está pensado para el pequeño comercio. Factura tanto servicios como artículos. Todos mis clientes tienen solo un TPV por eso mis pruebas hasta ahora los he hecho con un solo PC, aun así también tengo que abordar la siguiente situación:
Tengo un par de clientes que tienen 2 tpv´s y cada uno es capaz o debe ser capaz, aun no lo he probado pero en mi cabeza funciona, de mandar registros de facturas independientemente. La BD que comparten es MSSQL y está en la nube. ¿Por qué esta estructura? porque cada uno gestiona su propio hilo y sus tiempos de espera y el encadenamiento lo tiene que hacer perfectamente pues los registros se graban en la tabla secuencialmente por orden de llegada, para que cualquiera de los dos SIF que pregunte a la BD, cual es el último registro, se le entregue para su encadenamiento independientemente de si se ha entregado a la AEAT o no (dependerá de los tiempos de espera). Ahora, si en uno de ellos se reinstala y por el motivo que sea tengo que cambiar el Nº de instalación (ahora hay dos números de instalación diferentes) ¿Cómo se entera el otro Tpv de que tiene que emitir el primer registro sin encadenar, si se adelanta a facturar al Tpv recién modificado? Pues por una marca que se actualiza en el momento de la reinstalación (en una tabla de BD) donde accedan los dos y que una vez que se haya accedido, el mismo que pregunta por la marca antes de generar el XML, elimine la marca. Esta marca debe ser un dato en una tabla, no debe estar en memoria porque entonces el otro TPV no la vería y tampoco podrías apagar el sistema antes de facturar con el mismo TPV actualizado.

ermendalenda 04-07-2025 10:34:41

Hola, tenia una duda, renienfo un programa instalado en una maquina en la que tiene varios OT en verifactu¿ cada OT, tiene un numero de instalacion diferente?
Es que si es afirmativo no me cuadra tener que rellenar nodos de que si ese sif puede distintos OT, etc. Ya que al cambiar el numero de instalacion esta referido a un unico SIF, enfin repasos de ultimos momentos en las que se siguen con incertidumbres y algo se escapará.

Jarogo08 04-07-2025 10:41:47

Cita:

Empezado por Faneka (Mensaje 566098)
Esto ya se hablo en su día, y creo que se llego a la conclusión con las faqs que se puede tener en el mismo ejecutable varias empresas, unas en el SII otras en Veri*Factu, cada una es un SIF distinto con lo que cada una estara sujeta a lo que le toque, la declaración responsable solo se podra ver en aquellas empresas que esten en Veri*Factu por ejemplo.

Exacto.

No sé de donde sacó novatico la afirmación "Según la AEAT no puedo hacer eso porque, en un SIF que esté sujeto al RRSIF, TODAS LAS EMPRESAS que incluya han de estar sujetas al RRSIF"

Jarogo08 04-07-2025 10:46:13

Cita:

Empezado por ermendalenda (Mensaje 566103)
Hola, tenia una duda, renienfo un programa instalado en una maquina en la que tiene varios OT en verifactu¿ cada OT, tiene un numero de instalacion diferente?
Es que si es afirmativo no me cuadra tener que rellenar nodos de que si ese sif puede distintos OT, etc. Ya que al cambiar el numero de instalacion esta referido a un unico SIF, enfin repasos de ultimos momentos en las que se siguen con incertidumbres y algo se escapará.


Si tienes un programa con una base de datos, en la que se controlan varias empresas (el programa es multiempresa), cada una tiene que tener su número de instalación. Y si cambias el equipo donde está ese programa o lo formateas se debería reiniciar el número de instalación de todas las empresas. Lo pone en las FAQs, pregunta 4, página 8

espinete 04-07-2025 11:10:31

Lo único que está clarísimo es que estamos todos con dudas :D

Es lo que pasa cuando dejamos que "técnicos" de la AEAT elaboren la documentación sin haber trabajado en su p... vida en una empresa de software de verdad con clientes de verdad.

ermendalenda 04-07-2025 12:06:56

Cita:

Empezado por Jarogo08 (Mensaje 566105)
Si tienes un programa con una base de datos, en la que se controlan varias empresas (el programa es multiempresa), cada una tiene que tener su número de instalación. Y si cambias el equipo donde está ese programa o lo formateas se debería reiniciar el número de instalación de todas las empresas. Lo pone en las FAQs, pregunta 4, página 8

Ok gracias.

RUBEN_SP 04-07-2025 13:04:55

Cita:

Empezado por novatico (Mensaje 566099)
En mi caso, sólo cambiaré el nº de instalación, si por alguna razón los cambios de equipo, reinstalaciones, etc, me supongan también la pérdida de información. Si tengo la opción de recuperar una copia de seguridad, y continuar encadenando correctamente, no cambiaré el nº de instalación.

Ten cuidado que si de alguna forma pudiesen detectarlo estarías incumpliendo

novatico 04-07-2025 16:35:18

Cita:

Empezado por Jarogo08 (Mensaje 566104)
Exacto.

No sé de donde sacó novatico la afirmación "Según la AEAT no puedo hacer eso porque, en un SIF que esté sujeto al RRSIF, TODAS LAS EMPRESAS que incluya han de estar sujetas al RRSIF"

Pues es lo que yo entiendo al releer varias veces el apartado 3 del documento FAQ's para Desarrolladores 1.1 publicado el 16 de Mayo. Especifica, a mi entender claramente, que en la instalación del SIF se ha de establecer a que norma está sujeto, y a partir de ese momento el usuario no puede cambiarlo en ningún momento.
Yo entiendo que si lo instalo para estar sujeto a SII, todas las empresas que cree en él, deberán estar sujetas al SII, si lo instalo como "NO SUJETO", todas sus empresas estarán exentas y si lo instalo como SUJETO AL RRSIF, todas las empresas que creen en él, deberán estarlo.

¿ Como lo entendéis vosotros ?

RUBEN_SP 04-07-2025 17:03:08

Cita:

Empezado por novatico (Mensaje 566123)
Pues es lo que yo entiendo al releer varias veces el apartado 3 del documento FAQ's para Desarrolladores 1.1 publicado el 16 de Mayo. Especifica, a mi entender claramente, que en la instalación del SIF se ha de establecer a que norma está sujeto, y a partir de ese momento el usuario no puede cambiarlo en ningún momento.
Yo entiendo que si lo instalo para estar sujeto a SII, todas las empresas que cree en él, deberán estar sujetas al SII, si lo instalo como "NO SUJETO", todas sus empresas estarán exentas y si lo instalo como SUJETO AL RRSIF, todas las empresas que creen en él, deberán estarlo.

¿ Como lo entendéis vosotros ?

Cada OT estará en el régimen que le corresponda

novatico 04-07-2025 17:42:35

Cita:

Empezado por RUBEN_SP (Mensaje 566124)
Cada OT estará en el régimen que le corresponda

Yo me refiero a este texto, y voy a remarcar lo que me lleva a pensar lo que he dicho antes:

Cuando un productor o fabricante –mientras se den las circunstancias que permitan
esto– ofrece al cliente un sistema de facturación para que pueda ser usado de forma
adaptada al RRSIF o sin adaptar a dicha normativa, o bien para que cumpla con
diferentes normativas, tales como TicketBAI, RD 1007/2023 y la normativa que regula
el Suministro Inmediato de Información “SII”, realmente está ofreciendo “un paquete
o familia” de varios productos SIF diferentes (aunque puede que compartan gran parte
de su programación), a fin de que el cliente pueda elegir específicamente uno para
instalar y usar, bajo la responsabilidad del usuario.
En cualquier caso, este ofrecimiento debe implementarse de tal forma que el
usuario no pueda cambiar dinámicamente de un “producto” a otro con cada factura ni
con cada sesión o arranque del producto, sino que el usuario deberá elegir
previamente qué tipo de SIF quiere utilizar y lo instalará –o actualizará– para que
cumpla con esas características, que ya permanecerán así en adelante (a menos que se
desinstale
: ver más abajo la correspondiente NOTA ACLARATORIA).

NOTA ACLARATORIA:
Resulta casi imposible saber a priori cómo van a materializar los distintos fabricantes
sus diversos productos de facturación, ya que hay numerosos aspectos a tener en
cuenta. Esto es muy significativo a la hora de determinar qué se debe entender
"genéricamente" por instalación/reinstalación/desinstalación o sus equivalentes.
Cuando exista un “programa” que sea capaz de cumplir con las obligaciones de varias
normativas (TicketBAI, SII, RD 1007/2023…), realmente existe un “conjunto de
programas” o “paquete de programas”, aunque tengan una programación subyacente
que sea, en parte, común. [b]Ello significa que, según se produzca la instalación
"efectiva"(*) de una u otra forma se cumplirán unas especificaciones u otras[b], siendo así
que, al menos en una parte, las citadas especificaciones resultan divergentes.
(*) Es decir, la elección de requisitos normativos a cumplir por el SIF que, bajo su
responsabilidad, haga el usuario obligado a expedir facturas (OEF), que es lo que
constituirá el SIF (que podría denominarse "virtual") para ese OEF. A este respecto se
recuerda que un SIF "multiOT" debe cumplir los requisitos individualmente para cada
obligado tributario (OT/OEF) que gestione dentro de él.

En cualquier caso, lo que debe interpretarse es que NO debe resultar posible una
utilización dinámica del SIF. Entendemos por dinámica que se pueda cambiar en cada
sesión, en cada arranque diario o en cada factura emitida
... Se pretende así evitar que
el cumplimiento de los requisitos de la normativa sea intermitente o a voluntad del
usuario obligado a emitir facturas.

RUBEN_SP 04-07-2025 18:39:39

Cita:

Empezado por novatico (Mensaje 566125)
Yo me refiero a este texto, y voy a remarcar lo que me lleva a pensar lo que he dicho antes:

Cuando un productor o fabricante –mientras se den las circunstancias que permitan
esto– ofrece al cliente un sistema de facturación para que pueda ser usado de forma
adaptada al RRSIF o sin adaptar a dicha normativa, o bien para que cumpla con
diferentes normativas, tales como TicketBAI, RD 1007/2023 y la normativa que regula
el Suministro Inmediato de Información “SII”, realmente está ofreciendo “un paquete
o familia” de varios productos SIF diferentes (aunque puede que compartan gran parte
de su programación), a fin de que el cliente pueda elegir específicamente uno para
instalar y usar, bajo la responsabilidad del usuario.
En cualquier caso, este ofrecimiento debe implementarse de tal forma que el
usuario no pueda cambiar dinámicamente de un “producto” a otro con cada factura ni
con cada sesión o arranque del producto, sino que el usuario deberá elegir
previamente qué tipo de SIF quiere utilizar y lo instalará –o actualizará– para que
cumpla con esas características, que ya permanecerán así en adelante (a menos que se
desinstale
: ver más abajo la correspondiente NOTA ACLARATORIA).

NOTA ACLARATORIA:
Resulta casi imposible saber a priori cómo van a materializar los distintos fabricantes
sus diversos productos de facturación, ya que hay numerosos aspectos a tener en
cuenta. Esto es muy significativo a la hora de determinar qué se debe entender
"genéricamente" por instalación/reinstalación/desinstalación o sus equivalentes.
Cuando exista un “programa” que sea capaz de cumplir con las obligaciones de varias
normativas (TicketBAI, SII, RD 1007/2023…), realmente existe un “conjunto de
programas” o “paquete de programas”, aunque tengan una programación subyacente
que sea, en parte, común. [b]Ello significa que, según se produzca la instalación
"efectiva"(*) de una u otra forma se cumplirán unas especificaciones u otras[b], siendo así
que, al menos en una parte, las citadas especificaciones resultan divergentes.
(*) Es decir, la elección de requisitos normativos a cumplir por el SIF que, bajo su
responsabilidad, haga el usuario obligado a expedir facturas (OEF), que es lo que
constituirá el SIF (que podría denominarse "virtual") para ese OEF. A este respecto se
recuerda que un SIF "multiOT" debe cumplir los requisitos individualmente para cada
obligado tributario (OT/OEF) que gestione dentro de él.

En cualquier caso, lo que debe interpretarse es que NO debe resultar posible una
utilización dinámica del SIF. Entendemos por dinámica que se pueda cambiar en cada
sesión, en cada arranque diario o en cada factura emitida
... Se pretende así evitar que
el cumplimiento de los requisitos de la normativa sea intermitente o a voluntad del
usuario obligado a emitir facturas.

Yo entiendo que cada empresa (OT) del SIF elige el régimen y es definitivo pero puede ser cualquiera

ermendalenda 04-07-2025 18:46:40

Cita:

Empezado por RUBEN_SP (Mensaje 566128)
Yo entiendo que cada empresa (OT) del SIF elige el régimen y es definitivo pero puede ser cualquiera

Correcto, ya me aclararon la duda tb,
Puedes tener varios OT que compartan el programa, pero a la hora de instalar es cuando se le asigna el modo de trabajo a cada uno, pero que no se pueda cambiar el modo de trabajo(de cada OT) de ninguna forma si no es reinstalando, el modo dr trabajo, lo elije el cliente de los disponibles, si se equivoca es su problema. Otta cosa es que lo asesoremos.

keno_71 07-07-2025 18:11:16

Nosotros a la hora de crear el ejercicio deben seleccionar el modo de trabajo, o SII o Verifactu y en el momento que emitan una factura no hay marcha atrás

ermendalenda 07-07-2025 21:22:54

Cita:

Empezado por keno_71 (Mensaje 566190)
Nosotros a la hora de crear el ejercicio deben seleccionar el modo de trabajo, o SII o Verifactu y en el momento que emitan una factura no hay marcha atrás

Seria lo logico. Pero insisten en que hay que instalar de nuevo para cambios de modos de trabajo. Es tremendo, o sea si un año estas wn verufactu y el siguiente en sii a pagar al informatico. No tiene sentido

Jarogo08 07-07-2025 22:41:47

Cita:

Empezado por keno_71 (Mensaje 566190)
Nosotros a la hora de crear el ejercicio deben seleccionar el modo de trabajo, o SII o Verifactu y en el momento que emitan una factura no hay marcha atrás

Revisa este post, los últimos mensajes. Puede darse el caso que en un mismo ejercicio tengas Verifactu y SII (empiezas en Verifactu y por requisitos Hacienda te dice que tienes que irte al SII)


Cita:

Empezado por ermendalenda (Mensaje 566197)
Pero insisten en que hay que instalar de nuevo para cambios de modos de trabajo

En determinados casos y siguiendo los plazos sí se puede cambiar de un modo a otro, sin necesidad de reinstalar el programa

keno_71 08-07-2025 10:07:53

Revisaré eso pero como depende quién te responda da mensajes contradictorios, contestación que nos dieron a nosotros precisamente sobre eso:

Cita:

Le confirmamos que si un obligado está acogido al SII, ya sea de forma voluntaria o por obligación, queda excluido de la aplicación del reglamento Veri*Factu durante ese ejercicio.



La franja horaria es GMT +2. Ahora son las 11:11:42.

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