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sglorka 17-09-2024 12:27:11

Cita:

Empezado por delphiGar (Mensaje 557287)
Totalmente de acuerdo contigo, tenemos que buscar una solucion que se acomoden a la norma o reglamento y al mismo tiempo podamos amordarlo a nuestro clientes de una forma sencilla.

Esta claro que lo mas facil es rectificar y nueva factura, pero pienso que no es lo correcto, por lo menos por lo que deduzco del reglamento de Facturacion.

Te agradezco el comentario. ¿ Puedes exponer alguna alternativa y la discutimos ?. Sería ideal llegar a un punto de encuentro

CarlosArjonomia 17-09-2024 12:29:02

Cita:

Empezado por delphiGar (Mensaje 557287)
Totalmente de acuerdo contigo, tenemos que buscar una solucion que se acomoden a la norma o reglamento y al mismo tiempo podamos amordarlo a nuestro clientes de una forma sencilla.

Esta claro que lo mas facil es rectificar y nueva factura, pero pienso que no es lo correcto, por lo menos por lo que deduzco del reglamento de Facturacion.

Estoy con Sistel. No se puede ser mas papista que el Papa.

Franche 17-09-2024 12:56:53

Estoy de acuerdo, aún así yo podría hacer algo para tener una reunión presencial con uno de los padres de verifactu (inspector de hacienda) al que quizás tengo acceso. Podría proponerle quedar en algún sitio donde podamos ir todos los que queramos y debatir un poco toda esta problemática que se nos plantea con el tema de facturas rectificativas, porque después de hablar con varios de vosotros vía telefónica y con otros presencialmente me da la sensación de que todos tenemos razón en la forma de hacerlo pero cada uno lo hace de una forma y todos tenemos casi las mismas dudas , en fin, es un tema muy importante y delicado al mismo tiempo. ¿Que os parece?

sglorka 17-09-2024 13:09:29

Cita:

Empezado por Franche (Mensaje 557290)
Estoy de acuerdo, aún así yo podría hacer algo para tener una reunión presencial con uno de los padres de verifactu (inspector de hacienda) al que quizás tengo acceso. Podría proponerle quedar en algún sitio donde podamos ir todos los que queramos y debatir un poco toda esta problemática que se nos plantea con el tema de facturas rectificativas, porque después de hablar con varios de vosotros vía telefónica y con otros presencialmente me da la sensación de que todos tenemos razón en la forma de hacerlo pero cada uno lo hace de una forma y todos tenemos casi las mismas dudas , en fin, es un tema muy importante y delicado al mismo tiempo. ¿Que os parece?

Sería perfecto y te agradezco el esfuerzo. Podrías valorar organizar un Teams para hacerlo de forma telemática ? de forma presencial es más restrictivo.

Franche 17-09-2024 13:14:05

Lo suyo es hacerlo presencial aunque nos cueste salir de nuestras oficinas, nos costará dinero, etc.. pero yo creo que sería una oportunidad única en el caso de conseguirlo. Tendríamos que ver la forma de antes de nada saber cuantos seríamos, etc... ¿como lo podríamos hacer?

sglorka 17-09-2024 13:17:45

Cita:

Empezado por Franche (Mensaje 557292)
Lo suyo es hacerlo presencial aunque nos cueste salir de nuestras oficinas, nos costará dinero, etc.. pero yo creo que sería una oportunidad única en el caso de conseguirlo. Tendríamos que ver la forma de antes de nada saber cuantos seríamos, etc... ¿como lo podríamos hacer?

Hombre a mí me pillas en Tenerife y somos bastantes residentes aquí que participamos en el foro. Por eso digo que un Teams es lo más accesible. Pero no pasa nada, si los que vayan son capaces de aclarar ideas y exponerlas en el foro por mí perfecto

espinete 17-09-2024 13:47:17

Madre mía. Pasan los años (y seguirán pasando) y seguimos teniendo dudas (yo me incluyo) con las rectificativas, fruto de un mal planteamiento por parte de Hacienda desde el principio, falta de información, información que se contradice, etc.

Con la implementación de TicketBAI surgieron las primeras dudas razonables, y todavía hoy se sigue discutiendo en ese hilo.
Ahora con VeriFactu, que se aplicará a toda España, las dudas serán muchas más. No solo eso, mucho software aún no está adaptado, y muchos clientes desconocen que lo están haciendo mal desde hace años.

Conclusión: se va a liar :confused:

Yo siempre he opinado lo mismo: no es lo mismo un comercio (que emite 1000 tíckets al día) que una empresa que facture cosas "más serias". Meter a todos en el mismo saco es un error. Un tícket debería poder rectificarse de forma rápida y sencilla para el usuario: tícket nuevo con artículo en negativo y si se lleva otro artículo, pues este en positivo. Sin más. A nivel de facturación global, ese tícket restará su importe y listo. Ya está, Hacienda no necesita nada más.

Pero no, Hacienda no se pone en el lugar de los usuarios y lo quiere todo masticadito: usar otra serie distinta, indicar que es rectificativa, a qué tícket rectifica...

NOTA: Nuestra empresa desarrolla aplicaciones también para países de Latinoamérica (México, Costa Rica, Colombia, Guatemala...). Con ninguno de ellos hemos tenido tantas dudas con el tema de la factura electrónica. Y la gestión de las "rectificativas" no es tan complicada (de hecho, no las distinguen del resto).

Así que algo mal debemos estar haciendo aquí para que pasen los años y siga habiendo tantos problemas con esto...

Neftali [Germán.Estévez] 17-09-2024 15:19:44

Publicada actualización: VERI*FACTU - Actualización del Diseño de los registros de facturación:
https://www.agenciatributaria.es/AEA...ERI_FACTU.html

Actualizao el FTP y el mensaje #1 del hilo. Lo añado al FTP.

newtron 17-09-2024 18:48:15

^\||/ ¡¡Gracias Germán!!

ermendalenda 17-09-2024 21:42:55

Cita:

Empezado por Franche (Mensaje 557290)
Estoy de acuerdo, aún así yo podría hacer algo para tener una reunión presencial con uno de los padres de verifactu (inspector de hacienda) al que quizás tengo acceso. Podría proponerle quedar en algún sitio donde podamos ir todos los que queramos y debatir un poco toda esta problemática que se nos plantea con el tema de facturas rectificativas, porque después de hablar con varios de vosotros vía telefónica y con otros presencialmente me da la sensación de que todos tenemos razón en la forma de hacerlo pero cada uno lo hace de una forma y todos tenemos casi las mismas dudas , en fin, es un tema muy importante y delicado al mismo tiempo. ¿Que os parece?

Me parece perfecto, pero debido a la problemática de cada uno para la asistencia, como veis hacer varias una propuestas de rectificativas para simplificar este lío.
Por ejemplo, particularmente creo que la forma más fácil, es que permitan la anulación en cualquier caso y la rectificativa por diferencias. Pero entiendo que cada uno tiene su problemática. Si va para adelante ests propuesta detallo con distintos ejemplos para tipo de factura.

newtron 18-09-2024 09:31:30

Hola a tod@s.


Para situaciones "no VeriFactu" por fin he conseguido extraer del objeto SOAP un fichero XML de cada factura y firmarlo y ahora mi pregunta es: ¿Hay alguna forma de verificar que el fichero firmado es correcto o habrá que esperar a que se puedan hacer envíos de prueba?



Gracias y un saludo.

richidemola 18-09-2024 18:33:23

Cita:

Empezado por bmfranky (Mensaje 557237)
Una cosa, cual seria el caso de una sustitucion en garantia, por ejemplo, se ha muerto una bateria que monte en el 2022, se la voy a cambiar en garantia, pero ahora vale 15€ mas que en su dia, tengo que cobrar la diferencia...


A ver, yo creo que si está en garantía el cliente no tiene que abonar la diferencia si el producto nuevo por el que se lo cambias ha subido de precio, de hecho ni si quiera tu debes abonar ese sobrecoste porque el producto está en garantía, tu mandas el que se ha estropeado al fabricante y el fabricante te tiene que mandar uno nuevo para tu cliente sin coste, ni para ti ni para tu cliente porque para eso está en garantía.

bmfranky 18-09-2024 21:05:02

Cita:

Empezado por richidemola (Mensaje 557304)
A ver, yo creo que si está en garantía el cliente no tiene que abonar la diferencia si el producto nuevo por el que se lo cambias ha subido de precio, de hecho ni si quiera tu debes abonar ese sobrecoste porque el producto está en garantía, tu mandas el que se ha estropeado al fabricante y el fabricante te tiene que mandar uno nuevo para tu cliente sin coste, ni para ti ni para tu cliente porque para eso está en garantía.

Gracias por responder, pero la realidad de la vida , en los repuestos, por lo menos de automocion, es que te abonan el precio de la pieza antigua y te cargan el de la nueva, y la mano de obra de sustituirla, deveria de abonarla el cliente, pero por lo menos en mi caso, lo asumo yo.
Haber, tambien depende de marca, recambistas y demas, pero lo normal, es eso.

Mlopez 19-09-2024 10:00:32

Cita:

Empezado por Sistel (Mensaje 557271)
Hola,

No estoy totalmente de acuerdo.
Si has emitido una factura con los datos del destinatario erróneos (por ejemplo, son los datos de otro cliente), creo que lo más correcto sería anularla.

Imagínate que los datos que has puesto del destinatario de la factura son los de un antiguo cliente con el que ya no tienes relación alguna.
Creo que sería bastante chungo enviarle una factura normal y otra rectificativa a alguien con quien no tienes ya ninguna relación.
Creo que, en estos casos de datos de destinatario erróneos, lo más correcto es anular la factura emitida y hacer una nueva (prestando más atención esta vez)

Saludos

Estoy de acuerdo con lo que comentas para este tipo de casos, precisamente estamos dándole vueltas a como adaptar esos casos en nuestro software y pensamos hacerlo así.
La duda que nos surge con la anulación, no sé como lo contempláis vosotros, es si envías un movimiento de Anulación de esa factura, la borramos de la tabla normal de facturas y a continuación la volvemos a crear con el mismo número y lo registramos como un registro de alta con subsanación reemplazando lo que se envió con ese número con la factura correcta que ocupa ese nº, o no es posible reutilizar ese número y toca dejar ese nº ocupado con la anulada en la tabla de facturas y generar la correcta con el siguiente nº que toque? , en el SII es posible la reutilización del nº de la que se envío que no valía, y aquí preguntando al correo de soporte@verifactu nos dijeron que también se permitiría como en el sii, pero mientras no se pueda probar en el servicio web no lo tenemos del todo claro. Como lo planteáis vosotros es esos casos?

Sistel 19-09-2024 10:30:51

Cita:

Empezado por Mlopez (Mensaje 557306)
Estoy de acuerdo con lo que comentas para este tipo de casos, precisamente estamos dándole vueltas a como adaptar esos casos en nuestro software y pensamos hacerlo así.
La duda que nos surge con la anulación, no sé como lo contempláis vosotros, es si envías un movimiento de Anulación de esa factura, la borramos de la tabla normal de facturas y a continuación la volvemos a crear con el mismo número y lo registramos como un registro de alta con subsanación reemplazando lo que se envió con ese número con la factura correcta que ocupa ese nº, o no es posible reutilizar ese número y toca dejar ese nº ocupado con la anulada en la tabla de facturas y generar la correcta con el siguiente nº que toque? , en el SII es posible la reutilización del nº de la que se envío que no valía, y aquí preguntando al correo de soporte@verifactu nos dijeron que también se permitiría como en el sii, pero mientras no se pueda probar en el servicio web no lo tenemos del todo claro. Como lo planteáis vosotros es esos casos?

Hola,

Efectivamente, en VERIFACTU parece que será como en TICKETBAI: anular una factura impide que pueda volver a utilizarse ese número de factura.
La factura existe, aunque ya no tiene valor contable ni fiscal.

Saludos

bmfranky 19-09-2024 11:54:07

Cita:

Empezado por Sistel (Mensaje 557307)
Hola,

Efectivamente, en VERIFACTU parece que será como en TICKETBAI: anular una factura impide que pueda volver a utilizarse ese número de factura.
La factura existe, aunque ya no tiene valor contable ni fiscal.

Saludos

Entonces, desde que la anulamos , ya no es necesario enviarsela al cliente, verdad.
Porque me imagino el marron de una persona, que ha pedido explicitamente dejar de tener relacion con nosotros(Caso admitido por la ley de proteccion de datos), pero no hemos anulado la ficha del cliente, por estar en los 5 años que exigen que la mantengamos, y recibe una factura a su nombre, los abogados se ganarian el jornal, seguro.

Sistel 19-09-2024 12:21:05

Cita:

Empezado por bmfranky (Mensaje 557308)
Entonces, desde que la anulamos , ya no es necesario enviarsela al cliente, verdad.
Porque me imagino el marron de una persona, que ha pedido explicitamente dejar de tener relacion con nosotros(Caso admitido por la ley de proteccion de datos), pero no hemos anulado la ficha del cliente, por estar en los 5 años que exigen que la mantengamos, y recibe una factura a su nombre, los abogados se ganarian el jornal, seguro.

Hola,

Eso es lo que creo:
- Si no se le ha enviado, ya no se le envía porque está anulada.
- Si ya se le había pasado la factura al cliente, habría que informarle que la factura está anulada.
(Nosotros lo que hacemos, en este caso, es sacar de nuevo el PDF de la factura anulada con el texto cruzado, en letras grandes, "ANULADA")

Saludos

antoine0 19-09-2024 14:25:21

Cita:

Empezado por bmfranky (Mensaje 557308)
Porque me imagino el marron de una persona, que ha pedido explicitamente dejar de tener relacion con nosotros(Caso admitido por la ley de proteccion de datos), pero no hemos anulado la ficha del cliente, por estar en los 5 años que exigen que la mantengamos, y recibe una factura a su nombre, los abogados se ganarian el jornal, seguro.

Los abogados siempre se lo ganan, no hace falta poner casos complejos. En fin, no es el asunto.

Del punto de vista del RGPD, no hay problema: hay una ley que te obliga a conservar los datos de este cliente durante estos 4 años enteros más las prolongaciones en caso de investigaciones; y el RGPD no pasa por encima de la LGT; por tanto no hay ninguna falta por tener su nombre en tu sistema; y es posible que aparezcan en una factura emitida por error y debidamente anulada. Si el cliente se queja por qué a él le parece que deberían estar físicamente borrados, lo siento por el cliente pero no tiene la razón legalmente (otra cosa es que comercialmente siga muy poco hábil enviarle tal factura).
Lo que si es posible «comercialmente» es avisar al cliente de antemano que al establecer una relación contigo, sus datos personales serán guardados en tu sistema en los términos y plazos que la ley establece; es decir, 5 años después de la última factura.

Ahora bien, deben ser estrictamente los datos requeridos por la LGT, nada más, y el plazo se debe cumplir correctamente... pero es otro tema.

ermendalenda 19-09-2024 14:40:04

Cita:

Empezado por Sistel (Mensaje 557310)
Hola,

Eso es lo que creo:
- Si no se le ha enviado, ya no se le envía porque está anulada.
- Si ya se le había pasado la factura al cliente, habría que informarle que la factura está anulada.
(Nosotros lo que hacemos, en este caso, es sacar de nuevo el PDF de la factura anulada con el texto cruzado, en letras grandes, "ANULADA")

Saludos

Yo sé que es ser muy papistas, pero la ley dice explícitamente que si el cliente conserva copia u original no las puedes anular, aunque lo informes, si por lo que sea el cliente tiene la factura y se le ocurre declararla te metes en un gran lío.
Que en la base de datos de hacienda aparezca una factura anulada y por otro lado la factura declarada por el cliente te puedes meter en un bonito lio.
Uno dr los problemas del reglamento de facturación es que no está adaptado a la realidad y que parten de la base de que es en papel para algunas cosas y antes bastaba que el cliente te devolviera la factura

bmfranky 19-09-2024 14:50:06

Cita:

Empezado por ermendalenda (Mensaje 557312)
Yo sé que es ser muy papistas, pero la ley dice explícitamente que si el cliente conserva copia u original no las puedes anular, aunque lo informes, si por lo que sea el cliente tiene la factura y se le ocurre declararla te metes en un gran lío.
Que en la base de datos de hacienda aparezca una factura anulada y por otro lado la factura declarada por el cliente te puedes meter en un bonito lio.
Uno dr los problemas del reglamento de facturación es que no está adaptado a la realidad y que parten de la base de que es en papel para algunas cosas y antes bastaba que el cliente te devolviera la factura

Como dice el compañero @Sistel , se le envia al cliente la anulada, y segun esta el tema de verifactu, a hacienda sele pasa la anulacion, asi que tu no infringes nada, es el "Apollardao" del cliente, hasta que comuniquen lo contrario , aunque anules la factura en tus registros debe rezar el asiento de esa factura aunque este anulada y no usar ese numero de nuevo.
O por lo menos eso entiendo yo despues de tanta vuelta.


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